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Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 05-08-1997

Tiempo de lectura: 55 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 149

F. Publicación: 05/08/1997


TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Artículo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9.
TÍTULO I. Del municipio
Artículo 10.
CAPÍTULO I. Territorio
Artículo 11.
Sección 1.ª De las alteraciones de los términos municipales
Artículo 12. Artículo 13. Artículo 14.
Subsección 1.ª De la Comisión Gallega de Delimitación Territorial
Artículo 15. Artículo 16. Artículo 17.
Subsección 2.ª De la fusión de municipios
Artículo 18. Artículo 19. Artículo 20.
Subsección 3.ª De la incorporación de municipios
Artículo 21. Artículo 22. Artículo 23.
Subsección 4.ª De la segregación para la creación de municipios independientes
Artículo 24. Artículo 25. Artículo 26. Artículo 27.
Subsección 5.ª De la segregación-agregación
Artículo 28. Artículo 29. Artículo 30.
Subsección 6.ª Del procedimiento común para la alteración de los términos municipales
Artículo 31. Artículo 32. Artículo 33. Artículo 34. Artículo 35. Artículo 36. Artículo 37. Artículo 38. Artículo 39.
Sección 2.ª De la demarcación, deslinde y amojonamiento
Artículo 40. Artículo 41. Artículo 42. Artículo 43. Artículo 44. Artículo 45. Artículo 46. Artículo 47.
Sección 3.ª Del cambio de denominación y capitalidad del municipio
Artículo 48. Artículo 49. Artículo 50. Artículo 51.
CAPÍTULO II. Población
Artículo 52. Artículo 53. Artículo 54. Artículo 55. Artículo 56. Artículo 57. Artículo 58.
CAPÍTULO III. Organización
Artículo 59. Artículo 60.
Sección 1.ª Del alcalde
Artículo 61.
Sección 2.ª De los Tenientes de Alcalde
Artículo 62. Artículo 63.
Sección 3.ª Del pleno
Artículo 64.
Sección 4.ª De la Comisión de Gobierno
Artículo 65.
Sección 5.ª De la Comisión Especial de Cuentas
Artículo 66. Artículo 67.
Sección 6.ª De las comisiones de estudio, informe o consulta
Artículo 68.
Sección 7.ª De los órganos territoriales para la gestión municipal desconcentrada y de participación ciudadana
Artículo 69. Artículo 70. Artículo 71. Artículo 72.
Sección 8.ª Del Alcalde de Barrio
Artículo 73.
Sección 9.ª De los grupos políticos
Artículo 74. Artículo 75. Artículo 76. Artículo 77. Artículo 78. Artículo 79.
CAPÍTULO IV. Competencias
Sección 1.ª De las competencias propias
Artículo 80.
Sección 2.ª De los servicios mínimos
Artículo 81. Artículo 82. Artículo 83. Artículo 84. Artículo 85.
Sección 3.ª De las actividades complementarias de otras administraciones públicas
Artículo 86.
Sección 4.ª De la transferencia y delegación de competencias de la Comunidad Autónoma en los municipios y de la encomienda de gestión
Artículo 87.
CAPÍTULO V. Regímenes municipales especiales
Artículo 88. Artículo 89.
Sección 1.ª De los municipios turísticos
Artículo 90. Artículo 91. Artículo 92.
Sección 2.ª De los municipios histórico-artísticos
Artículo 93. Artículo 94.
Sección 3.ª De los municipios industriales
Artículo 95. Artículo 96. Artículo 97.
Sección 4.ª De los municipios pesqueros
Artículo 98. Artículo 99.
Sección 5.ª De los municipios rurales
Artículo 100.
TÍTULO II. De la provincia
Artículo 101.
CAPÍTULO I. Territorio
Artículo 102.
CAPÍTULO II. Organización
Artículo 103. Artículo 104. Artículo 105. Artículo 106. Artículo 107. Artículo 108.
CAPÍTULO III. Competencias
Sección 1.ª De las competencias propias
Artículo 109.
Subsección 1.ª De la coordinación de los servicios municipales entre sí para garantizar la prestación integral y adecuada de los servicios públicos en todo el territorio de la provincia
Artículo 110. Artículo 111. Artículo 112.
