Legislación
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Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creacion del Organismo Autonomo Boletin Oficial de la Region de Murcia . - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 23-10-2009

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Octubre de 2009

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 245

F. Publicación: 23/10/2009

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. - Creación, naturaleza y adscripción. Artículo 2.- Régimen jurídico y potestades. Artículo 3. - Fines. Artículo 4. - Funciones.
CAPÍTULO II. Del "Boletín Oficial de la Región de Murcia"
Artículo 5. - Del objeto y contenido del Boletín Oficial de la Región de Murcia. Artículo 6. - De la publicación del BORM. Artículo 7.- Garantía de autenticidad. Artículo 8. - Acceso al BORM. Artículo 9.- De la inserción de disposiciones y actos o anuncios en el BORM.
CAPÍTULO III. De los Órganos Directivos
Artículo 10. - Órganos directivos. Artículo 11.- Concepto. Artículo 12.- Composición. Artículo 13. Atribuciones del Consejo de Administración. Artículo 14. - Funcionamiento. Artículo 15.- Régimen jurídico de sus actos. Artículo 16.- Designación. Artículo 17.- Atribuciones de la Gerencia. Artículo 18. - Régimen jurídico de sus actos.
CAPÍTULO IV. Del Patrimonio, Recursos Económicos, Régimen Presupuestario; Financiero, Fiscal, de Contratación y de Personal
Artículo 19.- Del Patrimonio. Artículo 20. - Recursos económicos. Artículo 21. - Régimen económico, financiero, presupuestario y fiscal. Artículo 22.- Régimen de contratación. Artículo 23.- Personal del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.- Extinción del Organismo Autónomo Imprenta Regional de Murcia y entrada en funcionamiento del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.- Régimen de tránsito desde la extinción de la Imprenta Regional a la puesta en funcionamiento efectivo del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 2ª.- Modificaciones presupuestarias y de personal. D.F. 3ª.- Entrada en vigor.