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Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo General Tributaria del Territorio Historico de Gipuzkoa - Boletín Oficial de Gipuzkoa de 17-03-2005

Tiempo de lectura: 64 min

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Ambito: Gipuzkoa

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 01/07/2005

Órgano emisor: DFG-DIPUTADO GENERAL

Boletín: Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 52

F. Publicación: 17/03/2005


PREÁMBULO
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES DEL ORDENAMIENTO TRIBUTARIO
Capítulo I. Principios generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Principios de la ordenación y aplicación del sistema tributario. Artículo 3. Potestad tributaria. Artículo 4. Potestad reglamentaria. Artículo 5. La Administración tributaria.
Capítulo II. Norma tributarias
Sección 1ª. Fuentes normativas
Artículo 6. Fuentes del ordenamiento tributario. Artículo 7. Reserva de Norma Foral tributaria. Artículo 8. Decretos forales normativos en materia tributaria.
Sección 2ª. Aplicación de las normas tributarias
Artículo 9. Ámbito temporal de las normas tributarias. Artículo 10. Criterios de sujeción a las normas tributarias.
Sección 3ª. Interpretación, calificación e integración
Artículo 11. Interpretación de las normas tributarias. Artículo 12. Calificación. Artículo 13. Prohibición de la analogía. Artículo 14. Cláusula antielusión. Artículo 15. Simulación.
TITULO II. LOS TRIBUTOS
Capítulo I. Disposiciones generales
Sección 1ª. Concepto, fines y clases de los tributos
Artículo 16. Concepto, fines y clases de los tributos.
Sección 2ª. La relación jurídico-tributaria
Artículo 17. La relación jurídico-tributaria. Artículo 18. Indisponibilidad del crédito tributario.
Sección 3ª. Las obligaciones tributarias
Subsección 1ª. La obligación tributaria principal
Artículo 19. Obligación tributaria principal. Artículo 20. Hecho imponible. Artículo 21. Exenciones. Artículo 22. Devengo y exigibilidad.
Subsección 2ª. La obligación tributaria de realizar pagos a cuenta
Artículo 23. Obligación tributaria de realizar pagos a cuenta.
Subsección 3ª. Las obligaciones entre particulares resultantes del tributo
Artículo 24. Obligaciones entre particulares resultantes del tributo.
Subsección 4ª. Las obligaciones tributarias accesorias
Artículo 25. Obligaciones tributarias accesorias. Artículo 26. Interés de demora. Artículo 27. Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo. Artículo 28. Recargos del período ejecutivo.
Subsección 5ª. Las obligaciones tributarias formales
Artículo 29. Obligaciones tributarias formales.
Sección 4ª. Las obligaciones y deberes de la Administración tributaria
Artículo 30. Obligaciones y deberes de la Administración tributaria. Artículo 31. Devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo. Artículo 32. Devolución de ingresos indebidos. Artículo 33. Reembolso de los costes de las garantías.
Sección 5ª. Los derechos y garantías de los obligados tributarios
Artículo 34. Derechos y garantías de los obligados tributarios.
Capítulo II. Obligados tributarios
Sección 1ª. Clases de obligados tributarios
Artículo 35. Obligados tributarios. Artículo 36. Sujetos pasivos: Contribuyente y sustituto del contribuyente. Artículo 37. Obligados a realizar pagos a cuenta. Artículo 38. Obligados en las obligaciones entre particulares resultantes del tributo.
Sección 2ª. Sucesores
Artículo 39. Sucesores de personas físicas. Artículo 40. Sucesores de personas jurídicas y de entidades sin personalidad.
Sección 3ª. Responsables tributarios
Artículo 41. Responsabilidad tributaria. Artículo 42. Responsables solidarios. Artículo 43. Responsables subsidiarios.
Sección 4ª. La capacidad de obrar en el orden tributario
Artículo 44. Capacidad de obrar. Artículo 45. Representación legal. Artículo 46. Representación voluntaria. Artículo 47. Representación de personas o entidades no residentes.
