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LEY 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadipara el ejercicio 2015. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 30-12-2014

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015

Órgano emisor: LEHENDAKARITZA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 248

F. Publicación: 30/12/2014

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
TÍTULO I. APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2015
Artículo 1. - Aprobación. Artículo 2.- Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 3. - Presupuestos de los organismos autónomos. Artículo 4. - Presupuestos de los entes públicos de derecho privado. Artículo 5.- Presupuestos de las sociedades públicas. Artículo 6.- Presupuestos de las fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 7. - Presupuesto del consorcio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi Haurreskolak. Artículo 8.- Presupuesto consolidado del ente público Radio Televisión Vasca y de las sociedades públicas de gestión de los servicios públicos de radio y televisión. Artículo 9.- Prestación de garantías y reafianzamiento. Artículo 10. - Operaciones de endeudamiento y financieras.
TÍTULO II. EL ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO I. TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
Artículo 11.- Créditos ampliables y medios de financiación. Artículo 12.- Créditos de compromiso. Artículo 13.- Plantillas presupuestarias.
CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE LOS CRÉDITOS. MODIFICACIONES
Artículo 14. - Régimen de transferencias de créditos. Artículo 15.- Créditos de personal. Artículo 16.- Créditos para gastos de funcionamiento. Artículo 17.- Créditos para transferencias y subvenciones para operaciones corrientes y de capital. Artículo 18.- Variaciones de los presupuestos.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y HABERES PASIVOS
Artículo 19.- Retribuciones del personal. Artículo 20. - Abono de las pagas extraordinarias del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el año 2015. Artículo 21.- Personal de la Ertzaintza. Artículo 22. - Requisitos para la firma de acuerdos de condiciones de trabajo y convenios colectivos. Artículo 23.- Personal directivo de los entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 24.- Créditos de haberes pasivos. Artículo 25.- Suspensión de acuerdos.
CAPÍTULO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS
Artículo 26.- Modulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados.
TÍTULO III. EL ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO I. APORTACIONES DE LAS DIPUTACIONES FORALES
Artículo 27.- Aportaciones de las diputaciones forales. Artículo 28.- Coeficientes de aportación.
CAPÍTULO II. NORMAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO
Artículo 29. - Tasas.
TÍTULO IV. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE CONTRATACIÓN
Artículo 30.- Normas de autorización del gasto. Artículo 31.- Normas de contratación.
TÍTULO V. INFORMACIONES AL PARLAMENTO
Artículo 32.- Informaciones periódicas. Artículo 33. - Otras informaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Medidas financieras en materia de vivienda y suelo. D.A. 2ª.- Medidas de fomento. D.A. 3ª.- Régimen de determinados ingresos patrimoniales. D.A. 4ª.- Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras. D.A. 5ª.- Modificación de los contratos del sector público. D.A. 6ª.- Reducción de la cuantía de las ayudas, subvenciones y prestaciones económicas. D.A. 7ª. Prestación complementaria de vivienda. D.A. 8ª.- Jubilación forzosa del personal funcionario. D.A. 9ª.- Gestión de los créditos para formación del personal empleado de las administraciones públicas vascas. D.A. 10ª. Regulación de los complementos retributivos en materia de incapacidad temporal. D.A. 11ª.- Disposiciones relativas al personal de la Universidad del País Vasco. D.A. 12ª.- Recuperación de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre. D.F. 2ª.- Desarrollo y ejecución. D.F. 3ª.- Entrada en vigor. ANEXO I. CRÉDITOS DE COMPROMISO ANEXO II. PRESUPUESTOS DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS ANEXO III. CRÉDITOS AMPLIABLES ANEXO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS CONCERTADOS RESÚMENES DE GASTOS