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LEY 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 09-02-2021

Tiempo de lectura: 23 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Febrero de 2021

F. entrada en vigor: 10/02/2021

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 26

F. Publicación: 09/02/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Principios rectores Artículo 5. Principios de actuación Artículo 6. Principios específicos en materia de familia
TÍTULO I. Criterios de actuación y organización para el impulso demográfico
CAPÍTULO I. Carácter sistémico de las políticas demográficas
Artículo 7. Incorporación de la perspectiva demográfica Artículo 8. Análisis del impacto demográfico Artículo 9. Informe periódico e indicadores en materia demográfica Artículo 10. Colaboración y cooperación interadministrativa Artículo 11. Políticas prioritarias para el impulso demográfico Artículo 12. Criterios de actuación de las administraciones locales Artículo 13. Apoyo a las administraciones locales Artículo 14. Colaboración con el sector privado Artículo 15. Colaboración del tercer sector social Artículo 16. Participación ciudadana Artículo 17. Contratación Artículo 18. Ayudas y subvenciones públicas
CAPÍTULO II. Organización administrativa
Artículo 19. Competencias del Consello de la Xunta de Galicia Artículo 20. Comisión para el Impulso Demográfico Artículo 21. Comisión Técnica para el Impulso Demográfico Artículo 22. Observatorio Gallego de Dinamización Demográfica
CAPÍTULO III. Estudio, sensibilización, formación y comunicación
Artículo 23. Estudio en materia demográfica Artículo 24. Sensibilización social en materia demográfica Artículo 25. Formación en el ámbito educativo Artículo 26. Formación del personal al servicio del sector público autonómico en materia demográfica Artículo 27. Medios de comunicación social
TÍTULO II. Políticas públicas para el impulso demográfico
CAPÍTULO I. Criterios generales
Artículo 28. Políticas activas de empleo Artículo 29. Apoyo al acceso y a la permanencia en la vivienda Artículo 30. Renta familiar estandarizada
CAPÍTULO II. Apoyo a las familias
Artículo 31. Incremento de la inversión en políticas de familia Artículo 32. Prestaciones y ayudas familiares por nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo Artículo 33. Accesibilidad de los recursos de atención temprana Artículo 34. Ayuda a las familias más vulnerables Artículo 35. Ayudas para la mejora de las viviendas Artículo 36. Apoyo económico para el transporte Artículo 37. Apoyo económico para el acceso a la educación infantil 0-3 Artículo 38. Sello para establecimientos amigables con las familias con niños y niñas Artículo 39. Especial consideración de las familias numerosas Artículo 40. Especial consideración de las familias monoparentales Artículo 41. Espacios para las familias en los edificios de uso público Artículo 42. Reserva de aparcamiento para las familias Artículo 43. Bancos de leche materna Artículo 44. Asistencia sanitaria a la reproducción
CAPÍTULO III. Conciliación de la vida familiar, laboral y personal
SECCIÓN 1ª. Principios generales
Artículo 45. Criterios generales de actuación en materia de conciliación Artículo 46. Defensa de la maternidad y paternidad en los procedimientos penales
SECCIÓN 2ª. Educación infantil 0-3 y recursos y servicios de conciliación
Artículo 47. Accesibilidad de los recursos y servicios de conciliación Artículo 48. Medidas de protección de la salud infantil en los recursos y servicios de conciliación Artículo 49. Educación infantil 0-3 Artículo 50. Atención de las necesidades puntuales de conciliación
SECCIÓN 3ª. Conciliación en el sector público
Artículo 51. Desarrollo profesional Artículo 52. Impulso de la flexibilidad Artículo 53. Bolsa de horas de libre disposición Artículo 54. Recursos de conciliación
SECCIÓN 4ª. Conciliación en el sector privado
Artículo 55. Implicación del sector empresarial Artículo 56. Ayudas para facilitar la conciliación Artículo 57. Promoción de la conciliación en la contratación del sector público autonómico Artículo 58. Racionalización de horarios Artículo 59. Conciliación y corresponsabilidad en la negociación colectiva Artículo 60. Reserva de suelo empresarial para recursos de conciliación
