Legislación
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LEY 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragon. - Boletín Oficial de Aragón de 10-07-2009

Tiempo de lectura: 22 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Diciembre de 2016

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 132

F. Publicación: 10/07/2009


Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Objetivos de las políticas de servicios sociales. Artículo 3. Sistema de servicios sociales. Artículo 4. Titulares de los derechos a los servicios sociales. Artículo 5. Principios rectores del sistema de servicios sociales.
TÍTULO I. Derechos y deberes en materia de servicios sociales
Artículo 6. Derechos de las personas en cuanto destinatarias de los servicios sociales. Artículo 7. Derechos de las personas usuarias de servicios sociales. Artículo 8. Deberes en relación con los servicios sociales. Artículo 9. Carta de derechos y deberes.
TÍTULO II. Sistema público de servicios sociales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 10. Sistema público de servicios sociales. Artículo 11. Coordinación.
CAPÍTULO II. Estructura funcional
Artículo 12. Estructura funcional. Artículo 13. Los servicios sociales generales. Artículo 14. Centro de servicios sociales. Artículo 15. Funciones del centro de servicios sociales. Artículo 16. Los servicios sociales especializados. Artículo 17. Funciones de los servicios sociales especializados.
CAPÍTULO III. Estructura territorial
Artículo 18. Estructura territorial del sistema público de servicios sociales. Artículo 19. Áreas básicas de servicios sociales generales. Artículo 20. Ámbito territorial de los servicios sociales especializados.
CAPÍTULO IV. Provisión de las prestaciones del sistema de servicios sociales
Artículo 21. Formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales. Artículo 22. Gestión directa. Artículo 23. Concertación con entidades privadas de iniciativa social. Artículo 24. Requisitos exigibles para el régimen de concierto. Artículo 25. Ámbito objetivo de la acción concertada. Artículo 26. Financiación de los conciertos. Artículo 27. Vigencia de los conciertos. Artículo 28. Causas de extinción de los conciertos. Artículo 29. Formalización de los conciertos. Artículo 30. Procedimiento de celebración de los conciertos. Artículo 30 bis. Transparencia de costes de prestación de servicios. Artículo 31. Otras formas de provisión de prestaciones sociales.
TÍTULO III. Catálogo de servicios sociales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 32. Catálogo de Servicios Sociales. Artículo 33. Desarrollo del catálogo de servicios sociales. Artículo 34. Tipos de prestaciones y sus elementos definidores.
CAPÍTULO II. Contenido del catálogo de servicios sociales
Artículo 35. Contenido del catálogo de servicios sociales. Artículo 36. Prestaciones de servicio. Artículo 37. Prestaciones económicas. Artículo 38. Prestaciones tecnológicas.
TÍTULO IV. Planificación de los servicios sociales
Artículo 39. Planificación general. Artículo 40. Plan estratégico de servicios sociales. Artículo 41. Mapa de servicios sociales. Artículo 42. Planes sectoriales y específicos. Artículo 43. Planes territoriales.
TÍTULO V. Régimen competencial y organizativo
CAPÍTULO I. Régimen competencial
Artículo 44. Responsabilidad pública. Artículo 45. Competencias del Gobierno de Aragón. Artículo 46. Competencias del departamento responsable de la materia de servicios sociales. Artículo 47. Competencias de las comarcas. Artículo 48. Competencias de los municipios. Artículo 49. Competencias de las Diputaciones Provinciales.
CAPÍTULO II. Cooperación, coordinación e información
Artículo 50. Cooperación interadministrativa. Artículo 51. Coordinación administrativa. Artículo 52. Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales. Artículo 53. Sistema Aragonés de Información de Servicios Sociales. Artículo 54. Instrumentos técnicos comunes.
TÍTULO VI. Participación ciudadana. El Consejo Aragonés de Servicios Sociales
Artículo 55. Garantía de la participación ciudadana. Artículo 56. Órganos de participación y consulta. Artículo 57. Consejo Aragonés de Servicios Sociales. Artículo 58. Órganos especializados de participación. Artículo 59. Órganos territoriales de servicios sociales. Artículo 60. Participación en los centros y en los servicios sociales. Artículo 61. Voluntariado social.
TÍTULO VII. Calidad de los servicios sociales
Artículo 62. Disposiciones generales. Artículo 63. Estrategia de calidad. Artículo 64. Ética profesional. Artículo 65. Profesionalidad e interdisciplinariedad. Artículo 66. Derechos y deberes de los profesionales. Artículo 67. Profesional de referencia. Artículo 68. Formación. Artículo 69. Investigación e innovación.
TÍTULO VIII. Financiación
Artículo 70. Fuentes de financiación. Artículo 71. Principios de la financiación. Artículo 72. Financiación de equipamientos públicos de servicios sociales. Artículo 73. Financiación de los servicios sociales generales. Artículo 74. Financiación de los servicios sociales especializados. Artículo 75. Obligaciones de las Administraciones públicas. Artículo 76. Participación de las personas usuarias en la financiación de los servicios sociales. Artículo 77. Exigibilidad de las aportaciones de las personas usuarias.
TÍTULO IX. Iniciativa privada
Artículo 78. Principio general. Artículo 79. Modalidades de iniciativa privada. Artículo 80. Autorización administrativa. Artículo 81. Acreditación. Artículo 82. Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. Artículo 83. Subvenciones a entidades de iniciativa social. Artículo 84. Fomento de la iniciativa social.
TÍTULO X. Inspección y régimen sancionador
CAPÍTULO I. Inspección
Artículo 85. Competencia. Artículo 86. Actuaciones sometidas a inspección. Artículo 87. Funciones de la inspección. Artículo 88. Personal de inspección.
CAPÍTULO II. Régimen sancionador
Artículo 89. Infracciones. Artículo 90. Sujetos responsables. Artículo 91. Infracciones leves. Artículo 92. Infracciones graves. Artículo 93. Infracciones muy graves. Artículo 94. Sanciones administrativas. Artículo 95. Graduación de las sanciones. Artículo 96. Reincidencia. Artículo 97. Prescripción de infracciones y sanciones. Artículo 98. Medidas de protección provisional. Artículo 99. Medidas cautelares en el procedimiento sancionador. Artículo 100. Destino del importe de las sanciones. Artículo 101. Atribución de competencias sancionadoras.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Glosario de términos y definiciones en las normas de desarrollo de la Ley. D.A. 2ª. Garantía de prestaciones en el desarrollo del Catálogo de Servicios Sociales. D.A. 3ª. Garantía de participación social en la elaboración de las normas de desarrollo de la Ley. D.A. 4ª. Ejercicio de las competencias atribuidas a las comarcas en materia de servicios sociales. D.A. 5ª. Protección de la infancia y de la adolescencia. D.A. 6ª. Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. D.A. 7ª. Actualización de las cuantías de las sanciones. D.A. 8ª. Cláusulas de contenido social en los contratos relativos a servicios sociales. D.A. 9ª. Entidades colaboradoras en materia de adopción.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normativa de aplicación transitoria. D.T. 2ª. Órganos sectoriales de participación. D.T. 3ª. Régimen transitorio en materia de acreditación de centros y servicios sociales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Referencias normativas. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Iniciativa legislativa del Gobierno de Aragón. D.F. 4ª. Calendario de desarrollo básico de la presente Ley. D.F. 4ª. Entrada en vigor.