Legislación
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Ley de Cantabria 5/2019, de 23 de diciembre, Medidas Fiscales y Administrativas. - Boletín Oficial de Cantabria de 30-12-2019

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 01/01/2020

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 249

F. Publicación: 30/12/2019


PREÁMBULO
TÍTULO I. Medidas fiscales
CAPÍTULO I. Tributos propios
Artículo 1. Modificación de la Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Artículo 2. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2014, de 26 de noviembre, de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
CAPÍTULO II. Tributos cedidos
Artículo 3. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio.
TÍTULO II. Medidas administrativas
Artículo 4. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2008, de 11 de julio, por la que se crea el Instituto de Finanzas de Cantabria. Artículo 5. Modificación de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 6. Régimen Sancionador en materia de pesca, marisqueo y acuicultura. Artículo 7. Modificación de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Artículo 8. Modificación de la Ley de Cantabria 1/2014, de17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por Carretera. Artículo 9. Modificación de la Ley de Cantabria 8/2018, de 11 de diciembre, del Consejo Económico y Social de Cantabria. Artículo 10. Modificación de la Ley 15/2006, de 24 de octubre, del Juego de Cantabria. Artículo 11. Modificación de la Ley de Cantabria de 3/2017, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Cantabria. Artículo 12. Modificación de la Ley 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria. Artículo 13. Modificación de la Ley de Cantabria 6/2018, de 22 de noviembre, por la que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria (SEMCA). Artículo 14. Modificación de la Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria. Artículo 15. Modificación de la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. Artículo 16. Modificación de la Ley de Cantabria 1/2005, de 16 de mayo, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 17. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte. Artículo 18. Modificación de la Ley 2/2019, de 7 de marzo, de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Artículo 19. Modificación de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria. Artículo 20. Creación del Fondo de Derribos del Gobierno de Cantabria, fondo carente de personalidad jurídica (F.C.P.J.). Artículo 21. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria. Artículo 22. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral. Artículo 23.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de disposiciones legales. D.A. 2ª. D.A. 3ª. Aportaciones iniciales al Fondo de Derribos. D.A. 4ª. Derecho supletorio del Fondo de Derribos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos sancionadores en materia de pesca. D.T. 2ª. Nuevo régimen jurídico de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. D.T. 3ª. Adaptación normativa en materia de contabilidad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. D.DT. 2ª. Derogación normativa expresa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Elaboración del Texto Refundido de Medidas Fiscales en Materia de Tributos Cedidos por el Estado e Impuestos Propios de la Comunidad Autónoma. D.F. 2ª. Repercusión económica de la creación del Fondo de Derribos. D.F. 3ª. Habilitación de desarrollo. D.F. 4ª. Modificaciones Presupuestarias. D.F. 5ª. Entrada en vigor.