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Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. - Boletín Oficial del Estado de 28-12-1995

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO PARCIALMENTE. Desde 12 de Marzo de 2004 por REAL DECRETO LEGISLATIVO 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

F. entrada en vigor: 01/01/1996

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 310

F. Publicación: 28/12/1995


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TITULO I. Naturaleza y ámbito de aplicación del Impuesto
Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Ambito de aplicación espacial. Artículo 3. Tratados y convenios.
TITULO II. El hecho imponible
Artículo 4. Hecho imponible. Artículo 5. Estimación de rentas. Artículo 6. Atribución de rentas.
TITULO III. El sujeto pasivo
Artículo 7. Sujetos pasivos. Artículo 8. Sujetos pasivos por obligación personal de contribuir. Artículo 9. Exenciones.
TITULO IV. La base imponible
Artículo 10. Concepto y determinación de la base imponible. Artículo 11. Correcciones de valor: amortizaciones. Artículo 12. Correcciones de valor: Pérdida de valor de los elementos patrimoniales. Artículo 13. Provisión para riesgos y gastos. Artículo 14. Gastos no deducibles. Artículo 15. Reglas de valoración: Regla general y reglas especiales en los supuestos de transmisiones lucrativas y societarias. Artículo 16. Reglas de valoración: operaciones vinculadas. Artículo 17. Reglas de valoración: cambios de residencia, cese de establecimientos permanentes, operaciones realizadas con o por personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención. Artículo 18. Efectos de la sustitución del valor contable por el valor normal de mercado. Artículo 19. Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos. Artículo 20. Subcapitalización. Artículo 20 bis. Exención para evitar la doble imposición económica internacional sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español. Artículo 20 ter. Exención de determinadas rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente. Artículo 20 quater. Deducción por inversiones para la implantación de empresas en el extranjero. Artículo 21. Reinversión de beneficios extraordinarios. Artículo 22. Obra benéfico-social de las Cajas de Ahorro. Artículo 23. Compensación de bases imponibles negativas.
TITULO V. Período impositivo y devengo del impuesto
Artículo 24. Período impositivo. Artículo 25. Devengo del impuesto.
TITULO VI. Deuda tributaria
CAPITULO I. Tipo de gravamen y cuota íntegra
Artículo 26. El tipo de gravamen. Artículo 27. Cuota íntegra.
CAPITULO II. Deducciones para evitar la doble imposición
Artículo 28. Deducción para evitar la doble imposición interna: Dividendos y plusvalías de fuente interna. Artículo 29. Deducción para evitar la doble imposición internacional: impuesto soportado por el sujeto pasivo. Artículo 29 bis. Deducción para evitar la doble imposición internacional en el caso de rentas obtenidas a través de establecimiento permanente. Artículo 30. Deducción para evitar la doble imposición internacional: dividendos y participaciones en beneficios. Artículo 30 bis. Deducción para evitar la doble imposición económica internacional: Dividendos y plusvalías de fuente extranjera.
CAPITULO III. Bonificaciones
Artículo 31. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Artículo 32. Bonificación por actividades exportadoras y de prestación de servicios públicos locales.
CAPITULO IV. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
Artículo 33. Deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Artículo 33 bis. Deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación. Artículo 34. Deducción por actividades de exportación. Artículo 35. Deducción por inversiones en bienes de interés cultural, producciones cinematográficas, edición de libros, sistemas de navegación y localización de vehículos, adaptación de vehículos para discapacitados y guarderías para hijos de trabajadores. Artículo 35 bis. Deducciones por inversiones medioambientales. Artículo 36. Deducción por gastos de formación profesional. Artículo 36 bis. Deducción por creación de empleo para trabajadores minusválidos. Artículo 36 ter. Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Artículo 36 quáter. Deducción por contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo, a mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial o por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad. Artículo 37. Normas comunes a las deducciones previstas en el presente capítulo.
CAPITULO V. Pago fraccionado
Artículo 38. El pago fraccionado.
CAPITULO VI. Deducción de los pagos a cuenta
Artículo 39. Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
TITULO VII. Obligación real de contribuir
CAPITULO I. Elementos personales
Artículo 40. Sujeto pasivo. Artículo 41. Responsables. Artículo 42. Representantes de los no residentes en España. Artículo 43. Domicilio fiscal.
CAPITULO II. Hecho imponible y formas de sujeción
Artículo 44. Rentas sometidas por obligación real. Artículo 45. Rentas obtenidas en territorio español. Artículo 46. Supuestos de exención. Artículo 47. Formas de sujeción a la obligación real.
CAPITULO III. Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente
Artículo 48. Rentas imputables a los establecimientos permanentes. Artículo 49. Diversidad de establecimientos permanentes. Artículo 50. Determinación de la base imponible. Artículo 51. Deuda tributaria. Artículo 52. Período impositivo. Artículo 53. Declaración del impuesto. Artículo 54. Obligaciones contables, registrales y formales. Artículo 55. Pagos a cuenta.
CAPITULO IV. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente
Artículo 56. Base imponible correspondiente a las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Artículo 57. Cuota tributaria. Artículo 58. Deducciones. Artículo 59. Devengo. Artículo 60. Declaración. Artículo 61. Obligaciones formales. Artículo 62. Retenciones. Artículo 63. Normas supletorias. Artículo 64. Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de entidades no residentes.
TITULO VIII. Regímenes tributarios especiales
CAPITULO I. Regímenes tributarios especiales en particular
Artículo 65. Definición.
CAPITULO II. Agrupaciones de interés económico, españolas y europeas, y de uniones temporales de empresas
Artículo 66. Agrupaciones de interés económico españolas. Artículo 67. Agrupaciones europeas de interés económico.
Artículo 68. Uniones temporales de empresas. Artículo 68 bis. Criterios de imputación. Artículo 68 ter. Identificación de socios o empresas miembros.
CAPÍTULO III. Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas
Artículo 68 quáter. Ámbito de aplicación. Artículo 68 quinquies. Bonificaciones.
CAPITULO IV. Sociedades y fondos de capital-riesgo y sociedades de desarrollo industrial regional
Artículo 69. Sociedades y fondos de capital-riesgo. Artículo 70. Sociedades de desarrollo industrial regional.
CAPITULO V. Instituciones de inversión colectiva
Artículo 71. Tributación de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 72. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 73. Rentas contabilizadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 74. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales.
CAPITULO VI. Sociedades patrimoniales
Artículo 75. Régimen de las sociedades patrimoniales. Artículo 76. Distribución de beneficios obtenidos en ejercicios en los que haya sido de aplicación el régimen de sociedades patrimoniales y transmisión de acciones o participaciones en sociedades que hayan estado sometidas al régimen de sociedades patrimoniales. Artículo 77. Identificación de partícipes.
CAPITULO VII. Régimen de consolidación fiscal
Artículo 78. Definición. Artículo 79. Sujeto pasivo. Artículo 80. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal. Artículo 81. Definición del grupo fiscal. Sociedad dominante. Sociedades dependientes. Artículo 82. Inclusión o exclusión de sociedades en el grupo fiscal. Artículo 83. Determinación del dominio indirecto. Artículo 84. Aplicación del régimen de consolidación fiscal. Artículo 85. Determinación de la base imponible del grupo fiscal. Artículo 86. Eliminaciones. Artículo 87. Incorporaciones. Artículo 88. Compensación de bases imponibles negativas. Artículo 89. Reinversión. Artículo 90. Período impositivo. Artículo 91. Cuota íntegra del grupo fiscal. Artículo 92. Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal. Artículo 93. Obligaciones de información. Artículo 94. Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal. Artículo 95. Efectos de la pérdida del régimen de consolidación fiscal y de la extinción del grupo fiscal. Artículo 96. Declaración y autoliquidación del grupo fiscal.
CAPITULO VIII. Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores
Artículo 97. Definiciones. Artículo 98. Régimen de las rentas derivadas de la transmisión. Artículo 99. Valoración fiscal de los bienes adquiridos. Artículo 100. Valoración fiscal de las acciones o participaciones recibidas en contraprestación de la aportación. Artículo 101. Régimen fiscal del canje de valores. Artículo 102. Tributación de los socios en las operaciones de fusión, absorción y escisión total o parcial. Artículo 103. Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente. Artículo 104. Subrogación en los derechos y las obligaciones tributarias. Artículo 105. Imputación de rentas. Artículo 106. Pérdidas de los establecimientos permanentes. Artículo 107. Obligaciones contables. Artículo 108. Aportaciones no dinerarias. Artículo 109. Normas para evitar la doble imposición. Artículo 110. Aplicación del régimen fiscal.
CAPITULO IX. Régimen fiscal de la minería
Artículo 111. Entidades mineras: libertad de amortización. Artículo 112. Factor de agotamiento: ámbito de aplicación y modalidades. Artículo 113. Factor de agotamiento: inversión. Artículo 114. Factor de agotamiento: requisitos. Artículo 115. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos.
CAPITULO X. Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos
Artículo 116. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos: factor de agotamiento. Artículo 117. Factor de agotamiento: requisitos. Artículo 118. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos. Artículo 119. Titularidad compartida. Artículo 120. Amortización de inversiones inmateriales y gastos de investigación. Compensación de bases imponibles negativas.
CAPITULO XI. Transparencia fiscal internacional
Artículo 121. Inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes.
CAPITULO XII. Incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión
Artículo 122. Ambito de aplicación: Cifra de negocios. Artículo 123. Libertad de amortización. Artículo 124. Libertad de amortización para inversiones de escaso valor. Artículo 125. Amortización del inmovilizado material nuevo y del inmovilizado inmaterial. Artículo 126. Dotación por posibles insolvencias de deudores. Artículo 127. Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión. Artículo 127 bis. Tipo de gravamen.
CAPITULO XIII. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero
Artículo 128. Contratos de arrendamiento financiero.
CAPITULO XIV. Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros
Artículo 129. Entidades de tenencia de valores extranjeros. Artículo 130. Rentas derivadas de la tenencia de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español. Artículo 131. Distribución de beneficios. Transmisión de la participación. Artículo 132. Aplicación de este régimen.
CAPITULO XV. Régimen de entidades parcialmente exentas
Artículo 133. Ambito de aplicación. Artículo 134. Rentas exentas. Artículo 135. Determinación de la base imponible.
CAPÍTULO XVI. Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común
Artículo 135 bis. Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
CAPÍTULO XVII. Régimen de las Entidades Navieras en Función del Tonelaje
Artículo 135 ter. Ámbito de aplicación. Artículo 135 quáter. Determinación de la base imponible en régimen de estimación objetiva. Artículo 135 quinquies. Tipo de gravamen y cuota. Artículo 135 sexies. Pagos fraccionados. Artículo 135 septies. Aplicación del régimen.
TITULO IX. Gestión del Impuesto
CAPITULO I. El índice de entidades
Artículo 136. Indice de entidades. Artículo 137. Baja en el índice de entidades. Artículo 138. Obligación de colaboración.
CAPITULO II. Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias
Artículo 139. Obligaciones contables. Facultades de la Administración tributaria. Artículo 140. Bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas. Artículo 141. Revalorizaciones contables voluntarias.
CAPITULO III. Declaración autoliquidación y liquidación provisional
Artículo 142. Declaraciones. Artículo 143. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria. Artículo 144. Liquidación provisional.
CAPITULO IV. Devolución de oficio
Artículo 145. Devoluciones de oficio.
CAPITULO V. Obligación de retener e ingresar a cuenta
Artículo 146. Retenciones e ingresos a cuenta. Artículo 147. Obligaciones de los sujetos pasivos en relación al domicilio fiscal.
