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LEY FORAL 29/2019, de 23 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias. - Boletín Oficial de Navarra de 31-12-2019

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020

F. entrada en vigor: 01/01/2020

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 255

F. Publicación: 31/12/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO Artículo primero.-Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo segundo.-Ley Foral del Impuesto sobre el Patrimonio. Artículo tercero.-Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades. Artículo cuarto.-Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Artículo quinto.-Texto Refundido del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Artículo sexto.-Ley Foral General Tributaria. Artículo séptimo.-Ley Foral reguladora del Régimen Tributario de las Fundaciones y de las actividades de patrocinio. Artículo octavo.-Ley Foral reguladora del régimen fiscal de las cooperativas. Artículo noveno.-Ley Foral reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra. Artículo décimo.-Ley Foral de Tasas y Precios Públicos. Artículo undécimo.-Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra. Artículo duodécimo.-Tributos sobre el juego. Artículo decimotercero.-Impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.-Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra. D.F. 2ª. Disposiciones relativas a los procesos selectivos convocados por las Administraciones Públicas de Navarra. D.F. 3ª. Medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. D.F. 4ª. Modificación de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de residuos y su fiscalidad. Con efectos desde el 1 de enero de 2020. D.F. 5ª. Habilitación normativa. D.F. 6ª. Entrada en vigor.