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Ley del Principado de Asturias 13/2010, de 28 de diciembre, de Medidas Presupuestarias y Tributarias de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2011. - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 31-12-2010

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Asturias

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 301

F. Publicación: 31/12/2010


Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. MEDIDAS PRESUPUESTARIAS
Artículo 1. -Modificación del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio.
TÍTULO II. MEDIDAS TRIBUTARIAS
CAPÍTULO I. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Artículo 2. -Deducciones sobre la cuota íntegra autonómica o complementaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
CAPÍTULO II. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Artículo 3. -Modificación de la Ley del Principado de Asturias 15/2002, de 27 de diciembre, de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2003.
CAPÍTULO III. IMPUESTO SOBRE EL DESARROLLO DE DETERMINADAS ACTIVIDADES QUE INCIDEN EN EL MEDIO AMBIENTE
Artículo 4. -Impuesto sobre el desarrollo de Determinadas Actividades que inciden en el Medio Ambiente.
CAPÍTULO IV. OTRAS MEDIDAS
Artículo 5. -Modificación de la Ley del Principado de Asturias 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas. Artículo 6. -Modificación del Texto Refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Actuaciones en relación con la concesión para la construcción, conservación y explotación del desdoblamiento de la Carretera AS-18, Oviedo-Porceyo, de la vía de servicio de la Carretera AS-18, entre Venta del Jamón y Venta de Veranes, y de la ... D.A. 2ª.-Transmisión del patrimonio de vivienda.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.-Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Autorización para elaborar un texto refundido en materia de tributos cedidos. D.F. 2ª.-Entrada en vigor.