Legislación
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Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. [2018/11687] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 15-10-2018

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2023

F. entrada en vigor: 15/11/2018

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 201

F. Publicación: 15/10/2018


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Concepto de violencia de género. Artículo 4. Manifestaciones de la violencia de género. Artículo 5. Formas de violencia de género. Artículo 6. Principios rectores de la actuación administrativa. Artículo 7. Títulos habilitantes.
TÍTULO II. Prevención y sensibilización
Artículo 8. Medidas de promoción, prevención y sensibilización.
CAPÍTULO I. Educación
Artículo 9. Actuaciones en el ámbito educativo. Artículo 10. Formación del profesorado y del personal socioeducativo no docente. Artículo 11. Formación en las Universidades.
CAPÍTULO II. Sensibilización
Artículo 12. Campañas de sensibilización. Artículo 13. Campañas de información. Artículo 14. Movimiento asociativo y organizaciones de mujeres. Artículo 15. Medidas en el ámbito de los medios de comunicación. Artículo 16. Medidas en el ámbito de la publicidad. Artículo 17. Apoyo a las manifestaciones culturales y artísticas. Artículo 18. Creación de un órgano de vigilancia. Artículo 19. Formación de profesionales.
TÍTULO III. Protección y atención a víctimas de violencia de género
CAPÍTULO I. Recuperación de mujeres víctimas y sus hijas e hijos menores
Artículo 20. Atención integral. Artículo 21. Derecho a la información sobre la intervención. Artículo 22. Derecho a la asistencia jurídica procesal. Artículo 23. Red de Recursos para víctimas de violencia de género. Artículo 24. Atención específica a hijas e hijos menores y otros familiares. Artículo 25. Derecho a la escolarización inmediata en caso de violencia de género. Artículo 26. Derecho a la atención sanitaria.
CAPÍTULO II. Fomento de la autonomía personal y social
Artículo 27. Acceso a la vivienda. Artículo 28. Medidas para el fomento de la inserción laboral. Artículo 29. Ayudas económicas.
CAPÍTULO III. Derechos de las trabajadoras y empleadas públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Artículo 30. Derechos de las trabajadoras y empleadas públicas.
TÍTULO IV. Investigación y evaluación
Artículo 31. Objeto de programas de investigación. Artículo 32. Evaluación de implementación y eficacia de las medidas.
TÍTULO V. Responsabilidad institucional
Artículo 33. Responsabilidad institucional. Artículo 34. Prohibición para obtener ayudas públicas por prácticas laborales discriminatorias. Artículo 35. Ejercicio de la acción popular.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Consideración de orfandad absoluta. D.A. 2ª. Recursos para atender al acceso de las ayudas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. D.F. 4ª. Competencias. D.F. 5ª. Adaptaciones sobre el contenido del currículo regulador del sistema educativo. D.F. 6ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 7ª. Entrada en vigor.