Sección 5ª. El domicilio fiscal
Artículo 48. Domicilio fiscal.
Capítulo III. Elementos de cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta
Artículo 49. Base imponible: Concepto y métodos de determinación. Artículo 50. Método de estimación directa. Artículo 51. Método de estimación objetiva. Artículo 52. Método de estimación indirecta. Artículo 53. Base liquidable. Artículo 54. Tipo de gravamen. Artículo 55. Cuota tributaria. Artículo 56. Comprobación de valores.
Capítulo IV. La deuda tributaria
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 57. Deuda tributaria. Artículo 58. Extinción de la deuda tributaria.
Sección 2ª. El pago
Artículo 59. Formas de pago. Artículo 60. Momento del pago. Artículo 61. Plazos para el pago. Artículo 62. Imputación de pagos. Artículo 63. Consignación del pago. Artículo 64. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
Sección 3ª. La prescripción
Artículo 65. Plazos de prescripción. Artículo 65 bis. Derecho a comprobar e investigar. Artículo 66. Cómputo de los plazos de prescripción. Artículo 67. Interrupción de los plazos de prescripción. Artículo 68. Extensión y efectos de la prescripción. Artículo 69. Efectos de la prescripción en relación con las obligaciones formales.
Sección 4ª. Otras formas de extinción de la deuda tributaria
Artículo 70. Compensación. Artículo 71. Compensación a instancia del obligado tributario. Artículo 72.Compensación de oficio. Artículo 73. Condonación. Artículo 74. Baja provisional por insolvencia.
Sección 5ª. Garantías del crédito tributario
Artículo 75. Derecho de prelación. Artículo 76. Hipoteca legal tácita. Artículo 77. Afección de bienes. Artículo 78. Medidas cautelares. Artículo 79. Garantías para el aplazamiento y fraccionamiento del pago de la deuda tributaria.
TITULO III. LA APLICACION DE LOS TRIBUTOS
Capítulo I. Principios generales
Sección 1ª. Procedimientos tributarios
Artículo 80. Ámbito de la aplicación de los tributos.
Sección 2ª. Información y asistencia a los obligados tributarios
Artículo 81. Deber de información y asistencia a los obligados tributarios. Artículo 82. Procedimientos de vinculación administrativa previa. Artículo 83. Consultas tributarias escritas. Artículo 84. Efectos de las contestaciones a consultas tributarias escritas. Artículo 85. Información sobre el valor de bienes inmuebles. Artículo 86. Acuerdos previos de valoración. Artículo 87. Concepto y procedimiento de las propuestas previas de tributación. Artículo 88. Efectos de la aprobación de las propuestas previas de tributación.
Sección 3ª. Colaboración social en la aplicación de los tributos
Artículo 89. Colaboración social. Artículo 90. Obligaciones de información. Artículo 91. Autoridades sometidas al deber de informar y colaborar. Artículo 92. Carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria. Artículo 92 bis. La colaboración con las comisiones de investigación en las Juntas Generales y comisiones parlamentarias. Artículo 92 ter. Publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias.
Capítulo II. Normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios
Artículo 93. Regulación de las actuaciones y procedimientos tributarios.
Sección 1ª. Especialidades de los procedimientos administrativos en materia tributaria
Subsección 1ª. Fases de los procedimientos tributarios
Artículo 94. Iniciación de las actuaciones y procedimientos tributarios. Artículo 95. Desarrollo de las actuaciones y procedimientos tributarios. Artículo 96. Terminación de los procedimientos tributarios.
Subsección 2ª. Liquidaciones tributarias
Artículo 97. Las liquidaciones tributarias: Concepto y clases. Artículo 98. Notificación de las liquidaciones tributarias.
Subsección 3ª. Obligación de resolver y plazos de resolución
Artículo 99. Obligación de resolver. Artículo 100. Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.