Subsección 2.ª De la asistencia jurídica
Artículo 113.
Subsección 3.ª De la asistencia económico-financiera
Artículo 114.
Subsección 4.ª De la asistencia técnica
Artículo 115.
Subsección 5.ª De la asistencia en materia de formación y perfeccionamiento en general
Artículo 116.
Subsección 6.ª De la prestación de servicios de carácter supramunicipal
Artículo 117.
Subsección 7.ª Del fomento y de la administración de los intereses peculiares de la provincia
Artículo 118.
Sección 2.ª De la transferencia y delegación de competencias de la Comunidad Autónoma en las provincias y de la encomienda de gestión
Artículo 119.
TÍTULO III. Otras Entidades Locales
CAPÍTULO I. De las áreas metropolitanas
Sección 1.ª De la creación de las áreas metropolitanas
Artículo 120. Artículo 121. Artículo 122.
Sección 2.ª De la organización y funcionamiento del área metropolitana
Artículo 123.
Subsección 1.ª Del Consejo Metropolitano
Artículo 124. Artículo 125.
Subsección 2.ª De la Comisión de Gobierno
Artículo 126. Artículo 127.
Subsección 3.ª Del Director general
Artículo 128. Artículo 129.
Subsección 4.ª Del Delegado de la Junta de Galicia en el área metropolitana
Artículo 130.
Subsección 5.ª De los órganos complementarios
Artículo 131. Artículo 132.
Sección 3.ª De las competencias de las áreas metropolitanas
Artículo 133.
Sección 4.ª De la hacienda de las áreas metropolitanas
Artículo 134.
CAPÍTULO II. De las mancomunidades de municipios
Artículo 135. Artículo 136.
Sección 1.ª Del procedimiento de constitución y disolución de las mancomunidades de municipios
Artículo 137. Artículo 138. Artículo 139. Artículo 140. Artículo 141. Artículo 142. Artículo 143. Artículo 144.
Sección 2.ª De la organización de las mancomunidades de municipios
Artículo 145. Artículo 146.
Sección 3.ª De las competencias de las mancomunidades de municipios
Artículo 147.
Sección 4.ª De la hacienda de las mancomunidades de municipios
Artículo 148.
CAPÍTULO III. De los consorcios locales
Artículo 149. Artículo 150. Artículo 151. Artículo 152.
CAPÍTULO IV. De las Entidades Locales Menores
Artículo 153.
Sección 1.ª Del procedimiento de constitución y disolución de las Entidades Locales Menores
Artículo 154. Artículo 155. Artículo 156. Artículo 157.
Sección 2.ª De la organización de las Entidades Locales Menores
Artículo 158. Artículo 159. Artículo 160. Artículo 161. Artículo 162.
Sección 3.ª De las competencias de las Entidades Locales Menores
Artículo 163.
Sección 4.ª De la hacienda de las Entidades Locales Menores
Artículo 164.
CAPÍTULO V. De las agrupaciones de municipios
Sección 1.ª De las agrupaciones voluntarias
Artículo 165. Artículo 166. Artículo 167.
Sección 2.ª De las agrupaciones forzosas
Artículo 168. Artículo 169. Artículo 170.
TÍTULO IV. De la transferencia y delegación de competencias de la Comunidad Autónoma en las Entidades Locales y de la encomienda de gestión
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 171. Artículo 172. Artículo 173. Artículo 174. Artículo 175. Artículo 176. Artículo 177. Artículo 178.
CAPÍTULO II. De la transferencia
Artículo 179. Artículo 180. Artículo 181.
CAPÍTULO III. De la delegación
Artículo 182. Artículo 183. Artículo 184. Artículo 185.
CAPÍTULO IV. De la encomienda de gestión
Artículo 186.
TÍTULO V. Relaciones interadministrativas
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 187.
CAPÍTULO II. De la Comisión Gallega de Cooperación Local
Artículo 188. Artículo 189. Artículo 190. Artículo 191. Artículo 192.
CAPÍTULO III. De la colaboración, cooperación y auxilio
Artículo 193.
Sección 1.ª De la colaboración y cooperación
Artículo 194. Artículo 195.
Subsección 1.ª De los consorcios locales
Artículo 196.
Subsección 2.ª De las sociedades anónimas
Artículo 197.
Subsección 3.ª De los Convenios de cooperación
Artículo 198. Artículo 199.
Sección 2.ª Del auxilio
Artículo 200. Artículo 201. Artículo 202. Artículo 203. Artículo 204.
CAPÍTULO IV. De la coordinación
Artículo 205.
Sección 1.ª De los planes sectoriales
Artículo 206.
Sección 2.ª De otras técnicas de coordinación
Artículo 207. Artículo 208. Artículo 209.
TÍTULO VI. Disposiciones comunes a las Entidades Locales
CAPÍTULO I. Régimen de funcionamiento
Artículo 210. Artículo 211. Artículo 212. Artículo 213. Artículo 214. Artículo 215.
CAPÍTULO II. Impugnación de actos y acuerdos y ejercicio de acciones
Artículo 216. Artículo 217. Artículo 218. Artículo 219. Artículo 220.
CAPÍTULO III. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales
Artículo 221. Artículo 222. Artículo 223. Artículo 224. Artículo 225. Artículo 226. Artículo 227. Artículo 228. Artículo 229. Artículo 230. Artículo 230 bis.
CAPÍTULO IV. Del personal al servicio de las Entidades Locales
Sección 1.ª Disposiciones generales y comunes
Artículo 231. Artículo 232. Artículo 233. Artículo 234. Artículo 235. Artículo 236. Artículo 237.
Sección 2.ª De los funcionarios con habilitación de carácter nacional
Artículo 238. Artículo 239. Artículo 240. Artículo 241.
Sección 3.ª De los demás funcionarios de carrera
Artículo 242. Artículo 243. Artículo 244. Artículo 245. Artículo 246. Artículo 247. Artículo 248.
Sección 4.ª Personal laboral y eventual
Artículo 249. Artículo 250.
CAPÍTULO V. De la información y participación ciudadana
Artículo 251.
Sección 1.ª De la información a los ciudadanos
Artículo 252. Artículo 252 bis.
Sección 2.ª Participación ciudadana
Artículo 253. Artículo 254.
Sección 3.ª Asociaciones de vecinos
Artículo 255. Artículo 256.
Sección 4.ª Consultas populares
Artículo 257.
CAPÍTULO VI. De los símbolos de las Entidades Locales
Artículo 258. Artículo 259. Artículo 260. Artículo 261. Artículo 262.
TÍTULO VII. Bienes, actividades y servicios y contratación
CAPÍTULO I. Bienes de las Entidades Locales
Sección 1. ª Disposiciones comunes
Artículo 263. Artículo 264. Artículo 265. Artículo 266. Artículo 267. Artículo 268. Artículo 269.
Sección 2. ª De la adquisición y enajenación de sus bienes por las Entidades Locales
Artículo 270. Artículo 271. Artículo 272. Artículo 273. Artículo 274. Artículo 275. Artículo 276. Artículo 277. Artículo 278. Artículo 279.
Sección 3. ª De las potestades y prerrogativas de las Entidades Locales respecto a sus bienes
Artículo 280. Artículo 281. Artículo 282. Artículo 283. Artículo 284. Artículo 285.
CAPÍTULO II. Actividades y servicios
Sección 1.ª Actividades
Artículo 286. Artículo 287. Artículo 288. Artículo 289. Artículo 290. Artículo 291. Artículo 292. Artículo 293. Artículo 294.
Sección 2.ª Servicios
Artículo 295. Artículo 296. Artículo 297. Artículo 298. Artículo 299. Artículo 300. Artículo 301. Artículo 302. Artículo 303. Artículo 304. Artículo 305. Artículo 306. Artículo 307. Artículo 308. Artículo 309.
CAPÍTULO III. Contratación
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 310. Artículo 311. Artículo 312. Artículo 313. Artículo 314. Artículo 315. Artículo 316.
Sección 2.ª De las actuaciones relativas a la contratación
Artículo 317. Artículo 318. Artículo 319. Artículo 320. Artículo 321. Artículo 322. Artículo 323. Artículo 324. Artículo 325. Artículo 326. Artículo 327. Artículo 328.
TÍTULO VIII. De las haciendas locales
Artículo 329. Artículo 330. Artículo 331. Artículo 332. Artículo 333.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª. D.T. 3ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª.