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Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 02-12-2005

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019

F. entrada en vigor: 01/01/2006

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 278

F. Publicación: 02/12/2005


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I. Del ámbito de aplicación de la Ley
Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Régimen jurídico de las subvenciones.
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes a las subvenciones
Artículo 3.- Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones. Artículo 4.- Principios generales. Artículo 5.- Planificación de la actividad subvencional. Artículo 6.- Contenido de los planes estratégicos. Artículo 7.- Valoración de los planes estratégicos. Artículo 8.- Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea. Artículo 9.- Sujetos participantes. Artículo 10. - Órganos competentes para la concesión de subvenciones. Artículo 11.- Obligaciones de los beneficiarios. Artículo 12.- De las entidades colaboradoras. Artículo 13.- Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones. Artículo 14.- Publicidad de las subvenciones. Artículo 15.- Coordinación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Artículo 16.- Régimen General de Garantías.
TÍTULO I. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN Y GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. Del procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
Artículo 17.- Iniciación. Artículo 18.- Instrucción. Artículo 19.- Resolución. Artículo 20.- Notificación de la resolución. Artículo 21.- Reformulación de las solicitudes. Artículo 22.- Supuestos especiales de concurrencia.
CAPÍTULO II. Del procedimiento de concesión directa
Artículo 23.- Concesión directa.
CAPÍTULO III. Del procedimiento de gestión y justificación
Artículo 24.- Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios. Artículo 25.- Justificación de las subvenciones. Artículo 26.- Comprobación de subvenciones. Artículo 27.- Comprobación de valores.
CAPÍTULO IV. Del procedimiento de gestión presupuestaria
Artículo 28. - Procedimiento de aprobación del gasto. Artículo 29.- Pago de las subvenciones. Artículo 30.- Retención de pagos.
TÍTULO II. DEL REINTEGRO DE SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. Del reintegro
Artículo 31. - Procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad del acto de concesión. Artículo 32.- Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia. Artículo 33.- Prescripción. Artículo 34.- Obligados al reintegro.
CAPÍTULO II. Del procedimiento de reintegro
Artículo 35.- Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro. Artículo 36.- Procedimiento de reintegro. Artículo 37.- Coordinación de actuaciones.
TÍTULO III. DEL CONTROL FINANCIERO DE SUBVENCIONES
Artículo 38.- Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones. Artículo 39.- Facultades del personal controlador. Artículo 40.- Deberes del personal controlador. Artículo 41.- Del procedimiento de control financiero. Artículo 42. - Documentación de las actuaciones de control financiero. Artículo 43.- Efectos de los informes de control financiero.
TÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR
CAPÍTULO I. De la competencia y del procedimiento sancionador
Artículo 44.- Procedimiento sancionador. Artículo 45.- Órganos competentes.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas. D.A. 2ª.- Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados. D.A. 3ª.- Ayudas en especie. D.A. 4ª.- Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza. D.A. 5ª.- Aprobación de bases reguladoras en el Servicio Regional de Empleo y Formación. D.A. 6ª.- Plan de cooperación local. D.A. 7ª.- Subvenciones de cooperación humanitaria, institucional o para el desarrollo. D.A. 8ª.- Ayudas del Instituto Murciano de Acción Social. D.A. 9ª.- Créditos concedidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a particulares y empresas sin interés o con interés inferior al de mercado. D.A. 10ª.- Control financiero sobre las ayudas de la Unión Europea y seguimiento de sus resultados.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Régimen transitorio de los procedimientos. D.T. 2ª.- Primer plan estratégico de subvenciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.- Desarrollo y entrada en vigor de esta ley.