Legislación
Legislación

LEY 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía. - Boletín Oficial de Castilla y León de 30-04-1997

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Ambito: Castilla y León

Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Julio de 2017

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 81

F. Publicación: 30/04/1997


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Del objeto y ámbito de la Ley
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Exclusiones.
CAPÍTULO II. De las medidas de protección
Artículo 4. Obligaciones de los poseedores o propietarios. Artículo 5. Transporte. Artículo 6. Espectáculos. Artículo 7. Filmación y publicidad.
TÍTULO II. Animales domésticos y domesticados
CAPÍTULO I. De las disposiciones comunes
Artículo 8. Medidas sanitarias. Artículo 9. Identificación y censo. Artículo 10. Zonas de esparcimiento y enterramiento. Artículo 11. Estacionamiento y acceso a locales y transportes públicos.
CAPÍTULO II. De las medidas adicionales para los animales domesticados
Artículo 12. Tenencia. Artículo 13. Circulación.
CAPÍTULO III. De los establecimientos de venta y centros para el mantenimiento temporal de los animales de compañía
Artículo 14. Medidas comunes. Artículo 15. Medidas adicionales de establecimientos de venta. Artículo 16. Medidas adicionales de los establecimientos para el mantenimiento temporal.
CAPÍTULO IV. Del abandono de animales y de los centros de recogida
Artículo 17. Animales abandonados. Artículo 18. Servicio de recogida. Artículo 19. Establecimientos de recogida. Artículo 20. Cesión. Artículo 21. Sacrificio.
TÍTULO III. Asociaciones de protección y defensa de los animales
Artículo 22. Concepto y naturaleza. Artículo 23. Régimen jurídico y funciones.
TÍTULO IV. Censo, vigilancia e inspección y confiscación
Artículo 24. Censo. Artículo 25. Vigilancia e inspección. Artículo 26. Confiscación.
TÍTULO V. Infracciones y sanciones
CAPÍTULO I. De las infracciones
Artículo 27. Concepto. Artículo 28. Clasificación de las infracciones.
CAPÍTULO II. De las sanciones
Artículo 29. Sanciones. Artículo 30. Criterios de graduación de las sanciones. Artículo 31. Medidas accesorias.
CAPÍTULO III. Del procedimiento y la competencia
Artículo 32. Procedimiento sancionador. Artículo 33. Competencia. Artículo 34. Medidas cautelares. Artículo 35. Prescripción.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª.