Legislación
Legislación

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. - Boletín Oficial de Cantabria de 01-08-2006

Tiempo de lectura: 18 min

Tiempo de lectura: 18 min

Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 01/01/2007

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 147

F. Publicación: 01/08/2006


PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Concepto de subvención. Artículo 3. Ámbito de aplicación subjetivo. Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley. Artículo 5. Régimen jurídico de las subvenciones. Artículo 6. Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea.
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas
Artículo 7. Principios generales. Artículo 8. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones. Artículo 9. Órganos competentes para la concesión de subvenciones. Artículo 10. Beneficiarios. Artículo 11. Entidades colaboradoras. Artículo 12. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora. Artículo 13. Obligaciones de las personas beneficiarias. Artículo 14. Obligaciones de las entidades colaboradoras. Artículo 15. Convenio de colaboración. Artículo 16. Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones. Artículo 17. Publicidad de las subvenciones concedidas. Artículo 18. Financiación de las actividades subvencionadas. Artículo 19. Información sobre la gestión de subvenciones otorgadas por sujetos pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 20. Información sobre la gestión de subvenciones otorgadas por las entidades locales que integran la Administración local de Cantabria. Artículo 21. Régimen de garantías.
TÍTULO I. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN Y GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. Del procedimiento de concesión
Artículo 22. Procedimientos de concesión.
SECCIÓN 1.ª Del procedimiento de concesión en Régimen de Concurrencia Competitiva
Artículo 23. Iniciación. Artículo 24. Instrucción. Artículo 25. Resolución. Artículo 26. Notificación de la resolución. Artículo 27. Reformulación de las solicitudes. Artículo 28. Procedimiento abreviado.
SECCIÓN 2.ª Del procedimiento de concesión directa
Artículo 29. Concesión directa.
CAPÍTULO II Del procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública
Artículo 30. Subcontratación de las actividades subvencionadas por las personas beneficiarias. Artículo 31. Justificación de las subvenciones públicas. Artículo 32. Gastos subvencionables. Artículo 33. Comprobación de subvenciones. Artículo 34. Comprobación de valores.
CAPÍTULO III. Del procedimiento de gestión presupuestaria
Artículo 35. Procedimiento de aprobación del gasto y del pago. Artículo 36. Retención de pagos.
TÍTULO II. DE LA INVALIDEZ, DE LA REVOCACIÓN Y DEL REINTEGRO DE SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. De la invalidez, de la revocación y del reintegro
Artículo 37. Invalidez de la resolución de concesión. Artículo 38. Causas de revocación y reintegro. Artículo 39. Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia. Artículo 40. Prescripción. Artículo 41. Obligados al reintegro. Artículo 42. Responsables de la obligación de reintegro. Artículo 43. Sucesores.
CAPÍTULO II. Del procedimiento de revocación y reintegro
Artículo 44. Competencia para la resolución del procedimiento de revocación y reintegro. Artículo 45. Procedimiento de revocación y reintegro. Artículo 46. Coordinación de actuaciones.
TÍTULO III. DEL CONTROL FINANCIERO DE SUBVENCIONES
Artículo 47. Objeto y competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones. Artículo 48. Control financiero de ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a fondos comunitarios. Artículo 49. Obligación de colaboración de beneficiarios, entidades colaboradoras y terceros relacionados con el objeto de la subvención. Artículo 50. Obligación de colaboración de autoridades y funcionarios y asistencia jurídica. Artículo 51. Facultades y deberes del personal controlador. Artículo 52. Del procedimiento de control financiero de las subvenciones otorgadas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria o por los organismos y entidades vinculados o dependientes de aquélla. Artículo 53. Documentación de las actuaciones de control financiero. Artículo 54. Efectos de los informes de control financiero emitidos en el marco de procedimientos de control financiero de subvenciones otorgadas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria o por los organismos y entidades vinculados o dependientes de aquélla. Artículo 55. Del procedimiento de control financiero de las subvenciones concedidas por las corporaciones locales.
TÍTULO IV. INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE SUBVENCIONES
CAPÍTULO I. De las infracciones administrativas
Artículo 56. Concepto y clases de infracciones. Artículo 57. Sujetos infractores. Artículo 58. Supuestos de exención de responsabilidad. Artículo 59. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal. Artículo 60. Infracciones leves. Artículo 61. Infracciones graves. Artículo 62. Infracciones muy graves.
CAPÍTULO II. De las sanciones
Artículo 63. Clases de sanciones. Artículo 64. Graduación de las sanciones. Artículo 65. Sanciones por infracciones leves. Artículo 66. Sanciones por infracciones graves. Artículo 67. Sanciones por infracciones muy graves. Artículo 68. Desarrollo reglamentario del régimen de infracciones y sanciones. Artículo 69. Prescripción de infracciones y sanciones. Artículo 70. Competencia para la imposición de sanciones. Artículo 71. Procedimiento sancionador. Artículo 72. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones y de las sanciones. Artículo 73. Responsabilidades.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Información y coordinación con el Tribunal de Cuentas D.A. 2ª. Colaboración de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria con la Intervención General de la Administración del Estado y las corporaciones locales en las actuaciones de control financiero de subvenciones. D.A. 3ª. Contratación de la colaboración para la realización de controles financieros de subvenciones con auditores privados D.A. 4ª. Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza D.A. 5ª. Planes y programas sectoriales D.A. 6ª. Justificación de subvenciones por entidades públicas autonómicas D.A. 7ª. Control y evaluación de objetivos D.A. 8ª. Subvenciones de cooperación internacional al desarrollo D.A. 9ª. Subvenciones financiadas con cargo a fondos europeos otorgadas por sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por entidades públicas sometidas a esta Ley D.A. 9ª bis. Entregas dinerarias sin contraprestación por sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por entidades públicas sometidas a esta Ley D.A. 10ª. Subvenciones en materia de vivienda D.A. 11ª. Universidad de Cantabria D.A. 12ª. Actualización de las cuantías previstas en esta Ley D.A. 13ª D.A. 14ª. Régimen jurídico de las ayudas concedidas por sociedades mercantiles autonómicas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de los procedimientos D.T. 2ª. Tramitación de subvenciones en el marco del plan estratégico
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor