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Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 01-06-2001

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Aragón

Estado: DEROGADO. Desde 10 de Junio de 2015 por LEY 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Rios de Aragon.

F. entrada en vigor: 02/06/2001

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 64

F. Publicación: 01/06/2001


TÍTULO PRELIMINAR.DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Principios generales. Artículo 3. Competencias de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales. Artículo 3 bis. Competencias de policía en dominio público hidráulico. Artículo 4. Organización de la Administración de la Comunidad Autónoma.
TÍTULO I.DEL ABASTECIMIENTO DE POBLACIONES Y DEL SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES.
CAPÍTULO I.PRINCIPIOS GENERALES EN MATERIA DE ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS.
Artículo 5. Principios generales. Artículo 6. Definición de conceptos.
CAPÍTULO II.DE LAS COMPETENCIAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN MATERIA DE ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
Artículo 7. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma. Artículo 8. Competencias de las entidades locales. Artículo 9. Cooperación entre Administraciones.
CAPÍTULO III.DE LA PLANIFICACIÓN SOBRE ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.
SECCIÓN I. DISPOSICIONES GENERALES EN MATERIA DE PLANIFICACIÓN.
Artículo 10. De los diferentes planes y su naturaleza. Artículo 11. Zonas de planificación. Artículo 12. Relación temporal entre planes. Artículo 13. Evaluación ambiental de planes y programas y evaluación de impacto ambiental de proyectos. Artículo 14. Adaptación de la planificación.
SECCIÓN II. DE LA PLANIFICACIÓN SOBRE ABASTECIMIENTO.
Artículo 15. Objeto del Plan Aragonés de Abastecimiento Urbano. Artículo 16. De los Planes de Zona de Abastecimiento Urbano.
SECCIÓN III. DE LA PLANIFICACIÓN SOBRE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
Artículo 17. Objeto del Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración. Artículo 18. De los Planes de Zona de Saneamiento y Depuración.
CAPÍTULO IV.DISPOSICIONES COMUNES A EFECTOS DE ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y EFECTOS DE LOS PLANES.
Artículo 19. Elaboración y aprobación. Artículo 20. Publicidad y acceso a la documentación. Artículo 21. Efectos de la aprobación. Artículo 22. Informe del Instituto Aragonés del Agua de los planes urbanísticos. Artículo 23. Vigencia, modificación, actualización y revisión de los planes.
CAPÍTULO V.DE LA EJECUCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y LA GESTIÓN DE LOS SERVICIOS.
Artículo 24. Declaración de obras de interés de la Comunidad Autónoma y delegación en las entidades locales. Artículo 25. Delegación en las entidades locales. Artículo 26. Obras de interés general. Artículo 27. Gestión de los servicios. Artículo 28. Situaciones de sequía. Artículo 29. Financiación de las obras de abastecimiento. Artículo 30. Financiación de las obras de saneamiento y depuración.
TÍTULO II.DEL INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA.
CAPÍTULO I.PRINCIPIOS GENERALES.
Artículo 31. Naturaleza. Artículo 32. Objeto. Artículo 33. Funciones.
CAPÍTULO II.RÉGIMEN JURÍDICO.
Artículo 34. Principios generales. Artículo 35. Normativa aplicable. Artículo 36. Contratación y defensa en juicio. Artículo 37. Personal. Artículo 38. Recursos.
CAPÍTULO III.RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO.
Artículo 39. Patrimonio. Artículo 40. Recursos económicos. Artículo 41. Régimen económico-financiero.
CAPÍTULO IV.ORGANIZACIÓN.
Artículo 42. Órganos del Instituto Aragonés del Agua. Artículo 43. Del Presidente. Artículo 44. Del Director del Instituto. Artículo 45. Del Consejo de Dirección. Artículo 46. De las funciones del Consejo de Dirección. Artículo 47. De la composición de la Comisión del Agua de Aragón. Artículo 48. De las funciones de la Comisión del Agua de Aragón.
TÍTULO III.DEL CANON DE SANEAMIENTO.
Artículo 49. Principios generales. Artículo 50. Del canon de saneamiento. Artículo 51. Hecho imponible. Exenciones. Artículo 51 bis. Exenciones y bonificaciones. Artículo 52. Devengo. Artículo 53. Sujeto pasivo. Artículo 54. Base imponible. Artículo 55. Usos domésticos. Artículo 56. Usos industriales. Artículo 57. Sustitución por exacciones. Artículo 58. Tarifa. Artículo 59. Gestión. Artículo 60. Régimen sancionador. Artículo 61. Compatibilidad o incompatibilidad con otras figuras tributarias.
TÍTULO IV.DE LAS BASES DE LA POLÍTICA DEL AGUA EN ARAGÓN.
Artículo 62. Definición. Artículo 63. Tramitación.
TÍTULO V.OTRAS DISPOSICIONES.
CAPÍTULO I.DE LA CONCERTACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN LA ACTUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
Artículo 64. Convenios con la Administración hidráulica estatal. Artículo 65. Nombramiento de representantes.
CAPÍTULO II.DEL DEBER DE COLABORACIÓN Y DE LA INSPECCIÓN.
Artículo 66. Deber de colaboración. Artículo 67. Protección de instalaciones. Artículo 68. Inspección en materia de aguas. Artículo 69. Acción pública.
CAPÍTULO III.DEL RÉGIMEN SANCIONADOR.
Artículo 70. Infracciones. Artículo 71. Sanciones y autoridad sancionatoria. Artículo 72. Procedimiento y prescripción.
CAPÍTULO IV.DE LAS MEDIDAS DE FOMENTO.
Artículo 73. Ayudas para la racionalización en el consumo de agua y mejora en los sistemas de depuración. Artículo 74. De la reutilización de las aguas residuales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Constitución del Instituto Aragonés del Agua. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Integración de personal en el Instituto Aragonés del Agua. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Aplicación general del canon de saneamiento. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Situación específica del municipio de Zaragoza. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Determinación de la tarifa del canon de saneamiento. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Obras realizadas en ausencia de plan. DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Informe previo a la Planificación Hidrológica. DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Modificaciones presupuestarias. DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Tarifa. DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA. Actualización de cuantías de infracciones y sanciones. DISPOSICIÓN ADICIONAL UNDÉCIMA. Sustitución por exacciones. DISPOSICIÓN ADICIONAL DUODÉCIMA. Cambio de denominación del Canon de Saneamiento por Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Aplicación del canon de saneamiento. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Obligación de adaptación de ordenanzas municipales. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Representantes de las comarcas en la Comisión del Agua de Aragón.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación reglamentaria. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.