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LEY 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 14-04-2015

Tiempo de lectura: 29 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 14/06/2015

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 70

F. Publicación: 14/04/2015


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto de la ley. Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Artículo 3.- Régimen jurídico.
TÍTULO I. DEL MUNICIPIO
CAPÍTULO I. AUTONOMÍA MUNICIPAL
Artículo 4.- Expresión de la autonomía municipal.
CAPÍTULO II. COMPETENCIAS MUNICIPALES
SECCIÓN 1ª. Principios
Artículo 5.- Principios. Artículo 6.- Garantía de la autonomía municipal. Artículo 7.- Máxima proximidad. Artículo 8.- Igualdad de la ciudadanía en el acceso a los servicios públicos. Artículo 9.- Suficiencia financiera y estabilidad presupuestaria.
SECCIÓN 2ª. Competencias
Artículo 10.- Competencias municipales. Artículo 11.- Atribución de competencias propias.
CAPÍTULO III. SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES
Artículo 12.- Asistencia y cooperación de los cabildos insulares.
CAPÍTULO IV. ALTERACIÓN DE TÉRMINOS MUNICIPALES
Artículo 13.- Requisitos generales. Artículo 14.- Procedimiento para la creación por segregación o fusión. Artículo 15.- Procedimiento para la aprobación de convenios de fusión. Artículo 16.- Comisiones gestoras.
TÍTULO II. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA
CAPÍTULO I. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
SECCIÓN 1ª. Instrumentos de participación
Artículo 17.- Instrumentos participativos. Artículo 18.- Participación en el pleno.
SECCIÓN 2ª. Órganos de participación ciudadana
Artículo 19.- Consejos de participación ciudadana. Artículo 20.- Funciones. Artículo 21.- Reglamento.
CAPÍTULO II. DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA
Artículo 22.- Derecho de acceso a la información pública. Artículo 23.- Boletín informativo municipal. Artículo 24.- Transparencia.
TÍTULO III. ESTATUTO DE LOS MIEMBROS ELECTOS Y ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
CAPÍTULO I. ESTATUTO DE LOS MIEMBROS ELECTOS
SECCIÓN 1ª. Derecho a la información
Artículo 25.- Acceso a la información.
SECCIÓN 2ª. Grupos políticos
Artículo 26.- Grupos políticos municipales. Artículo 27.- Constitución de los grupos políticos municipales. Artículo 28.- Los concejales no adscritos.
CAPÍTULO II. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 29.- Fuentes. Artículo 30.- Tipología de órganos.
SECCIÓN 2ª. Del alcalde
Artículo 31.- Competencias del alcalde. Artículo 32.- Delegaciones del alcalde.
SECCIÓN 3ª. Sustitución, precedencias y tratamientos
Artículo 33.- Orden de sustitución y precedencias. Artículo 34.- Tratamientos protocolarios. Artículo 35.- Uso de tratamientos protocolarios.
SECCIÓN 4ª. Tenencias de alcaldía
Artículo 36.- Tenientes de alcalde.
SECCIÓN 5ª. Del pleno
Artículo 37.- Competencias del pleno. Artículo 38.- Junta de portavoces.
SECCIÓN 6ª. Estructura del gobierno municipal
Artículo 39.- Áreas de gobierno. Artículo 40.- Concejales de área.
SECCIÓN 7ª. Comisiones informativas
Artículo 41.- Comisiones informativas. Artículo 42.- Número y funciones. Artículo 43.- Organización y funcionamiento.
SECCIÓN 8ª. Órganos complementarios
Artículo 44.- Órganos complementarios.
SUBSECCIÓN 1ª. Consejos de barrio
Artículo 45.- Consejos de barrio. Artículo 46.- Funciones. Artículo 47.- Organización.
SUBSECCIÓN 2ª. Consejos de sector
Artículo 48.- Consejos de sector. Artículo 49.- Funciones.
SUBSECCIÓN 3ª. Juntas de distrito
Artículo 50.- Juntas de distrito. Artículo 51.- Creación. Artículo 52.- Organización. Artículo 53.- Funciones.
SECCIÓN 9ª. Órganos de gestión administrativa
Artículo 54.- Órganos especiales de administración. Artículo 55.- Funciones de la secretaría general. Artículo 56.- Funciones de la intervención general. Artículo 57.- Funciones de la tesorería. Artículo 58.- Funciones de unidades administrativas reservadas a personal funcionario. Artículo 59.- Funciones de las escalas y subescalas del personal funcionario de las corporaciones locales. Artículo 60.- Organización de unidades administrativas.
SECCIÓN 10ª. Identificación de las funciones y tareas
Artículo 61.- Identificación de las funciones y tareas concretas en las relaciones de puestos de trabajo.
TÍTULO IV. OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO MUNICIPAL DE CANARIAS
CAPÍTULO I. MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS
Artículo 62.- Régimen jurídico. Artículo 63.- Procedimiento de constitución de las mancomunidades y de la elaboración y aprobación de sus estatutos. Artículo 64.- Fomento de las mancomunidades municipales.
CAPÍTULO II. ÁREAS METROPOLITANAS
Artículo 65.- Constitución. Artículo 66.- Potestades y competencias de las áreas metropolitanas. Artículo 67.- Obras y servicios. Artículo 68.- Recursos económicos. Artículo 69.- Organización y funcionamiento.
CAPÍTULO III. ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES
Artículo 70.- Funciones. Artículo 71-. Potestades. Artículo 72.- Recursos económicos. Artículo 73.- Principio de instrumentalidad. Artículo 74.- Procedimiento de creación y aprobación de estatutos. Artículo 75.- Gestión de sus fines propios. Artículo 76.- Extinción y liquidación.
CAPÍTULO IV. CONSORCIOS
Artículo 77.- Constitución. Artículo 78.- Convenios de colaboración. Artículo 79.- Responsabilidad patrimonial. Artículo 80.- Medios personales.
CAPÍTULO V. SOCIEDADES MERCANTILES
Artículo 81.- Actividades económicas. Artículo 82.- Retribución de los miembros del consejo.
CAPÍTULO VI. FUNDACIONES PÚBLICAS MUNICIPALES
Artículo 83.- Naturaleza jurídica. Artículo 84.- Creación, modificación y extinción. Artículo 85.- Régimen jurídico. Artículo 86.- Órgano de gobierno y finalidad.
TÍTULO V. FUNCIONAMIENTO DE LOS AYUNTAMIENTOS
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 87.- Convocatorias. Artículo 88.- Órdenes del día. Artículo 89.- Exposición pública de convocatorias. Artículo 90.- Examen de documentación. Artículo 91.- Uso de palabra. Artículo 92.- Explicación del voto. Artículo 93.- Unidad de acto. Artículo 94.- Solicitud de sesiones extraordinarias. Artículo 95.- Actas. Artículo 96.- Diario de sesiones.
CAPÍTULO II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE DETERMINADOS ÓRGANOS
SECCIÓN 1ª. Del pleno municipal
Artículo 97.- Propuestas no decisorias. Artículo 98.- Periodicidad de las sesiones plenarias ordinarias. Artículo 99.- Cuestión de confianza. Artículo 100.- Debates. Artículo 101.- Comparecencias. Artículo 102.- Ruegos y preguntas.
SECCIÓN 2ª. De otros órganos de gobierno municipal
Artículo 103.- Carácter público de las sesiones de la junta de gobierno. Artículo 104.- Reglas generales de funcionamiento de los órganos complementarios.
TÍTULO VI. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 105.- Publicación de disposiciones de carácter general. Artículo 106.- Entrada en vigor de normas reglamentarias. Artículo 107.- Responsabilidad patrimonial. Artículo 108.- Requerimientos de subsanación. Artículo 109.- Acumulación. Artículo 110.- Medidas cautelares. Artículo 111.- Informes. Artículo 112.- Forma de los actos. Artículo 113.- Certificación de acto presunto. Artículo 114.- Registros de entrada y salida de documentos.
CAPÍTULO II. ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
Artículo 115.- Autorización para comunicaciones electrónicas. Artículo 116.- Comunicaciones electrónicas internas. Artículo 117.- Soportes electrónicos de actas y resoluciones. Artículo 118.- Tablón de anuncios electrónico. Artículo 119.- Normalización electrónica de procedimientos.
TÍTULO VII. RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 120.- Legitimación para la impugnación de actos y acuerdos. Artículo 121.- Reclamaciones previas a las vías judiciales civil o laboral. Artículo 122.- Actos recurribles en vía administrativa. Artículo 123.- Sistema de recursos administrativos. Artículo 124.- Actos nulos. Artículo 125.- Actos anulables. Artículo 126.- Conservación en caso de caducidad. Artículo 127.- Conservación por omisión de la audiencia.
TÍTULO VIII. PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN MUNICIPAL
Artículo 128.- Actos de comunicación. Artículo 129.- Aplazamiento del pago. Artículo 130.- Multas coercitivas. Artículo 131.- Contratos menores.
TÍTULO IX. HACIENDAS LOCALES
Artículo 132.- Pago en especie de los tributos locales. Artículo 133.- Bases de ejecución del presupuesto. Artículo 134.- Reparos de fiscalización.
TÍTULO X. FINANCIACIÓN MUNICIPAL
Artículo 135.- Fuentes de financiación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Pedanías y caseríos. D.A. 2ª.- Régimen especial de la isla de La Graciosa. D.A. 3ª.- Asociaciones de municipios. D.A. 4ª.- Regímenes municipales especiales. D.A. 5ª.- Consejo Municipal de Canarias. D.A. 6ª.- Participación de los municipios en los órganos colegiados. D.A. 7ª.- Utilización de medios electrónicos. D.A. 8ª.- Ámbito de la administración electrónica. D.A. 9ª.- Régimen jurídico y procedimiento aplicables al sector público municipal. D.A. 10ª.- Aplicación de normas competenciales. D.A. 11ª.- Régimen jurídico del personal del sector público municipal canario. D.A. 12ª.- Gratuidad de publicaciones en boletines oficiales. D.A. 13ª. Solicitud y emisión de informes para el ejercicio de competencias distintas a las propias o delegadas por parte de los municipios. D.A. 14ª.- Ejecución de sanciones pecuniarias municipales mediante trabajos en beneficio de la comunidad vecinal. D.A. 15ª.- Provisión de los puestos reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Vigencia de las normas sectoriales autonómicas. D.T. 2ª.- Continuidad de los servicios preexistentes. D.T. 3ª.- Utilización de soportes no electrónicos. D.T. 4ª.- Procedimientos en tramitación. D.T. 5ª.- Adaptación de disposiciones generales. D.T. 6ª.- Adaptación de fundaciones públicas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.- Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Títulos competenciales. D.F. 2ª.- Financiación de las competencias municipales. D.F. 3ª.- Autorización para elaborar un texto refundido. D.F. 4ª.- Desarrollo reglamentario. D.F. 5ª.- Entrada en vigor.