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LEY 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana. [2003/3636] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 27-03-2003

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: DEROGADO. Desde 21 de Mayo de 2015 por DECRETO LEGISLATIVO 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

F. entrada en vigor: 27/04/2003

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 4218

F. Publicación: 27/03/2003


Derogada Completa
PREÁMBULO
TÍTULO I. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA COOPERATIVA.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Ámbito de aplicación. Artículo 2. Concepto legal de cooperativa. Artículo 3. Principios cooperativos. Artículo 4. Responsabilidad. Artículo 5. Denominación. Artículo 6. Domicilio social. Artículo 6 bis. Sede electrónica de la cooperativa Artículo 7. Constancia de datos identificativos y registrales. Artículo 8. Secciones de una cooperativa.
CAPÍTULO II. CONSTITUCIÓN.
Artículo 9. Requisitos de constitución. Artículo 10. Escritura de constitución y estatutos sociales. Artículo 11. La cooperativa en período de constitución. Artículo 12. Inscripción.
CAPÍTULO III. REGISTRO DE COOPERATIVAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
Artículo 13. Características, organización, competencias y tasas. Artículo 14. Funciones del registro. Artículo 15. Eficacia. Artículo 16. Calificación. Artículo 17. Libros del registro y asientos registrales. Artículo 18. Actos inscribibles.
CAPÍTULO IV. LOS SOCIOS.
Artículo 19. Personas que pueden ser socios. Artículo 20. Derecho a la admisión como socio. Artículo 21. Socios de trabajo. Artículo 22. Baja del socio. Artículo 23. Normas de disciplina social. Artículo 24. Responsabilidad y obligaciones del socio que ha causado baja. Artículo 25. Derechos del socio. Artículo 26. Derecho de información. Artículo 27. Deberes del socio. Artículo 28. Asociados. Artículo 28 bis. Comunicación por medios electrónicos
CAPÍTULO V. ÓRGANOS SOCIALES.
Artículo 29. Órganos necesarios.
SECCIÓN I. ASAMBLEA GENERAL.
Artículo 30. Concepto. Artículo 31. Competencias de la asamblea general. Artículo 32. Clases de asambleas generales. Artículo 33. Iniciativa para la convocatoria de asamblea general. Artículo 34. Forma de convocatoria de la asamblea. Artículo 34 bis. Celebración de reuniones de la asamblea general y otros órganos sociales por medios telemáticos. Artículo 35. Constitución de la asamblea. Artículo 36. Adopción de acuerdos. Artículo 37. Ejercicio del derecho de voto. Artículo 38. Acta de la asamblea. Artículo 39. Asambleas generales mediante delegados. Artículo 40. Impugnación de acuerdos sociales.
SECCIÓN II. EL CONSEJO RECTOR.
Artículo 41. Naturaleza y competencia del consejo rector. Artículo 42. Composición del consejo rector. Artículo 43. El presidente y el secretario. Artículo 44. Capacidad para ser miembro del consejo rector. Artículo 45. Cese en el cargo. Artículo 46. Funcionamiento del consejo rector. Artículo 47. Responsabilidad de los miembros del consejo rector. Artículo 48. Delegación de facultades y designación de director. Artículo 49. Conflicto de intereses.
SECCIÓN III. AUDITORÍA DE CUENTAS.
Artículo 50. Auditoría de las cuentas anuales.
SECCIÓN IV. EL LETRADO ASESOR.
Artículo 51. El letrado asesor.
SECCIÓN V. LA COMISIÓN DE RECURSOS, EL COMITÉ SOCIAL Y LA COMISIÓN DE CONTROL DE LA GESTIÓN.
Artículo 52. Comisión de recursos. Artículo 53. El comité social. Naturaleza y funciones. Artículo 54. Comisión de control de la gestión.
CAPÍTULO VI. RÉGIMEN ECONÓMICO.
Artículo 55. Capital social. Artículo 56. Aportaciones obligatorias al capital social. Artículo 57. Aportaciones voluntarias al capital social. Artículo 58. Remuneración de las aportaciones. Artículo 59. Actualización del capital y regularización de balances. Artículo 60. Transmisión de las aportaciones y de la condición de socio o asociado. Artículo 61. Reembolso de las aportaciones. Artículo 62. Otros medios de financiación. Artículo 63. Documentación y contabilidad de la cooperativa. Artículo 64. Actividad cooperativizada y aportaciones del socio a la gestión cooperativa. Artículo 65. Operaciones con terceros no socios. Artículo 66. Ejercicio económico. Artículo 67. Determinación de los resultados del ejercicio. Artículo 68. Distribución de excedentes y beneficios. Artículo 69. Imputación de pérdidas. Artículo 70. Reserva obligatoria. Artículo 71. Reserva voluntaria. Artículo 72. Fondo de formación y promoción cooperativa.
CAPÍTULO VII. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES, DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.
Artículo 73. Modificación de los estatutos sociales. Artículo 74. Modificación del capital social mínimo. Artículo 75. Fusión. Artículo 76. Fusión especial. Artículo 77. Escisión. Artículo 78. Cesión global del activo y del pasivo. Artículo 79. Transformación. Artículo 80. Transformación en cooperativas. Artículo 81. Disolución. Artículo 82. Liquidación. Artículo 83. Extinción. Artículo 84. Situaciones concursales.
CAPÍTULO VIII. CLASES DE COOPERATIVAS.
Artículo 85. Disposiciones generales. Artículo 86. Criterios de clasificación. Artículo 87. Cooperativas agroalimentarias. Artículo 88. Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra y otras cooperativas de explotación en común. Artículo 89. Cooperativas de trabajo asociado. Artículo 90. Cooperativas de consumidores y usuarios. Artículo 91. Cooperativas de viviendas y cooperativas de despachos y locales. Artículo 92. Cooperativas de crédito. Artículo 93. Cooperativas de seguros. Artículo 94. Cooperativas sanitarias. Artículo 95. Cooperativas de servicios empresariales y profesionales. Artículo 96. Cooperativas de enseñanza. Artículo 97. Cooperativas de transportes. Artículo 98. Cooperativas de integración social. Artículo 99. Cooperativas de servicios públicos.
TÍTULO II. DE LA COOPERACIÓN ENTRE COOPERATIVAS.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 100. Principios generales. Artículo 101. Cooperativa de segundo grado. Artículo 102. Consorcios y otras uniones. Artículo 103. Grupos cooperativos.
CAPÍTULO II. FEDERACIONES DE COOPERATIVAS
Artículo 104. Disposiciones generales Artículo 105. Constitución y régimen jurídico Artículo 106. Objeto y funcionamiento
CAPÍTULO III. LA CONFEDERACIÓN DE COOPERATIVAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
Artículo 107. La Confederación de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.
TÍTULO III. FOMENTO DEL COOPERATIVISMO.
Artículo 108. Principio general. Artículo 109. Participación de las organizaciones representativas. Artículo 109 bis. Del plan de apoyo y fomento del cooperativismo Artículo 110. Formación cooperativa. Artículo 111. Fomento del cooperativismo. Artículo 112. Fomento de las relaciones intercooperativas. Artículo 113. Medidas especiales de fomento. Artículo 113 bis. Del fomento del cooperativismo en el ámbito de los expedientes de despido colectivo y procesos concursales. Artículo 114. Cooperativas no lucrativas. Artículo 115. Declaración de utilidad pública.
TÍTULO IV. LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y EL COOPERATIVISMO.
Artículo 116. Competencia administrativa. Artículo 117. Inspección y tipificación de las infracciones. Artículo 118. Sanciones. Artículo 119. Prescripción, caducidad y duración del procedimiento. Artículo 120. Competencia sancionadora. Artículo 121. Descalificación. Artículo 122. Consejo Valenciano del Cooperativismo. Artículo 123. Conciliación, arbitraje y mediación cooperativos
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Obligaciones estadísticas. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Legalización de libros y depósito de cuentas anuales. DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Aprobación de cuentas conforme a las nuevas normas. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Adaptación de estatutos. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Operaciones con terceros no socios de las cooperativas de viviendas y las de despachos y locales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL.