Legislación
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LEY 6/2007, de 26 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 04-07-2007

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 13 de Marzo de 2020

F. entrada en vigor: 05/07/2007

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 131

F. Publicación: 04/07/2007

  • Todas las referencias que se realizan la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía se entenderán realizadas a la Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía. Las referencias a la Dirección Gerencia, se entenderán realizadas a la Dirección de la Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía. Las referencias al Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía, se entenderán realizadas al Consejo de la Competencia de Andalucía. Las referencias al Departamento de Estudios, Análisis de Mercados y Promoción de la Competencia, se entenderán realizadas al Departamento de Promoción de la Competencia y de Mejora de la Regulación Económica.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Creación y funcionamiento de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía
CAPÍTULO I. Naturaleza, fines y funciones
Artículo 1. Denominación y naturaleza. Artículo 2. Fines generales. Artículo 3. Competencias y funciones.
CAPÍTULO II. Medios y procedimientos
Artículo 4. Régimen de personal, económico, financiero y de contratación. Artículo 5. Procedimientos y recursos.
CAPÍTULO III. Transparencia y colaboración
Artículo 6. Publicidad. Artículo 7. Relaciones con otras Administraciones, colaboración y cooperación. Artículo 8. Deber de secreto.
TÍTULO II. Órganos de promoción y defensa de la competencia
CAPÍTULO I. Organización
Artículo 9. Composición.
CAPÍTULO II. La Dirección-Gerencia
Artículo 10. Naturaleza y funciones. Artículo 11. Nombramiento.
CAPÍTULO III. El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía
Artículo 12. Naturaleza y funciones. Artículo 13. Funcionamiento. Artículo 14. Nombramiento. Artículo 15. Causas de cese y suspensión en el ejercicio del cargo. Artículo 16. Competencias. Artículo 17. Funciones de la Presidencia.
CAPÍTULO IV. El Departamento de Investigación de Defensa de la Competencia de Andalucía
Artículo 18. Naturaleza y funciones. Artículo 19. Dirección del Departamento de Investigación de Defensa de la Competencia de Andalucía.
CAPÍTULO V. El Departamento de Estudios, Análisis de Mercados y Promoción de la Competencia
Artículo 20. Naturaleza y funciones.
CAPÍTULO VI. La Secretaría General
Artículo 21. Naturaleza y funciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Normativa aplicable. D.A. 2ª. Deber de colaboración.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para la ejecución y desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en funcionamiento. D.F. 3ª. Entrada en vigor.