Sección 2ª. Prueba
Artículo 101. Medios, valoración y carga de la prueba. Artículo 102. Normas especiales sobre medios de prueba. Artículo 103. Valor probatorio de las diligencias. Artículo 104. Presunciones en materia tributaria.
Sección 3ª. Notificaciones
Artículo 105. Notificaciones en materia tributaria. Artículo 105 bis. Asistencia en la notificación. Artículo 106. Lugar de práctica de las notificaciones. Artículo 107. Personas legitimadas para recibir las notificaciones. Artículo 108. Notificación por comparecencia.
Sección 4ª. Entrada en el domicilio de los obligados tributarios
Artículo 109. Autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios.
Sección 5ª. Denuncia pública
Artículo 110. Denuncia pública.
Sección 6ª. Potestades y funciones de comprobación e investigación
Artículo 111. Potestades y funciones de comprobación e investigación.
Sección 7ª. Lucha contra el fraude
Artículo 112. Plan de comprobación tributaria.
Sección 8ª. Coordinación entre Administraciones
Artículo 112 bis. Coordinación de competencias exaccionadoras e inspectoras.
Capítulo III. Actuaciones y procedimientos de gestión tributaria
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 113. La gestión tributaria. Artículo 114. Formas de iniciación de la gestión tributaria. Artículo 115. Declaración tributaria. Artículo 116. Autoliquidaciones. Artículo 117. Declaraciones y autoliquidaciones complementarias o sustitutivas.
Sección 2ª. Procedimientos de gestión tributaria
Artículo 118. Procedimientos de gestión tributaria.
Subsección 1ª. Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación o solicitud
Artículo 119. Iniciación del procedimiento. Artículo 120. Devoluciones derivadas de la presentación de autoliquidaciones o solicitudes. Artículo 121. Terminación del procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación o solicitud.
Subsección 2ª. Procedimiento iniciado mediante declaración
Subsección 2.ª Procedimiento iniciado mediante declaración.
Artículo 122. Iniciación del procedimiento de gestión tributaria mediante declaración. Artículo 123. Tramitación del procedimiento iniciado mediante declaración. Artículo 124. Terminación del procedimiento iniciado mediante declaración.
Subsección 3ª. El procedimiento de revisión de autoliquidaciones y liquidaciones provisionales.
Artículo 124 bis. Procedimiento de revisión de autoliquidaciones y liquidaciones provisionales.
Subsección 4.ª Examen de autoliquidaciones, declaraciones y práctica de liquidaciones provisionales.
Artículo 125. Examen de autoliquidaciones y declaraciones. Artículo 126. Práctica de liquidaciones provisionales.
Subsección 5ª. Procedimiento de liquidación de la deuda tributaria iniciado de oficio
Artículo 127. Procedimiento de liquidación iniciado de oficio.
Subsección 6ª. Procedimiento de comprobación de valores
Artículo 128. Práctica de la comprobación de valores. Artículo 129. Tasación pericial contradictoria.
Subsección 7ª. Procedimiento de comprobación limitada
Artículo 130. La comprobación limitada. Artículo 131. Iniciación del procedimiento de comprobación limitada. Artículo 132. Tramitación del procedimiento de comprobación limitada. Artículo 133. Terminación del procedimiento de comprobación limitada. Artículo 134. Efectos de la regularización practicada en el procedimiento de comprobación limitada.
Capítulo IV. Actuaciones y procedimientos de inspección
Sección 1ª. Disposiciones generales
Subsección 1ª. Funciones y facultades
Artículo 135. La Inspección tributaria. Artículo 135 bis. Inspecciones conjuntas. Artículo 136. Facultades de la inspección de los tributos.
Subsección 2ª. Documentación de las actuaciones de la inspección
Artículo 137. Documentación de las actuaciones de la inspección. Artículo 138. Valor probatorio de las actas.
Sección 2ª. Procedimientos de inspección
Artículo 139. Clases de procedimientos y actuaciones de inspección. Artículo 140. Lugar de las actuaciones correspondientes a los procedimientos de inspección. Artículo 141. Horario de las actuaciones correspondientes a los procedimientos de inspección.
