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LEY 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales. - Boletín Oficial del Estado de 04-04-2007

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 05 de Diciembre de 2014

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 81

F. Publicación: 04/04/2007


Derogada Completa Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Deberes de los poderes públicos. Artículo 3. Definiciones.
TÍTULO II. La Red de Parques Nacionales
Artículo 4. Objetivos de la Red. Artículo 5. Funciones de la Administración General del Estado. Artículo 6. El Consejo de la Red. Artículo 7. Plan Director de la Red de Parques Nacionales. Artículo 7 bis. Declaración del estado de emergencia en Parques Nacionales. Artículo 7 ter
TÍTULO III. Los Parques Nacionales
Artículo 8. Objetivo de los Parques Nacionales. Artículo 9. Requisitos de los Parques Nacionales. Artículo 10. Declaración de Parques Nacionales. Artículo 11. Régimen de protección preventiva. Artículo 12. Contenido mínimo de la declaración de Parque Nacional. Artículo 13. Efectos jurídicos de la declaración de Parque Nacional. Artículo 13 bis. Autorización y concesión de actividades de servicios en un Parque Nacional. Artículo 14. Procedimiento de modificación de los límites de los Parques Nacionales. Artículo 15. Pérdida de la condición de Parque Nacional. Artículo 16. Gestión de los Parques Nacionales. Artículo 17. Planes Rectores de Uso y Gestión. Artículo 18. Patronatos. Artículo 19. Desarrollo sostenible en las áreas de influencia socioeconómica. Artículo 20. Financiación y cooperación. Artículo 21. Acceso a la información y participación pública. Artículo 22. Acción Pública. Artículo 23. Infracciones y sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Integración en la Red de Parques Nacionales. D.A. 2ª. Autorización para la creación de la Agencia Estatal Red de Parques Nacionales. D.A. 3ª. Prórroga de la vigencia del Plan Director de la Red de Parques Nacionales. D.A. 4ª. Procedimientos de declaración y pérdida de la condición de los Parques Nacionales sobre aguas marinas de competencia estatal. D.A. 5ª. Pago de indemnizaciones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Aplicación provisional de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Adecuación de los Parques Nacionales existentes a la presente Ley. D.F. 3ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO. SISTEMAS NATURALES ESPAÑOLES