CAPÍTULO IV. Apoyo a la juventud
Artículo 61. Criterios generales de actuación en el ámbito de la juventud Artículo 62. Formación orientada al mercado laboral y a las potencialidades del territorio Artículo 63. Educación no formal y voluntariado Artículo 64. Impulso del emprendimiento Artículo 65. Impulso de la innovación, tecnología y creatividad y de las tecnologías de la información y la comunicación Artículo 66. Relevo generacional
CAPÍTULO V. Retorno y atracción de nueva población
SECCIÓN 1ª. Criterios generales de actuación
Artículo 67. Mejora del saldo migratorio y de las tasas de actividad y ocupación Artículo 68. Estímulo de las actividades económicas Artículo 69. Incorporación al sistema educativo
SECCIÓN 2ª. Fomento del retorno de la población gallega residente en el exterior
Artículo 70. Afianzamiento de los vínculos con la población gallega residente en el exterior Artículo 71. Igualdad de condiciones en el acceso a programas y servicios Artículo 72. Apoyo en el proceso de retorno
SECCIÓN 3ª. Atracción de nueva población
Artículo 73. Mercado laboral Artículo 74. Inclusión social Artículo 75. Formación para el empleo Artículo 76. Zonas de actuación prioritaria en el impulso demográfico
CAPÍTULO VI. Equilibrio territorial
Artículo 77. Valorización del medio rural y costero no urbano Artículo 78. Consideración de los desequilibrios demográficos Artículo 79. Desarrollo sostenible de las políticas y servicios públicos Artículo 80. Accesibilidad de los servicios públicos Artículo 81. Movilidad Artículo 82. Telecomunicaciones Artículo 83. Servicios para las personas mayores en el medio rural y costero no urbano Artículo 84. Servicios para las personas con discapacidad en el medio rural y costero no urbano Artículo 85. Plazas educativas y recursos de conciliación Artículo 86. Estándares de calidad en la enseñanza Artículo 87. Formación profesional Artículo 88. Acceso a la cultura y fomento de las actividades e industrias creativas y culturales Artículo 89. Fomento del turismo sostenible e inclusivo Artículo 90. Acceso a la tierra Artículo 91. Impulso de las actividades agroforestales Artículo 92. Sostenibilidad de las actividades agroforestales y marítimo-pesqueras Artículo 93. Diversificación de la actividad económica Artículo 94. Relevo generacional en el medio rural y costero no urbano Artículo 95. Innovación y tecnología en el medio rural y costero no urbano Artículo 96. Tecnologías y competitividad Artículo 97. Incentivos y bonificaciones impositivas a la inversión Artículo 98. Suelo empresarial Artículo 99. Apoyo al comercio de proximidad Artículo 100. Servicios financieros y bancarios Artículo 101. Responsabilidad social territorial
CAPÍTULO VII. Envejecimiento activo y saludable
Artículo 102. Criterios generales de actuación para el envejecimiento activo y saludable Artículo 103. Tecnología aplicada al envejecimiento activo y saludable Artículo 104. Economía del envejecimiento Artículo 105. Cuarto ciclo Artículo 106. Puesta en valor de la experiencia Artículo 107. Atención a domicilio y acompañamiento para las personas mayores y con limitaciones funcionales o de autonomía personal Artículo 108. Prevención y atención de la soledad no deseada Artículo 109. Refuerzo de las relaciones intergeneracionales
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Incremento de la inversión en políticas de familia D.A. 2ª. Estrategia de impulso demográfico
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia D.F. 2ª. Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia D.F. 3ª. Modificación de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia D.F. 4ª. Modificación de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, aprobado por el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero D.F. 6ª. Modificación de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia D.F. 7ª. Desarrollo normativo D.F. 8ª. Entrada en vigor