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Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. - Boletín Oficial de Cantabria de 30-12-2015

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021

F. entrada en vigor: 01/01/2016

Órgano emisor: PARLAMENTO DE CANTABRIA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 249

F. Publicación: 30/12/2015


Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. Medidas Fiscales
CAPÍTULO I. Tributos Propios
Artículo 1. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2014, de 26 de noviembre, de abastecimiento y saneamiento de aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 2. Modificación de las tasas aplicables con carácter general en todas las consejerías, organismos públicos y entes de derecho público dependientes. Artículo 3. Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Presidencia y Justicia, establecidas por Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria. Artículo 4. Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, establecidas por Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria. Artículo 5. Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Obras Públicas y Vivienda establecidas por Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria. Artículo 6. Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, establecidas por Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria. Artículo 7. Modificación de las tasas aplicables por la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, establecidas por Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria. Artículo 8. Actualización de tasas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Organismos Públicos y Entes de Derecho Público.
CAPÍTULO II. Tributos Cedidos
Artículo 9. Modificación del Decreto Legislativo 62/08, de 19 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Acreditación.
TÍTULO II. Medidas Administrativas
Artículo 10. Modificación de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas. Artículo 11. Modificación de la Ley de Cantabria 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria. Artículo 12. Modificación de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 13. Modificación de la Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria. Artículo 14. Modificación de la Ley de Cantabria 1/2005, de 16 de mayo, de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 15. Asunción por la Comunidad Autónoma de Cantabria de la titularidad de las competencias relativas a servicios sociales. Artículo 16. Asunción por la Comunidad Autónoma de Cantabria de la titularidad de las competencias relativas a Educación. Artículo 17. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales. Artículo 18. Modificación de la Ley de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Artículo 19. Modificación de la Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. Artículo 20. Modificación de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. Artículo 21. Instrumentos de planeamiento y ordenación urbanística y territorial sometidos a evaluación ambiental estratégica. Artículo 22. Plazos de las fases y trámites de la evaluación ambiental estratégica ordinaria. Artículo 23. Informes preceptivos. Artículo 24. Publicidad de la declaración ambiental estratégica y de la aprobación del plan. Artículo 25. Consultas a las Administraciones publicas afectadas y a las personas interesadas en la evaluación ambiental estratégica simplificada. Artículo 26. Publicidad del informe ambiental estratégico y de la aprobación del plan. Artículo 27. Modificación de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de ordenación sanitaria de Cantabria. Artículo 28. Modificación de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 29. Modificación del Estatuto del Servicio Cántabro de Salud aprobado como Anexo a la Ley de Cantabria 10/2001, de 28 de diciembre, de Creación del Servicio Cántabro de Salud. Artículo 30. Modificación de la Ley de Cantabria 2/2008, de 11 de julio, por la que se crea el Instituto de Finanzas de Cantabria Artículo 31. Actualización de las cuantías del Decreto 86/2008, de 11 de septiembre, de Asistencia Jurídica Gratuita.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de disposiciones legales. D.A. 2ª. Elaboración del Texto Refundido de Medidas Fiscales en Materia de Tributos Cedidos por el Estado e Impuestos Propios de la Comunidad Autónoma. D.A. 3ª. Reserva del puesto de trabajo en la situación de excedencia por cuidado de familiares. D.A. 4ª. Incorporación al Anexo I de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria del procedimiento sancionador en materia de minas. D.A. 5ª. Reforma del Impuesto de Donaciones y Sucesiones. D.A. 6ª. Ingresos derivados de la modificación del punto Uno del Artículo 10, del texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/08, de 19 de junio, referido a la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.A. 6ª. Compatibilidad personal docente interino a tiempo parcial D.A. 7ª. Actualización de los gastos de asistencia jurídica del Decreto 86/2008, de 11 de septiembre.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Aplicación temporal de normas en materia de personal estatutario.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificaciones Presupuestarias. D.F. 2ª. Entrada en vigor.