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LEY 5/2017, de 10 de febrero, de la Generalitat, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Comunitat Valenciana - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 13-02-2017

Tiempo de lectura: 21 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021

F. entrada en vigor: 05/03/2017

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7978

F. Publicación: 13/02/2017


PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Ámbito de aplicación Artículo 4. Finalidades
TÍTULO II. De la pesca marítima en aguas interiores del litoral de la Comunitat Valenciana
CAPÍTULO I. De la pesca profesional
Artículo 5. Régimen general Artículo 6. Autorización de la actividad Artículo 7. Modalidades Artículo 8. Cambios temporales de modalidad Artículo 9. Artes prohibidas Artículo 10. Ordenaciones específicas
CAPÍTULO II. De la pesca marítima de recreo
Artículo 11. Definición Artículo 12. Licencias de pesca recreativa Artículo 13. Concursos de pesca Artículo 14. Útiles de pesca Artículo 15. Especies Artículo 16. Reglamentación
CAPÍTULO III. Medidas de diversificación pesquera y acuícola
Artículo 17. Coordinación y fomento de la diversificación económica del sector pesquero y acuícola Artículo 18. Condiciones de la pesca-turismo Artículo 19. Medidas específicas
TÍTULO III. Del marisqueo
Artículo 20. Ámbito Artículo 21. Regulación de la actividad y de los medios autorizados para su realización Artículo 22. Limitaciones
TÍTULO IV. De las algas y sargazos
Artículo 23. Régimen de la actividad relacionada con las algas y sargazos
TÍTULO V. De la acuicultura
Artículo 24. Acuicultura Artículo 25. Zonas aptas y zonas de interés Artículo 26. Autorización de actividades Artículo 27. Vigencia de las autorizaciones Artículo 28. Condiciones sanitarias Artículo 29. Control administrativo Artículo 30. Información estadística Artículo 31. Registro de Establecimientos de Acuicultura
TÍTULO VI. De la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 32. Objetivo Artículo 33. Actuaciones
CAPÍTULO II. Medidas para la protección y conservación de los recursos
Artículo 34. Medidas de conservación, protección y recuperación Artículo 35. De las zonas protegidas de interés pesquero Artículo 36. Declaración de zonas protegidas Artículo 37. De las reservas marinas de interés pesquero Artículo 38. Arrecifes artificiales Artículo 39. Repoblaciones marinas Artículo 40. Planes de gestión de la pesca Artículo 41. Artes de pesca selectivos Artículo 42. Obras, instalaciones y demás actividades en el mar
TÍTULO VII. De la comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura
Artículo 43. Desembarque Artículo 44. Control técnico y sanitario de los productos frescos Artículo 45. Comercialización Artículo 46. Primera venta Artículo 47. Comunicación de ventas Artículo 48. Acreditación del producto Artículo 49. Autorización de lonjas pesqueras
TÍTULO VIII. Del sector pesquero
Artículo 50. Construcción de buques Artículo 51. Modernización de la flota Artículo 52. Establecimiento y cambios de base Artículo 53. Medidas de fomento Artículo 54. Acciones prioritarias Artículo 55. Promoción de la formación profesional Artículo 56. Títulos profesionales
TÍTULO IX. De las organizaciones pesqueras de la Comunitat Valenciana
CAPÍTULO I. Las cofradías de pescadores de la Comunitat Valenciana
Artículo 57. Naturaleza Artículo 58. Funciones Artículo 59. Régimen jurídico Artículo 60. Creación, modificación y disolución Artículo 61. Estatutos Artículo 62. Representatividad de los órganos rectores Artículo 63. Recursos económicos, régimen presupuestario y contable Artículo 64. Federaciones de cofradías Artículo 65. Registro de cofradías de pescadores
CAPÍTULO II. Las organizaciones de productores
Artículo 66. Concepto Artículo 67. Objetivos y obligaciones
TÍTULO X. Consejo asesor de pesca y acuicultura de la Comunitat Valenciana
Artículo 68. Naturaleza Artículo 69. Funciones Artículo 70. Estructura y funcionamiento
TÍTULO XI. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Inspección pesquera
Artículo 71. Del personal inspector Artículo 72. Otros órganos de inspección Artículo 73. Programación de las actividades de inspección
CAPÍTULO II. Infracciones administrativas en materia de pesca y acuicultura competencia de la Generalitat
Artículo 74. Ámbito del régimen sancionador Artículo 75. Personas responsables Artículo 76. Concurrencia de responsabilidades Artículo 77. Clasificación Artículo 78. Infracciones leves Artículo 79. Infracciones graves Artículo 80. Infracciones muy graves
CAPÍTULO III. Sanciones
Artículo 81. Clases de sanciones Artículo 82. Graduación de las sanciones Artículo 83. Apercibimiento y sanción de multa Artículo 84. Sanciones y grados Artículo 85. Suspensión temporal Artículo 86. Retirada temporal de la licencia de pesca recreativa Artículo 87. Reducción de la sanción pecuniaria en materia de pesca marítima y requisitos y efectos de dicha reducción pecuniaria Artículo 88. Requisitos y efectos de la reducción de la sanción pecuniaria Artículo 89. Destino del importe de las sanciones pecuniarias en materia de pesca marítima
CAPÍTULO IV. Extinción de la responsabilidad
Artículo 90. Prescripción de las infracciones Artículo 91. Prescripción de las sanciones
CAPÍTULO V. Procedimiento
Artículo 92. Procedimiento administrativo sancionador y responsabilidad penal Artículo 93. Medidas provisionales Artículo 94. Vigilancia, inspección y denuncia Artículo 95. Valor de la denuncia Artículo 96. Incoación Artículo 97. Medidas previas Artículo 98. Notificaciones Artículo 99. Procedimiento sancionador para las infracciones leves Artículo 100. Tramitación abreviada Artículo 101. Procedimiento sancionador para las infracciones graves y muy graves Artículo 102. Efectos de la resolución sobre las medidas previas Artículo 103. Competencia sancionadora Artículo 104. Destino del decomiso de los artes, aparejos y útiles de la pesca o de las capturas pesqueras, productos de pesca o de los productos o bienes obtenidos como medida provisional
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Medidas de gestión pesquera y de protección y conservación de los recursos pesqueros
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen normativo de las autorizaciones de actividades de acuicultura D.T. 2ª. Zonas actualmente protegidas D.T. 3ª. Cofradías existentes D.T. 4ª. Lonjas en funcionamiento autorizadas
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Actualización del importe de las multas D.F. 3ª. Entrada en vigor ANEXO I ANEXO II