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LEY 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019. - Boletín Oficial de Canarias de 31-12-2018

Tiempo de lectura: 40 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 13 de Febrero de 2020

F. entrada en vigor: 01/01/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 252

F. Publicación: 31/12/2018


PREÁMBULO
TÍTULO I. De la aprobación de los presupuestos
Artículo 1. Ámbito de los presupuestos generales de la comunidad autónoma. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo. Artículo 3. De la cuenta de operaciones comerciales del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. Artículo 4. De los presupuestos de los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO II. De las modificaciones de los créditos y gastos plurianuales
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
Artículo 5. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Temporalidad y vinculación de los créditos
Artículo 6. Temporalidad de los créditos. Artículo 7. Vinculación de los créditos. Artículo 8. Vinculación específica de los créditos ampliables. Artículo 9. Otras vinculaciones específicas.
CAPÍTULO III. Modificaciones de crédito
Artículo 10. Régimen general. Artículo 11. Generaciones de crédito. Artículo 12. Incorporaciones de crédito. Artículo 13. Créditos ampliables. Artículo 14. Tramitación de ampliaciones de crédito de otros entes públicos. Artículo 15. Régimen de las transferencias de crédito. Artículo 16. Excepciones. Artículo 17. Créditos extraordinarios y suplementarios para la financiación de obligaciones pendientes de imputar al presupuesto correspondientes a ejercicios pasados. Artículo 18. Créditos extraordinarios y suplementarios para las aportaciones finalistas. Artículo 19. Créditos extraordinarios y suplementarios para el destino del superávit presupuestario. Artículo 20. Anticipos de tesorería.
CAPÍTULO IV. Gastos plurianuales
Artículo 21. Gastos plurianuales.
CAPÍTULO V. Régimen competencial
Artículo 22. Competencias del Gobierno. Artículo 23. Competencias de la persona titular de la Consejería de Hacienda. Artículo 24. Competencias de los titulares de los departamentos. Artículo 25. Competencia para las modificaciones de créditos de entes con presupuesto limitativo.
TÍTULO III. De la gestión presupuestaria
Artículo 26. Gestión de determinados gastos. Artículo 27. Asignación de la gestión de determinados créditos. Artículo 28. Autorización de determinadas transferencias, préstamos y convenios. Artículo 29. De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares. Artículo 30. De los créditos para la financiación de las universidades canarias y autorización de costes de personal. Artículo 31. Otras medidas de gestión universitaria. Artículo 32. Del presupuesto del Parlamento y la gestión de sus créditos.
TÍTULO IV. De los entes con presupuesto estimativo
Artículo 33. Modificaciones presupuestarias.
TÍTULO V. De los gastos y medidas de gestión de personal
CAPÍTULO I. Gastos de personal
Artículo 34. Determinación de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la comunidad autónoma. Artículo 35. Personal laboral del sector público de la comunidad autónoma con presupuesto limitativo. Artículo 36. Retribuciones de los funcionarios de la comunidad autónoma. Artículo 37. Retribuciones de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 38. Retribuciones del personal funcionario, estatutario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. Artículo 39. Retribuciones del personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria. Artículo 40. Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los altos cargos y de otro personal directivo. Artículo 41. Otras retribuciones del personal docente no universitario. Artículo 42. Retribución de las horas lectivas complementarias del personal docente no universitario. Artículo 43. Retribuciones del personal docente no universitario que participe en el desarrollo de las medidas de calidad de la Consejería de Educación y Universidades. Artículo 44. Política retributiva y de gastos de personal de los entes del sector público con presupuesto estimativo. Artículo 45. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal de los entes con presupuesto estimativo. Artículo 46. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 47. Acción social y premios de jubilación y permanencia. Artículo 48. Autorización de acuerdos y convenios en materia de personal y limitación del gasto del personal.
CAPÍTULO II. Medidas de gestión de personal
Artículo 49. Planificación de recursos humanos. Artículo 50. Plantilla presupuestaria. Artículo 51. Gestión de gastos de personal y ejecución de créditos presupuestarios. Artículo 52. Cobertura presupuestaria. Artículo 53. Oferta de empleo público. Artículo 54. Plan de estabilización de empleo temporal. Artículo 55. Contratación de personal temporal. Artículo 56. Contratación de personal con cargo a créditos de inversiones. Artículo 57. Nombramiento de personal interino. Artículo 58. Compensación de horas o servicios extraordinarios. Artículo 59. Gestión y contratación de personal en los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO VI. De las operaciones financieras
CAPÍTULO I. Operaciones de endeudamiento
Artículo 60. Operaciones de endeudamiento. Artículo 61. Programa de endeudamiento. Artículo 62. Operaciones de endeudamiento de otros entes con presupuesto limitativo incluidos en el artículo 1 de esta ley. Artículo 63. Operaciones de endeudamiento de entes con presupuesto estimativo. Artículo 64. Operaciones de endeudamiento de los restantes entes. Artículo 65. Remisión de información a la Consejería de Hacienda.
CAPÍTULO II. Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículo 66. Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 67. Avales de los demás entes del sector público autonómico.
TÍTULO VII. De las normas tributarias
Artículo 68. Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
TÍTULO VIII. De la estabilidad presupuestaria
CAPÍTULO I. Equilibrio financiero
Artículo 69. Suministro de información. Artículo 70. Corrección de situaciones de desequilibrio presupuestario. Artículo 71. Planes de viabilidad y saneamiento de los entes con presupuesto estimativo y entes carentes de personalidad jurídica. Artículo 72. Planes de ajuste de las universidades públicas canarias. Artículo 73. Obligaciones relacionadas con contratos administrativos, derivadas de los criterios exigidos en contabilidad nacional. Artículo 74. Operaciones de activo y pasivo distintas de la deuda pública.
CAPÍTULO II. Disponibilidad de crédito
Artículo 75. Retención de créditos afectos a ingresos. Artículo 76. Retención de créditos financiados con remanente de tesorería afectado. Artículo 77. Retención de créditos para garantizar la estabilidad presupuestaria. Artículo 78. Retenciones en el sistema de financiación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
I
D.A. 1ª. Dación de cuentas. D.A. 2ª. Ingresos del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. D.A. 3ª. Préstamos y anticipos financiados con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 4ª. Crédito ampliable del Instituto Canario de la Vivienda. D.A. 5ª. Gestión económica de determinados centros. D.A. 6ª. Aportaciones dinerarias de la comunidad autónoma. D.A. 7ª. Exoneración de garantías en abonos anticipados.
II
D.A. 8ª. Suspensión de pactos y acuerdos sindicales y de artículos de convenios colectivos. D.A. 9ª. Ropa de trabajo. D.A. 10ª. Requisitos del cambio excepcional de categoría profesional regulado en el artículo 31 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 11ª. Anticipos reintegrables al personal. D.A. 12ª. Derechos de los empleados públicos que desempeñen un alto cargo en la Administración, otras instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y sociedades mercantiles públicas autonómicas. D.A. 13ª. Indemnizaciones por razón del servicio de los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria. D.A. 14ª. Permisos del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. D.A. 15ª. Complemento personal y de productividad variable por incentivos y factor variable del personal adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. D.A. 16ª. Jornada de trabajo en el sector público autonómico. D.A. 17ª. Horario de trabajo, funcionamiento de los centros y distribución de la jornada ordinaria de trabajo en el ámbito de la Atención Primaria en el Servicio Canario de la Salud. D.A. 18ª. Exención voluntaria de guardias y de atención continuada, modalidad B, del personal facultativo y enfermero del Servicio Canario de la Salud. D.A. 19ª. Control del gasto de sustituciones del personal funcionario, estatutario y laboral. D.A. 20ª. Prestación económica en la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 21ª. Especialidades en las indemnizaciones por razón del servicio de los titulares de los órganos superiores de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 22ª. Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales, fiscales, institutos de medicina legal y unidades administrativas de la organización de la Administración de Justicia en Canarias. D.A. 23ª. De la prórroga de los complementos del personal docente e investigador de las universidades públicas de Canarias. D.A. 24ª. Contratación de personal temporal por las entidades que tengan atribuida la condición de medio propio y servicio técnico de las universidades. D.A. 25ª. Coste de reposición de los agentes de la policía local. D.A. 26ª. Suspensión de la compensación financiera a los ayuntamientos prevista en el apartado 4 de la disposición transitoria de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias, y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.
III
D.A. 27ª. Distribución de los fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. D.A. 28ª. Normas de fomento del empleo en la contratación del sector público autonómico. D.A. 29ª. Concesión de premios. D.A. 30ª. Módulo sanitario de los centros sociosanitarios. D.A. 31ª. Oficinas de farmacia. D.A. 32ª. Racionalización del gasto público respecto a la prescripción y utilización de medicamentos. D.A. 33ª. Importe de la cuantía mensual y del complemento mensual variable de la ayuda económica básica para el año 2019. D.A. 34ª. Garantía de la prestación canaria de inserción y de las prestaciones económicas derivadas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia. D.A. 35ª. Procedimiento para el reintegro de las prestaciones económicas de carácter social. D.A. 36ª. Fondo Canario de Financiación Municipal. D.A. 37ª. Modificación de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, y aplicación del incremento del fondo durante 2019. D.A. 38ª. Medidas relativas a créditos destinados a financiación específica a las corporaciones locales canarias. D.A. 39ª. Financiación específica.
IV
D.A. 40ª. Sector público autonómico con presupuesto limitativo o estimativo. D.A. 41ª. Sociedades mercantiles públicas. D.A. 42ª. Sociedades Anónimas de Estibadores Portuarios (Sagep). D.A. 43ª. Fondos carentes de personalidad jurídica e instrumentos financieros. D.A. 44ª. Regularización de las compensaciones de derechos. D.A. 45ª. Autorización de la concesión de aportaciones dinerarias destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros en las islas Canarias. D.A. 46ª. Servicios de asistencia jurídica gratuita inmediata en las islas de La Gomera y El Hierro. D.A. 47ª. Porcentaje de ingresos de Radiotelevisión Canaria destinados a la financiación anticipada de obra audiovisual. D.A. 48ª. Contratos reservados. D.A. 49ª. Plazo de tramitación de procedimiento de reintegros y régimen jurídico de sanciones e infracciones, para subvenciones otorgadas con cargo a fondos Feaga (Fondo Europeo Agrícola de Garantía). D.A. 50ª. Actuaciones en materia de políticas activas de empleo. D.A. 51ª. Función inspectora y de sanción de servicios y actividades. D.A. 52ª. Viviendas de titularidad pública. D.A. 53ª. Duración de los convenios. D.A. 54ª. Lucha contra la drogodependencia. D.A. 55ª. Publicación de los gastos públicos vinculados a la ejecución del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 56ª. Ayudas al sector agrario, ganadero y pesquero. D.A. 57ª. Ahorros en consumo de energía eléctrica. D.A. 58ª. Ayudas para gastos de Educación Infantil de 0 a 3 años. D.A. 59ª. Programa de inversiones en saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales. D.A. 60ª. Compensación a las corporaciones locales por la incidencia recaudatoria. D.A. 61ª. Modificación del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias derivado de una variación del gasto computable hasta el equilibrio estructural. D.A. 62ª. Compensaciones económicas por el servicio de justicia gratuita. D.A. 63ª. Permanencia en la situación de servicios especiales. D.A. 64ª. Delegación legislativa para refundición de normas tributarias. D.A. 65ª. Negociación con la representación de los trabajadores de las entidades del sector público con presupuesto estimativo para la recuperación de las retribuciones. D.A. 66ª. Vigilancia de los precios del suministro de combustibles en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma. D.A. 67ª. Modificación del Decreto 74/2010, de 1 de julio, en lo relativo al personal docente. D.A. 68ª. Carrera profesional del personal del Servicio Canario de la Salud. D.A. 69ª. Ofertas de empleo público de personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. D.A. 70ª. Incorporación de remanentes de créditos consignados para financiar el Convenio de Vivienda. D.A. 71ª. Incorporación de remanentes de créditos consignados para financiar programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7% del IRPF y programas para luchar contra la pobreza. D.A. 72ª. Unidad de hemodinámica en el Hospital de Fuerteventura. D.A. 73ª. Concertación de préstamos cualificados para construcción de viviendas públicas por parte de Visocan, SA. D.A. 74ª. Cuantía para 2019 del complemento singular de devengo variable del Cuerpo General de la Policía Canaria. D.A. 75ª. Material ortoprotésico. D.A. 76ª. Promoción interna del personal funcionario de carrera. D.A. 77ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Indemnización por residencia. D.T. 2ª. Declaración de servicio de interés económico general de la difusión de la televisión digital terrestre. D.T. 3ª. Listas de interinidades y sustituciones del personal docente no universitario durante 2019. D.T. 4ª. Régimen aplicable en los supuestos de inexistencia o agotamiento de listas de empleo para la selección temporal de personal estatutario. D.T. 5ª. Adaptación de los plenos de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Canarias. D.T. 6ª. Ayuda económica transitoria para pensionistas emigrantes canario-venezolanos retornados a Canarias. D.T. 7ª. Procedimientos en tramitación en materia de juego. D.T. 8ª. Plazo de comunicación a la Agencia Tributaria Canaria de la inclusión en el régimen simplificado y en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. D.T. 9ª. Integración en las listas de empleo de los participantes en procesos selectivos de personal docente desarrollados en 2018. D.T. 10ª. Régimen sobre presuntas deudas por IGIC de las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores (Sagep). D.T. 11ª. Inclusión de condiciones especiales de ejecución de los contratos de carácter social durante 2019, relativas a las condiciones laborales mínimas de las empresas contratistas en la contratación administrativa del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Complemento retributivo del personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en caso de incapacidad temporal.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 7/2017, de 27 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 11/2006, de la Hacienda Pública Canaria. D.F. 6ª. Modificación del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio. D.F. 7ª. Modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. D.F. 8ª. Modificación del Texto refundido de las disposiciones legales dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril. D.F. 9ª. Modificación de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. D.F. 10ª. Modificación de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias. D.F. 11ª. Modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de vivienda de Canarias. D.F. 12ª. Modificación de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del impuesto sobre las labores del tabaco y otras medidas tributarias. D.F. 13ª. Modificación de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de Ordenación Farmacéutica de Canarias, en los siguientes términos: D.F. 14ª. Modificación de la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias. D.F. 15ª. Modificación de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias. D.F. 16ª. Modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. D.F. 17ª. Modificación de la Ley 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud. D.F. 18ª. Modificación de la Ley 8/2014, de 28 de octubre, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales. D.F. 19ª. Modificación de la Ley 18/2003, de 11 de abril, de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Canarias. D.F. 20ª. Modificación de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de Juegos y Apuestas de Canarias. D.F. 21ª. Desarrollo de la ley. D.F. 22ª. Entrada en vigor. ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3