Ley del Principado de Asturias 2/2016, de 1 de julio de 2016, de medidas financieras y de gestión presupuestaria y de creación de tarifas por expedición de licencias interautonómicas de caza y pesca. [Cód. 2016-07464] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 07-07-2016
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Texto
Histórico
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Ambito: Asturias
Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Julio de 2016
Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 157
F. Publicación: 07/07/2016
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. MEDIDAS FINANCIERAS Y DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 1.- Operaciones de crédito a corto plazo
Artículo 2.- Segundo aval a empresas
Artículo 3.- Exención de devolución de ayudas para la adquisición de vivienda y del requisito de autorización administrativa previa
Artículo 4.- Modificación de la disposición adicional primera, Fondo de Cooperación Municipal , de la Ley del Principado de Asturias 6/2008, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2009
Artículo 5.- Modificación de la disposición adicional octava, De la Caja de Crédito de Cooperación Local , de la Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013
Artículo 6.- Modificación de la Ley del Principado de Asturias 10/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de Asturias
CAPÍTULO II. DE CREACIÓN DE TARIFAS POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS INTERAUTONÓMICAS DE CAZA Y DE PESCA
Artículo 7.- Modificación del Texto Refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Efectos retroactivos de la exención de devolución de ayudas para la adquisición de vivienda
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor