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Ley 6/2011, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2012. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 31-12-2011

Tiempo de lectura: 19 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018

F. entrada en vigor: 01/01/2012

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 301

F. Publicación: 31/12/2011


PREÁMBULO
TÍTULO I. APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
Capí­tulo I .Créditos iniciales y financiación de los mismos
Artí­culo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artí­culo 2. Créditos iniciales y financiación del Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Artí­culo 3. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos. Artí­culo 4. Dotaciones iniciales y financiación de los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del sector... Artí­culo 5. Presupuesto consolidado de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus organismos autónomos. Artí­culo 6. Distribución funcional del gasto.
Capí­tulo II. Beneficios fiscales
Artí­culo 7. Beneficios Fiscales.
TÍTULO II. MODIFICACIONES EN LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
Capí­tulo I. Normas generales
Artí­culo 8. Vinculación de los créditos. Artí­culo 9. Principio general. Artí­culo 10. Modificaciones de crédito entre la Administración General y organismos autónomos. Artí­culo 11. Modificaciones de crédito que afecten a los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del sect... Artí­culo 12. Modificaciones en los créditos del capí­tulo I. Artí­culo 13. Adecuaciones en los créditos financiados con ingresos finalistas. Artí­culo 14. Transferencias a corporaciones locales. Artí­culo 15. Competencias de los titulares de organismos autónomos. Artí­culo 16. Habilitación de partidas presupuestarias. Artí­culo 17. Adaptaciones técnicas del Presupuesto.
Capí­tulo II. Ampliaciones y generaciones de créditos
SECCIÓN 1.ª Ampliaciones de crédito
Artí­culo 18. Ampliaciones de crédito para reconocimiento de obligaciones. Artí­culo 19. Ampliaciones de crédito por mayores ingresos. Artí­culo 20. Otros créditos ampliables.
SECCIÓN 2.ª. Generaciones de crédito
Artí­culo 21. Normas especí­ficas sobre generación de créditos.
TÍTULO III. GASTOS DE PERSONAL
Capí­tulo I. Regí­menes retributivos
Artí­culo 22. Retribuciones del personal al servicio del sector público regional. Artí­culo 23. Retribuciones del personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario. Artí­culo 24. Retribuciones del personal laboral del sector público regional. Artí­culo 25. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral. Artí­culo 26. Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos de la Administración Pública Regional y personal directivo del sector público regional. Artí­culo 27. Retribuciones del personal funcionario al servicio de la Administración Pública Regional. Artí­culo 28. Retribuciones del personal funcionario interino. Artí­culo 29. Retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. Artí­culo 30. Normas especiales. Artí­culo 31. Adecuación de las retribuciones del personal al servicio del sector público regional a la normativa estatal básica.
Capí­tulo II. Otras disposiciones en materia de gastos de personal
Artí­culo 32. Nombramiento y contratación de personal de carácter temporal. Artí­culo 33. Relaciones de puestos de trabajo. Artí­culo 34. Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de inversiones.
TÍTULO IV. GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Capí­tulo I. Normas sobre gestión presupuestaria.
Artí­culo 35. Autorizaciones de gastos. Artí­culo 36. Proyectos de gasto. Artí­culo 37. Proyectos de gasto de subvenciones nominativas. Artí­culo 38. Transferencias de crédito de gastos con financiación afectada. Artí­culo 39. Fiscalización de gastos y pagos. Artí­culo 40. Fondos de Compensación Interterritorial. Artí­culo 41. Gestión de los créditos correspondientes a la Polí­tica Agraria Común.
Capí­tulo II. Cooperación con las entidades locales.
Artí­culo 42. Pagos con cargo al Plan de Cooperación Local. Artí­culo 43. Remanentes en Planes de Cooperación Local. Artí­culo 44. Bajas por adjudicación de obras municipales con financiación autonómica.
Capí­tulo III. Gestión de los presupuestos docentes
Artí­culo 45. Autorización de incremento del cupo de efectivos en centros docentes públicos no universitarios. Artí­culo 46. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. Artí­culo 47. Autorización de los costes de personal de las universidades públicas de la Región de Murcia.
TÍTULO V. OPERACIONES FINANCIERAS
Capí­tulo I. Deuda Pública
Artí­culo 48. Endeudamiento de la Administración General. Artí­culo 49. Endeudamiento de organismos autónomos y entidades incluidas en el sector administraciones públicas de la Comunidad Autónoma. Artí­culo 50. Gestión de la tesorerí­a de los organismos autónomos y demás entidades del sector público regional.
Capí­tulo II. Avales
Artí­culo 51. Avales.
TÍTULO VI. NORMAS TRIBUTARIAS
Artí­culo 52. Modificación de las tarifas del Canon de Saneamiento. Artí­culo 53. Incremento de tasas y precios públicos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Contratos de obras y servicios que superen los 150.000 euros. D.A. 2ª. Seguimiento de objetivos presupuestarios. D.A. 3ª. Contratos Programa. D.A. 4ª. Compromisos de gasto de carácter plurianual. D.A. 5ª. Infraestructuras financiadas con fondos públicos y privados. D.A. 6ª. Subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud. D.A. 7ª. Suspensión de los pagos a favor de entidades del sector público que no cumplan el deber de información en materia de estabilidad presupuestaria. D.A. 8ª. Depuración de saldos antiguos por derechos pendientes de cobro. D.A. 9ª. Fundaciones del sector público autonómico. D.A. 10ª. Bajas por adjudicación. D.A. 11ª. Tramitación de determinados gastos derivados de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurí­dica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil; de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero... D.A. 12ª. Creación de entidades del sector público regional. D.A. 13ª. Imputación de gastos de ejercicios anteriores al presupuesto de 2012. D.A. 14ª. Tramitación anticipada de expedientes de gasto. D.A. 15ª. Medidas de control sobre los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales y fundaciones del sector público autonómico. D.A. 16ª. Medidas de fomento del patrimonio histórico y medidas de fomento social. D.A. 17ª. Elaboración del Plan de disposición de fondos. D.A. 18ª. Subvenciones o anticipos reintegrables. D.A. 19ª. Autorización de la celebración de grandes eventos que contribuyan a proyectar la imagen de la Región. D.A. 20ª. Control interno del sector público regional. D.A. 21ª. Contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 22ª. Contratación centralizada. D.A. 23ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. D.A. 24ª. Establecimiento de un plan de pagos consensuado con los acreedores de la Hacienda Pública Regional y otros entes. D.A. 25ª. Concesión de préstamos por el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia y el Instituto de Fomento de la Región de Murcia. D.A. 26ª. Medidas en materia de jornada, horario y gastos de personal. D.A. 27ª. Suspensión temporal de pactos y acuerdos. D.A. 28ª. Jornada de trabajo. D.A. 29ª. Indemnizaciones por asistencia a determinados órganos colegiados. D.A. 30ª. Autorización de la inclusión de cláusulas de pago aplazado en determinados contratos de obras. D.A. 31ª. Inaplicación de limitaciones a las transferencias de crédito que realice la Asamblea Regional durante 2012. D.A. 32ª. Subvenciones nominativas de la Asamblea Regional relativas al Programa de Divulgación Educativa. D.A. 33ª. Incorporación del remanente de tesorerí­a no afectado del presupuesto de 2011 de la Administración Pública Regional al Presupuesto de 2012.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Anteproyecto de Ley de Función Pública de la Región de Murcia. D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución de la Ley. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV PRESUPUESTOS 2012