LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. - Boletín Oficial del Estado de 18-12-2003

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  • Ámbito: Estatal
  • Estado: Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2004
  • Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 302
  • Fecha de Publicación: 18/12/2003
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Recargos del período ejecutivo, interés de demora e interés legal y responsabilidad en contratas y subcontratas.

1. Lo dispuesto en el artículo 28 de esta ley se aplicará a las deudas tributarias cuyo período ejecutivo se inicie a partir de la entrada en vigor de la misma.

2. Lo dispuesto en los apartados 4 y 6 del artículo 26 y en el apartado 2 del artículo 33 en materia de interés de demora e interés legal será de aplicación a los procedimientos, escritos y solicitudes que se inicien o presenten a partir de la entrada en vigor de esta ley.

3. El supuesto de responsabilidad a que se refiere el párrafo f) del apartado 1 del artículo 43 de esta ley no se aplicará a las obras o prestaciones de servicios contratadas o subcontratadas y cuya ejecución o prestación se haya iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley.


D.T. 2ª. Consultas tributarias escritas e información sobre el valor de bienes inmuebles.

1. Lo dispuesto en los artículos 88 y 89 de esta ley se aplicará a las consultas tributarias escritas que se presenten a partir del 1 de julio de 2004. Las consultas presentadas antes de esa fecha se regirán por lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 8 de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.

2. Lo dispuesto en el artículo 90 de esta ley relativo a la información sobre el valor de bienes inmuebles será de aplicación a los procedimientos, escritos y solicitudes que se inicien o presenten a partir de la entrada en vigor de esta ley.


D.T. 3ª. Procedimientos tributarios.

1. Los procedimientos tributarios iniciados antes de la fecha de entrada en vigor de esta ley se regirán por la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.

2. Serán de aplicación a los procedimientos iniciados antes de la fecha de entrada en vigor de esta ley los siguientes artículos:

a) El apartado 2 del artículo 62 de esta Ley, relativo a los plazos de pago en período voluntario, cuando la liquidación administrativa se notifique a partir de la entrada en vigor de esta ley.

b) El apartado 2 del artículo 112 de esta ley, relativo a la notificación por comparecencia, cuando las publicaciones se realicen a partir de la entrada en vigor de esta ley.

c) El apartado 3 del artículo 188 de esta ley, relativo a la reducción del 25 por ciento de la sanción, cuando el ingreso se realice a partir de la entrada en vigor de esta ley.

También se aplicará la reducción del 25 por ciento prevista en el apartado 3 del artículo 188 de esta ley cuando a partir de la entrada en vigor de esta ley se efectúe el ingreso de las sanciones recurridas con anterioridad y se desista, antes del 31 de diciembre de 2004, del recurso o reclamación interpuesto contra la sanción y, en su caso, del recurso o reclamación interpuesto contra la liquidación de la que derive la sanción.

d) El apartado 3 del artículo 212 de esta ley, relativo a los efectos de la interposición de recursos o reclamaciones contra sanciones.

e) El apartado 1 del artículo 223 de esta ley, relativo al plazo de interposición del recurso de reposición, cuando el acto o resolución objeto del recurso se notifique a partir de la entrada en vigor de esta ley.

3. Los artículos 15 y 159 de esta ley, relativos a la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria, se aplicará cuando los actos o negocios objeto del informe se hayan realizado a partir de la entrada en vigor de esta ley. A los actos o negocios anteriores les será de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.


D.T. 4ª. Infracciones y sanciones tributarias.

1. Esta ley será de aplicación a las infracciones tributarias cometidas con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que su aplicación resulte más favorable para el sujeto infractor y la sanción impuesta no haya adquirido firmeza.

La revisión de las sanciones no firmes y la aplicación de la nueva normativa se realizará por los órganos administrativos y jurisdiccionales que estén conociendo de las reclamaciones y recursos, previa audiencia al interesado.

2. Los procedimientos sancionadores en materia tributaria iniciados antes del 1 de julio de 2004 deberán concluir antes del 31 de diciembre de 2004, sin que les sea de aplicación el plazo máximo de resolución previsto en el apartado 3 del artículo 34 de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes, y en el artículo 36 del Real Decreto 1930/1998, de 11 de septiembre, por el que se desarrolla el régimen sancionador tributario y se introducen las adecuaciones necesarias en el Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de la Inspección de los Tributos.


D.T. 5ª. Reclamaciones económico-administrativas.

1. Esta ley se aplicará a las reclamaciones o recursos que se interpongan a partir de la fecha de entrada en vigor de la misma. A las interpuestas con anterioridad se les aplicará la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión.

2. El plazo al que se refiere el apartado 1 del artículo 235 de esta ley relativo a la interposición de las reclamaciones económico-administrativas se aplicará cuando el acto o resolución objeto de la reclamación se notifique a partir de la entrada en vigor de esta ley.

3. Lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 240 de esta ley se aplicará a las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan a partir de un año desde la entrada en vigor de esta ley.

4. El procedimiento abreviado regulado en la sección 3ª. del capítulo IV del título V de esta ley se aplicará a las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan a partir de un año desde la entrada en vigor de esta ley.


DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.

1. Salvo lo dispuesto en las disposiciones transitorias de esta ley, a la entrada en vigor de esta ley quedarán derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la misma y, entre otras, las siguientes normas:

a) La Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.

b) La Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.

c) La Ley 34/1980, de 21 de junio, de Reforma del Procedimiento Tributario.

d) La Ley 39/1980, de 5 de julio, de Bases sobre Procedimiento Económico-Administrativo.

e) El Real Decreto Legislativo 2795/1980, de 12 de diciembre, por el que se articula la Ley 39/1980, de 5 de julio, de Bases sobre Procedimiento Económico-Administrativo.

f) La Ley 10/1985, de 26 de abril, de modificación parcial de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.

g) La Ley 25/1995, de 20 de julio, de modificación parcial de la Ley General Tributaria.

h) De la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988, el artículo 113 relativo al Número de Identificación Fiscal.

i) De la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989, el artículo 107 relativo a las declaraciones censales.

j) De la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, el párrafo c) del apartado 1 del artículo 51 relativa a la competencia para resolver los expedientes de fraude de ley.

2. Las normas reglamentarias dictadas en desarrollo de los textos derogados a los que se refiere el apartado anterior continuarán vigentes, en tanto no se opongan a lo previsto en esta ley, hasta la entrada en vigor de las distintas normas reglamentarias que puedan dictarse en desarrollo de esta ley.

3. Las referencias contenidas en normas vigentes a las disposiciones que se derogan expresamente deberán entenderse efectuadas a las disposiciones de esta ley que regulan la misma materia que aquéllas.


NORMA AFECTADA POR

Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.


Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.


Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas.


Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.


Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.


Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.


Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.


Ley 10/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información.


Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.


Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.


Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.


Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.


Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.


Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.


Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.


Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.


Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.


Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.


Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.


Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.


Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.


Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.


Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.


Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.


Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.


Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.


Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.


Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Trafico, Circulacion de Vehiculos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora.


Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.


LEY 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolucion mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.


LEY 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevencion del fraude fiscal.



NORMA AFECTA A

Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.

Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.

Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.

LEY 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

LEY 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiacion de las Comunidades Autonomas de regimen comun y Ciudades con Estatuto de Autonomia.


NORMAS RELACIONADAS

Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.


    Constitucion Española, de 27 de diciembre de 1978.


      LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


        REAL DECRETO 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudacion.


          Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.


            Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria


              LEY 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.


                Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.


                  Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.


                    LEY 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


                      Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.


                        Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.


                          Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.


                            Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Codigo Civil.


                              Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.


                                Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.


                                  Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.


                                    Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.


                                      Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.


                                        Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.


                                          Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.


                                            LEY 22/2003, de 9 de julio, Concursal.


                                              LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.


                                                LEY ORGANICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccion de Datos de Caracter Personal.


                                                  Ley Organica 3/2018, de 5 de diciembre, de Proteccion de Datos Personales y garantia de los derechos digitales.


                                                    LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.


                                                      LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electronico de los ciudadanos a los Servicios Publicos.


                                                        LEY 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.


                                                          Ley 28/1990, de 26 de diciembre, por la que se aprueba el Convenio Economico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.


                                                            Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.


                                                              Ley Orgánica 2/1987, de 18 de mayo, de Conflictos Jurisdiccionales.


                                                                Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevencion y lucha contra el fraude fiscal, de transposicion de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las practicas de elusion fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificacion de diversas normas tributarias y en materia de regulacion del juego.


                                                                  REGLAMENTO (UE) Nº 952/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el codigo aduanero de la Union (refundicion)


                                                                    LEY 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.


                                                                      Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.


                                                                        Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.


                                                                          Ley Organica 1/1982, de 5 de mayo, de proteccion civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.


                                                                            LEY ORGANICA 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiacion de las Comunidades Autonomas.


                                                                              Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevencion del blanqueo de capitales y de la financiacion del terrorismo.


                                                                                REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.


                                                                                  DIRECTIVA 2011/16/UE DEL CONSEJO de 15 de febrero de 2011 relativa a la cooperacion administrativa en el ambito de la fiscalidad y por la que se deroga la Directiva 77/799/CEE


                                                                                    REAL DECRETO LEGISLATIVO 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


                                                                                      LEY 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiacion de las Comunidades Autonomas de regimen comun y Ciudades con Estatuto de Autonomia.