Legislación
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LEY 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 26-07-2001

Tiempo de lectura: 18 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2024

F. entrada en vigor: 26/10/2001

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 85

F. Publicación: 26/07/2001


EXPOSICION DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I. Dominio público viario
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Dominio público viario. Artículo 3. Red de Carreteras de Andalucía. Artículo 4. Redes de especial interés.
CAPÍTULO II. Titularidad y competencias
Artículo 5. Titularidad del dominio público viario. Artículo 6. Competencias. Artículo 7. Comisión de Carreteras de Andalucía.
CAPÍTULO III. Elementos del dominio público viario y elementos de servicio
Artículo 8. Carreteras. Artículo 9. Tramos urbanos, travesías, redes arteriales y vías urbanas. Artículo 10. Vías de servicio. Artículo 11. Zonas funcionales de las carreteras. Artículo 12. Zona de dominio público adyacente. Artículo 13. Áreas de servicio de las carreteras. Artículo 14. Zonas de servicio.
CAPÍTULO IV. Clasificaciones de las carreteras y de las actuaciones en las carreteras
Artículo 15. Clasificación de las carreteras. Artículo 16. Actuaciones en las carreteras.
CAPÍTULO V. Catálogo de Carreteras de Andalucía
Artículo 17. Concepto y régimen jurídico. Artículo 18. Adquisición de la condición de carretera Artículo 19. Pérdida de la condición de carretera.
TITULO II. REGIMEN DEL DOMINIO PÚBLICO VIARIO
CAPÍTULO I. Planificación
Artículo 20. Planificación viaria. Artículo 21. Plan General de Carreteras de Andalucía Artículo 22. Contenido del Plan General de Carreteras de Andalucía. Artículo 23. Planes sectoriales y planes territoriales de carreteras. Artículo 24. Planes provinciales de carreteras.
CAPÍTULO II. Proyección del dominio público viario
Artículo 25. Estudios de carreteras. Artículo 26. Estudio de planeamiento. Artículo 27. Estudio informativo. Artículo 28. Anteproyecto. Artículo 29. Proyecto de construcción. Artículo 30. Proyecto de trazado. Artículo 31. Proyecto de restauración paisajística. Artículo 32. Redacción e inspección de los estudios de carreteras. Artículo 33. Información pública y de las Administraciones Públicas territoriales. Artículo 34. Planeamiento urbanístico. Artículo 35. Informe de los instrumentos de planeamiento urbanístico. Artículo 36. Prevención ambiental. Artículo 37. Integración ambiental. Artículo 38. Aprobación de los estudios de carretera
CAPÍTULO III. Construcción
Artículo 39. Obras de interés general. Artículo 40. Ejecución de las obras. Artículo 41. Dirección e inspección de las obras de carreteras.
CAPÍTULO IV. Financiación
Artículo 42. Financiación de las actuaciones. Artículo 43. Fondos de Carreteras. Artículo 44. Colaboración de otras Administraciones Públicas. Artículo 45. Colaboración de los particulares. Artículo 46. Contribuciones especiales.
CAPÍTULO V. Conservación y seguridad vial
Artículo 47. Conservación del dominio público viario Artículo 48. Seguridad vial. Artículo 49. Comisión de Seguridad Vial de Andalucía
CAPÍTULO VI. Explotación
Artículo 50. Concepto y contenido. Artículo 51. Gestión de la explotación. Artículo 52. Sistema de información de carreteras de Andalucía.
TÍTULO III. PROTECCION Y USO DEL DOMINIO PUBLICOVIARIO
CAPÍTULO I. Limitaciones de la propiedad para la protección de las carreteras
Artículo 53. Zonas de protección de las carreteras. Artículo 54. Zona de servidumbre legal. Artículo 55. Zona de afección. Artículo 56. Zona de no edificación. Artículo 57. Accesos a las carreteras. Artículo 58. Publicidad y carteles. Artículo 59. De la protección de otros caminos y vías.
CAPITULO II. Uso de las carreteras y de las zonas de protección
Artículo 60. Limitaciones a la circulación. Artículo 61. Control de la demanda de tráfico. Artículo 62. Autorizaciones. Artículo 63. Uso de la zona de dominio público adyacente Artículo 64. Uso de las restantes zonas de protección Artículo 65. Utilización de las carreteras en tramos urbanos. Artículo 66. Actuaciones concurrentes.
TÍTULO IV. DEFENSA DEL DOMINIO PUBLICOVIARIO
CAPÍTULO I. Intervención de la Administración
Artículo 67. Medidas a adoptar por la Administración. Artículo 68. Suspensión de actuaciones y usos no autorizados. Artículo 69. Legalización, demolición de actuaciones no autorizadas y ejecución subsidiaria.
CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones
Artículo 70. Infracciones: Concepto y clasificación. Artículo 71. Infracciones leves. Artículo 72. Infracciones graves. Artículo 73. Infracciones muy graves. Artículo 74. Concurrencia de infracción penal. Artículo 75. Responsabilidad administrativa. Artículo 76. Atribuciones orgánicas y prueba preconstituida. Artículo 77. Prescripción de las infracciones. Artículo 78. Sanciones. Artículo 79. Prescripción de las sanciones. Artículo 80. Competencia. Artículo 81. Procedimiento. Artículo 82. Multas coercitivas. Artículo 83. Obligaciones de restitución, reparación e indemnización. Artículo 84. Utilización de la vía de apremio.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Transferencia de bienes y servicios. D.A. 2ª. Actualización de las cuantías de las sanciones. D.A. 3ª. Definiciones contenidas en el glosario de términos. D.A. 4ª. Ampliación de la zona de dominio público adyacente en la red viaria existente. D.A. 5ª. Valoración de construcciones ya existentes en la zona de afección a efectos de expropiación forzosa.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. De los procedimientos en trámite. D.T. 2ª. Del ejercicio de las competencias. D.T. 3ª. De la publicidad y de los carteles. D.T. 4ª. Del derecho de ocupación de los elementos funcionales. D.T. 5ª. De la competencia sancionadora. D.T. 6ª. Comisión de Seguridad Vial.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificaciones puntuales de los anexos primero y segundo de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental. D.F. 2ª. Facultades de desarrollo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO. Glosario de términos