CAPITULO VI. Facultades de la Administración para determinar la base imponible
Artículo 148. Facultades de la Administración para determinar la base imponible.
TITULO X. Orden jurisdiccional
Artículo 149. Jurisdicción competente.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación del régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activo y canje de valores. D.A. 2ª. Restricciones a la deducción por doble imposición de dividendos. D.A. 3ª. Grupo de sociedades de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales. D.A. 4ª. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios. D.A. 5ª. Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados derechos de suscripción preferente. D.A. 6ª. Inversiones de no residentes en letras del Tesoro. D.A. 7ª. Tributación de los incrementos de patrimonio a efectos de la obligación real de contribuir en el Impuesto de Sociedades. D.A. 8ª. Referencias a la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, de Adecuación de Determinados Conceptos Impositivos a las Directivas y Reglamentos de las Comunidades Europeas contenidas en distintas disposiciones. Régimen del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en determinadas operaciones. D.A. 9ª. Pago fraccionado y coeficiente de corrección monetaria para 1996. D.A. 10ª. Ayudas de la política pesquera comunitaria. D.A. 11ª. Modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.A. 12ª. Deducción por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material. D.A. 13ª. Modificación de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. D.A. 14ª. Régimen fiscal de las transmisiones de activos realizadas en cumplimiento de disposiciones con rango de Ley y de la normativa de defensa de la competencia. D.A. 15ª. Incentivos fiscales para la renovación de la flota mercante. D.A. 16ª. Incidencia de la Reserva para Inversiones en Canarias en el cálculo de los pagos fraccionados.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Regularización de ajustes extracontables. D.T. 2ª. Amortización de elementos afectos a la explotación de hidrocarburos. D.T. 3ª. Saldos pendientes de inversión de las dotaciones al factor de agotamiento. Actividades de investigación y explotación de hidrocarburos regidas por la Ley 21/1974. D.T. 4ª. Exención por reinversión. D.T. 5ª. Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización. D.T. 6ª. Beneficios fiscales de la Ley 12/1988, Ley 5/1990 y Ley 30/1990. D.T. 7ª. Sociedades de promoción de empresas. D.T. 8ª. Arrendamiento financiero. D.T. 9ª. Fondos de comercio, marcas, derechos de traspaso y otros elementos del inmovilizado inmaterial adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley. D.T. 10ª. Fusiones amparadas por la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Fusiones de Empresas. D.T. 11ª. Saldos pendientes de la deducción por inversiones. D.T. 12ª. Bases imponibles negativas anteriores a la entrada en vigor de la presente Ley. D.T. 13ª. Entidades exentas en virtud de una norma de asimilación con el régimen tributario del Estado o de cualquier otra entidad exenta. D.T. 14ª. Saldos de la provisión para insolvencias amparada en el artículo 82 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre. D.T. 15ª. Régimen de declaración consolidada. D.T. 16ª. Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras. D.T. 17ª. Valor fiscal de las participaciones de las instituciones de inversión colectiva. D.T. 18ª. Cuentas de actualización. D.T. 19ª. Exención del Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles. D.T. 20ª. Deducción por doble imposición internacional. D.T. 21ª. Declaración e ingreso en obligación real de contribuir. D.T. 22ª. Tributación de entidades transparentes. D.T. 23ª. Deducción por doble imposición de dividendos en las cuentas en participaciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Entidades acogidas a la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General. D.F. 2ª. Entidades acogidas a la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas. D.F. 3ª. Integración y compensación de rendimientos implícitos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.F. 4ª. Modificaciones en el régimen de transparencia fiscal. D.F. 5ª. Modificaciones en la obligación real de contribuir. D.F. 6ª. Integración de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de las Personas Físicas. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. D.F. 8ª. Transparencia fiscal internacional del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.F. 9ª. Habilitaciones a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. D.F. 10ª. Habilitación normativa. D.F. 11ª. Entrada en vigor.