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LEY 9/2006, de 5 de diciembre de 2006, reguladora de Campos de Golf en la Comunitat Valenciana. [2006/14296] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 07-12-2006

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: DEROGADO. Desde 20 de Agosto de 2014 por LEY 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenacion del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.

F. entrada en vigor: 08/12/2006

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 5403

F. Publicación: 07/12/2006

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley. Artículo 2. Concepto de campo de golf. Artículo 3. Terrenos asociados a acciones ambientales o paisajísticas vinculados al campo de golf. Artículo 4. Usos complementarios, compatibles e incompatibles. Artículo 5. Cesión de suelo protegido vinculado a los usos complementarios y compatibles. Artículo 6. Modalidades de explotación de los campos de golf.
TÍTULO I. Condiciones de implantación
CAPÍTULO I. Régimen Urbanístico
Artículo 7. Implantación de los campos de golf. Artículo 8. Evaluación de impacto ambiental. Artículo 9. Uso dotacional. Artículo 10. Infraestructuras y servicios. Artículo 11. Ejecución del suelo en campos de golf de titularidad pública. Artículo 12. Ejecución de campos de golf de titularidad privada. Artículo 13. Condiciones de las edificaciones.
CAPÍTULO II. Criterios de Integración Territorial
Artículo 14. Justificación de la aptitud de los terrenos. Artículo 15. Capacidad de acogida. Artículo 16. Vulnerabilidad ambiental. Artículo 17. Integración paisajística. Artículo 18. Disponibilidad de recursos hídricos. Artículo 19. Corredores verdes.
CAPÍTULO III. Condiciones de diseño
Artículo 20. Diseño del campo. Artículo 21. Distribución y trazado. Artículo 22. Adaptación al terreno. Artículo 23. Hidrología. Artículo 24. Criterios de integración de elementos existentes. Artículo 25. Conservación y protección de la fauna. Artículo 26. Selección y conservación de especies vegetales. Artículo 27. Sensibilización ambiental. Artículo 28. Técnicas de riego. Artículo 29. Suministro, evacuación y depuración. Artículo 30. Cerramientos. Artículo 31. Diseño y trazado de caminos interiores. Artículo 32. Materiales. Artículo 33. Accesibilidad.
TÍTULO II. Condiciones medioambientales de explotación
Artículo 34. Sistemas de gestión ambiental. Artículo 35. Gestión de recursos hídricos. Artículo 36. Gestión de los vertidos y residuos. Artículo 37. Eficiencia energética. Artículo 38. Almacenamiento de combustibles. Artículo 39. Utilización de fertilizantes y productos fitosanitarios. Artículo 40. Utilización de maquinaria y equipamiento para el mantenimiento de los campos de golf. Artículo 41. Información. Artículo 42. Formación.
TÍTULO III. Procedimiento para la implantación de campos de golf
Artículo 43. Tramitación. Artículo 44. Documentación.
TÍTULO IV. Régimen sancionador
Artículo 45. Régimen sancionador. Artículo 46. Auditorías. Artículo 47. Inejecución del campo de golf.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de los planes a la presente ley. D.T. 2ª. Régimen transitorio de los instrumentos de planeamiento de carácter espacial. D.T. 3ª. Régimen transitorio de los programas para el desarrollo de actuaciones integradas. D.T. 4ª. Régimen transitorio de las declaraciones de interés comunitario. D.T. 5ª. Reforma o ampliación de campos de golf existentes a la entrada en vigor de la presente ley. D.T. 6ª. Evaluación ambiental estratégica.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo y aplicación de la presente ley. D.F. 2ª. Entrada en vigor.