Legislación
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Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de Galicia para el año 2010. - Diario Oficial de Galicia de 30-12-2009

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Junio de 2010

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 253

F. Publicación: 30/12/2009


Exposición de motivos
Título I. Aprobación de los presupuestos y régimen de las modificaciones de crédito
Capítulo I. Aprobación de los créditos iniciales y de su financiación
Artículo 1º.-Aprobación y ámbito de los presupuestos generales. Artículo 2º.-Presupuestos de la Administración general, de los organismos autónomos y de las agencias públicas autonómicas. Artículo 3º.-Presupuesto de las sociedades públicas Artículo 4º.-Presupuestos de fundaciones y consorcios.
Capítulo II. De las modificaciones presupuestarias
Artículo 5º.-Régimen general de las modificaciones presupuestarias. Artículo 6º.-Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias. Artículo 7º.-Vinculación de créditos. Artículo 8º.-Créditos ampliables. Artículo 9º.-Transferencias de crédito. Artículo 10º.-Adecuación de créditos. Artículo 11º.-Transferencia de remanentes líquidos de tesorería. Artículo 12º.-Consejo de Cuentas.
Título II. Gastos de Personal
Capítulo I. Retribuciones del personal
Artículo 13º.-Bases de la actividad económica en materia de gastos de personal. Artículo 14º.-Criterios retributivos aplicables al personal al servicio de la Comunidad Autónoma no sometido a legislación laboral. Artículo 15º.-Criterios retributivos en materia de personal laboral. Artículo 16º.-Retribuciones de los altos cargos y otro personal directivo. Artículo 17º.-Complemento personal. Artículo 18º.-Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia. Artículo 19º.-Retribuciones de las personas titulares de las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior. Artículo 20º.-Retribuciones del personal funcionario de la Comunidad Autónoma incluido en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, en los términos de la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto básico del empleado público. Artículo 21º.-Retribuciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Capítulo II. Otras disposiciones en materia de régimen del personal activo
Artículo 22º.-Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 23º.-Relaciones de puestos de trabajo. Artículo 24º.-Otras normas comunes. Artículo 25º.-Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario. Artículo 26º.-Personal de alta dirección de los organismos autónomos, agencias públicas autonómicas, consorcios del sector público y sociedades y fundaciones públicas de la comunidad autónoma. Artículo 27º.-Contratación de personal laboral de carácter temporal para la realización de obras o servicios previstos en el anexo de inversiones. Artículo 28º.-Nombramiento de profesorado interino a tiempo parcial en centros docentes no universitarios. Artículo 29º.-Profesores y profesoras de cuerpos docentes. Artículo 30º.-Oferta de empleo público en la Administración general y en sus organismos autónomos y convocatoria de plazas en la Administración institucional para el año 2010. Artículo 31º.-Contratación de personal laboral temporal y nombramiento de personal funcionario interino en el ámbito de la comunidad autónoma, sus organismos autónomos y agencias públicas autonómicas. Artículo 32º.-Contratación de personal temporal en el ámbito de la Administración institucional. Artículo 33º.-Contratación de otro personal.
Título III. Operaciones de endeudamiento y garantía
Capítulo I. Operaciones de crédito
Artículo 34º.-Operaciones de endeudamiento por plazo superior a un año. Artículo 35º.-Deuda de la tesorería. Artículo 36º.-Otras operaciones financieras. Artículo 37º.-Endeudamiento de los organismos autónomos, de las sociedades públicas y demás entidades que están clasificadas como administración pública.
Capítulo II. Afianzamiento por aval
Artículo 38º.-Avales.
Título IV. Gestión presupuestaria
Capítulo único. De los procedimientos de gestión presupuestaria
Artículo 39º.-Intervención limitada. Artículo 40º.-Fiscalización de las operaciones de endeudamiento de la comunidad autónoma. Artículo 41º.-Fiscalización de nombramientos o de contratos para sustitución de personal. Artículo 42º.-Identificación de los proyectos de inversión. Artículo 43º.-Autorización del Consejo de la Xunta para la tramitación de determinados expedientes de gastos. Artículo 44º.-Revisiones de precios contenidos en conciertos o convenios. Artículo 45º.-Transferencias de financiación. Artículo 46º.-Subvenciones nominativas Artículo 47º.-Concesión directa de ayudas y subvenciones. Artículo 48º.-Obligaciones de los/as beneficiarios/as de las ayudas y subvenciones. Artículo 49º.-Pago de ayudas y subvenciones. Artículo 50º.-Convocatorias de ayudas y subvenciones. Artículo 51º.-Expedientes de dotación artística. Artículo 52º.-Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.
Título V. Corporaciones locales
Capítulo único. Financiación y cooperación económica con las corporaciones locales
Artículo 53º.-Créditos asignados a las corporaciones locales. Artículo 54º.-Participación de las corporaciones locales en los tributos del Estado. Artículo 55º.-Fondo de Cooperación Local. Artículo 56º.-Fondo extraordinario de apoyo a los ayuntamientos. Artículo 57º.-Transferencias derivadas de convenios o subvenciones.
Título VI. Normas tributarias
Capítulo I. Tributos propios
Artículo 58º.-Tasas. Artículo 59º.-Canon de saneamiento.
Capítulo II. Tributos cedidos
Artículo 60º.-Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Artículo 61º.-Tasa sobre juegos de suerte, envite o azar.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Información al Parlamento. D.A. 2ª.- Sociedades públicas. D.A. 3ª.- Autorización de presupuestos en sociedades de nueva creación. D.A. 4ª.- Presupuesto inicial de las agencias públicas autonómicas y requisitos de creación. D.A. 5ª.- Propuestas normativas y otras actuaciones. D.A. 6ª.- Modificación de las plantillas de personal del Servicio Gallego de Salud. D.A. 7ª.- Prestaciones familiares por cuidado de hijos menores. D.A. 8ª.- Enajenación de suelo empresarial por el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo. D.A. 9ª.- Modificaciones de proyectos de inversión con cargo al Fondo de Compensación Interterritorial. D.A. 10ª.- Prestaciones extraordinarias para beneficiarios de pensiones y subsidios no contributivos. D.A. 11ª.-
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.- Puertos de Galicia. Reducción de la cuantía de la tarifa X-5.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Modificación de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas de la Comunidad Autónoma de Galicia. D.F. 2ª.- Desarrollo de la ley. D.F. 3ª.- Vigencia. ANEXO 1. Distribución de tasas y precios ANEXO 2 ANEXO 3 ANEXO 4 ANEXO 5 ANEXO 6 ANEXO 7 ANEXO 8 RESUMEN GENERAL POR SERVICIOS Y CAPÍTULOS