Legislación
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LEY 5/2005, de 2 de mayo, de la Comisión Jurídica Asesora. - Diario Oficial de Cataluña de 06-05-2005

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Diciembre de 2008

F. entrada en vigor: 26/05/2005

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 4379

F. Publicación: 06/05/2005


PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Relaciones con el Gobierno.
TÍTULO II. Órganos
Artículo 3. Composición Artículo 4. La presidencia. Artículo 5. Incompatibilidades. Artículo 6. Pérdida de la condición de miembro. Artículo 7. La secretaria general.
TÍTULO III. Funciones
Artículo 8. Dictámenes preceptivos. Artículo 9. Función consultiva.
TÍTULO IV. Procedimiento
Artículo 10. Solicitud de dictámenes. Artículo 11. Suspensión del plazo de resolución. Artículo 12. Antecedentes e informes. Artículo 13. Dictámenes. Artículo 14. Régimen de adopción de acuerdos. Artículo 15. Plazos de emisión de los dictámenes.
TÍTULO V. Régimen económico y de personal
Artículo 16. Régimen económico. Artículo 17. Contratación y patrimonio. Artículo 18. Personal.
TÍTULO VI. Retribuciones
Artículo 19. Derechos de asistencia. Artículo 20. Retribución de los dictámenes.
TÍTULO VII. Memoria y difusión de los dictámenes
Artículo 21. Memoria anual. Artículo 22. Publicación de los dictámenes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Nombramiento de los miembros y del presidente o presidenta. D.T. 2ª. Mantenimiento provisional en el cargo de los miembros de la Comisión Jurídica Asesora. D.T. 3ª. Régimen de los expedientes sometidos a consulta antes de la entrada en vigor de la presente ley. D.T. 4ª. Renovación de los miembros de la Comisión.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Elaboración de un proyecto de reglamento de organización y funcionamiento.