Sección 3ª. Procedimiento de comprobación e investigación
Subsección 1ª. Normas generales
Artículo 142. Objeto del procedimiento de comprobación e investigación. Artículo 143. Medidas cautelares en el procedimiento de comprobación e investigación.
Subsección 2ª. Iniciación y desarrollo
Artículo 144. Iniciación del procedimiento de comprobación e investigación. Artículo 145. Alcance de las actuaciones del procedimiento de comprobación e investigación. Artículo 146. Solicitud del obligado tributario de un procedimiento de comprobación e investigación de carácter general. Artículo 147. Plazo máximo del procedimiento de comprobación e investigación.
Subsección 3ª. Terminación de las actuaciones inspectoras
Artículo 148. Terminación del procedimiento de comprobación e investigación. Artículo 149. Contenido de las actas. Artículo 150. Clases de actas. Artículo 151. Actas de conformidad. Artículo 152. Actas de disconformidad.
Subsección 4ª. Estimación indirecta
Artículo 153. Aplicación del método de estimación indirecta.
Sección 4ª. Procedimiento de comprobación restringida
Artículo 154. Objeto del procedimiento de comprobación restringida. Artículo 155. Iniciación del procedimiento de comprobación restringida. Artículo 156. Plazo máximo de duración del procedimiento de comprobación restringida. Artículo 157. Terminación del procedimiento de comprobación restringida. Artículo 158. Efectos de las actuaciones de comprobación restringida.
Sección 5ª. Procedimiento de regularización sin presencia del obligado tributario
Artículo 159. Objeto del procedimiento de regularización sin presencia del obligado tributario. Artículo 160. Desarrollo del procedimiento de regularización sin presencia del obligado tributario. Artículo 161. Efectos del procedimiento de regularización sin presencia del obligado tributario.
Sección 6ª. Actuaciones de obtención de información
Artículo 162. Actuaciones de obtención de información.
Sección 7ª. Cláusula antielusión
Artículo 163. Procedimiento para la aplicación de la cláusula antielusión.
Capítulo V. Actuaciones y procedimiento de recaudación
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 164. La recaudación tributaria. Artículo 164 bis. La recaudación en el ámbito de la asistencia mutua. Artículo 165. Recaudación en período ejecutivo. Artículo 166. Facultades de la recaudación tributaria.
Sección 2ª. Procedimiento de apremio
Subsección 1ª. Normas generales
Artículo 167. Carácter del procedimiento de apremio. Artículo 168. Concurrencia de procedimientos. Artículo 169. Suspensión del procedimiento de apremio. Artículo 170. Conservación de actuaciones.
Subsección 2ª. Iniciación y desarrollo del procedimiento de apremio
Artículo 171. Iniciación del procedimiento de apremio. Artículo 171 bis. Instrumento de ejecución en el ámbito de la asistencia mutua. Artículo 172. Ejecución de garantías. Artículo 173. Práctica del embargo de bienes y derechos. Artículo 174. Diligencia de embargo y anotación preventiva. Artículo 175. Embargo de bienes o derechos en entidades de crédito o de depósito. Artículo 176. Enajenación de los bienes y derechos embargados.
Subsección 3ª.Terminación del procedimiento de apremio
Artículo 177. Terminación del procedimiento de apremio.
Sección 3ª. Procedimiento frente a responsables y sucesores
Subsección 1ª. Procedimiento frente a los responsables
Artículo 178. Carácter del procedimiento. Artículo 179. Declaración de responsabilidad. Artículo 180. Procedimiento para exigir la responsabilidad solidaria. Artículo 181. Procedimiento para exigir la responsabilidad subsidiaria.
Subsección 2ª. Procedimiento frente a los sucesores
Artículo 182. Procedimiento de recaudación frente a los sucesores.
TITULO IV. LA POTESTAD SANCIONADORA
Capítulo I. Principios de la potestad sancionadora en materia tributaria
Artículo 183. Principios de la potestad sancionadora. Artículo 184. Principio de responsabilidad en materia de infracción tributaria. Artículo 185. Principio de no concurrencia de sanciones tributarias.
Capítulo II. Disposiciones generales sobre infracciones y sanciones tributarias
Sección 1ª. Sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias
Artículo 186. Sujetos infractores. Artículo 187.Responsables y sucesores de las sanciones tributarias.
Sección 2ª. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias
Artículo 188. Concepto de infracciones tributarias. Artículo 189. Clases de sanciones tributarias. Artículo 190. Sanciones no pecuniarias por infracciones tributarias.
Sección 3ª. Cuantificación de las sanciones tributarias pecuniarias
Artículo 191. Criterios de graduación de las sanciones tributarias. Artículo 192. Reducción de las sanciones.
Sección 4ª. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones y de las sanciones tributarias
Artículo 193. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias. Artículo 194. Extinción de las sanciones tributarias.
Capítulo III. Infracciones y sanciones tributarias
Artículo 195. Infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación. Artículo 196. Infracción tributaria por incumplir la obligación de presentar de forma completa y correcta declaraciones o documentos necesarios para practicar liquidaciones. Artículo 197. Infracción tributaria por obtener indebidamente devoluciones. Artículo 198. Infracción tributaria por solicitar indebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales. Artículo 199. Infracción tributaria por determinar o acreditar improcedentemente partidas positivas o negativas o créditos tributarios aparentes. Artículo 200. Infracción tributaria por imputar incorrectamente o no imputar bases imponibles, rentas o resultados por las entidades sometidas a un régimen de imputación de rentas. Artículo 201. Infracción tributaria por imputar incorrectamente deducciones, bonificaciones y pagos a cuenta por las entidades sometidas a un régimen de imputación de rentas. Artículo 202. Infracción tributaria por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico o por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal. Artículo 203. Infracción tributaria por presentar incorrectamente autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico o contestaciones a requerimientos individualizados de información. Artículo 204. Infracción por incumplir la obligación de presentar autoliquidaciones, declaraciones u otros documentos con trascendencia tributaria en el modelo aprobado al efecto o por medios distintos a los electrónicos, informáticos o telemáticos. Artículo 205. Infracción tributaria por incumplir obligaciones contables y registrales. Artículo 206. Infracción tributaria por incumplir obligaciones de facturación o documentación. Artículo 207. Infracción tributaria por incumplir las obligaciones relativas a la utilización del número de identificación fiscal o de otros números o códigos. Artículo 208. Infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria. Artículo 209. Infracción tributaria por incumplir el deber de sigilo exigido a los retenedores y a los obligados a realizar ingresos a cuenta. Artículo 210. Infracción tributaria por incumplir la obligación de comunicar correctamente datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta. Artículo 211. Infracción por incumplir la obligación de entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta y por incumplir otras obligaciones establecidas en la normativa reguladora de cada tributo. Artículo 211 bis. Infracción en supuestos de aplicación de la cláusula antielusión.
Capítulo IV. Procedimiento sancionador en materia tributaria
Artículo 212. Regulación del procedimiento sancionador en materia tributaria. Artículo 213. Procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Artículo 214. Iniciación del procedimiento sancionador en materia tributaria. Artículo 215. Instrucción del procedimiento sancionador en materia tributaria. Artículo 216. Procedimiento abreviado. Artículo 217. Terminación del procedimiento sancionador en materia tributaria. Artículo 218. Recursos contra sanciones.
TITULO V. REVISION EN VIA ADMINISTRATIVA
Capítulo I. Normas comunes
Artículo 219. Medios de revisión. Artículo 219 bis. Iniciación por medios electrónicos. Artículo 220. Capacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución. Artículo 221. Motivación de las resoluciones. Artículo 222. Suspensión de la ejecución del acto recurrido.
Capítulo II. Procedimientos especiales de revision
Artículo 223. Clases de procedimientos especiales de revisión.
Sección 1ª. Procedimiento de revisión de actos nulos de pleno derecho
Artículo 224. Declaración de nulidad de pleno derecho.
Sección 2ª. Declaración de lesividad de actos anulables
Artículo 225. Declaración de lesividad.
Sección 3ª. Revocación
Artículo 226. Revocación de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones.
Sección 4ª. Rectificación de errores
Artículo 227. Rectificación de errores.
Sección 5ª. Devolución de ingresos indebidos
Artículo 228. Procedimiento para la devolución de ingresos indebidos.
Capítulo III. Recurso de reposición
Artículo 229. Objeto y naturaleza del recurso de reposición. Artículo 230. Iniciación y tramitación del recurso de reposición. Artículo 231. Resolución del recurso de reposición.
Capítulo IV. Reclamaciones economico-administrativas
Sección 1ª. Disposiciones generales
Subsección 1ª. Ambito de las reclamaciones económico-administrativas
Artículo 232. Ámbito de aplicación de las reclamaciones económico-administrativas. Artículo 233. Actos susceptibles de reclamación económico-administrativa.
Subsección 2ª. Organización y competencias
Artículo 234. Tribunal Económico-Administrativo Foral. Artículo 235. Competencias del Tribunal Económico-Administrativo Foral. Artículo 236. Acumulación de reclamaciones económico-administrativas. Artículo 237. Funcionamiento del Tribunal Económico-Administrativo Foral.
Subsección 3ª. Interesados
Artículo 238. Legitimados e interesados en las reclamaciones económico-administrativas.
Sección 2ª. Procedimiento económico-administrativo
Artículo 239. Normas generales.
Subsección 1ª. Procedimiento en única instancia
Artículo 240. Iniciación. Artículo 241. Tramitación. Artículo 242. Extensión de la revisión en vía económico-administrativa. Artículo 243. Terminación. Artículo 244. Resolución. Artículo 245. Plazo de resolución. Artículo 245 bis. Recurso de anulación. Artículo 245 ter. Recurso contra la ejecución.
Subsección 2ª. Recurso en vía económico-administrativa
Artículo 246. Recurso extraordinario de revisión.
Sección 3ª. Recurso contencioso-administrativo
Artículo 247. Recurso contencioso-administrativo.
TÍTULO VI. ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS EN SUPUESTOS DE DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA
Artículo 248. Práctica de liquidaciones en caso de existencia de indicios de delitos contra la Hacienda Pública. Artículo 249. Excepciones a la práctica de liquidaciones en caso de existencia de indicios de delito contra la Hacienda Pública. Artículo 250. Regularización voluntaria. Artículo 251. Tramitación del procedimiento de comprobación e investigación en caso de que proceda practicar liquidación. Artículo 252. Impugnación de las liquidaciones. Artículo 253. Recaudación de la deuda liquidada en caso de existencia de indicios de delito contra la Hacienda Pública. Artículo 254. Causas de oposición frente a las actuaciones de recaudación. Artículo 255. Efectos de la resolución judicial sobre la liquidación tributaria. Artículo 256. Responsables.
TÍTULO VII. RECUPERACIÓN DE AYUDAS DE ESTADO QUE AFECTEN AL ÁMBITO TRIBUTARIO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 257. Disposiciones generales. Artículo 258. Procedimientos de ejecución de decisiones de recuperación de ayudas de Estado. Artículo 259. Prescripción. Artículo 260. Efectos de la ejecución de la decisión de recuperación. Artículo 261. Recursos contra el acto de ejecución.
CAPÍTULO II. Procedimiento de recuperación en supuestos de regularización de los elementos de la obligación tributaria afectados por la decisión de recuperación
Artículo 262. Recuperación en supuestos de regularización de los elementos de la obligación tributaria afectados por la decisión de recuperación. Artículo 263. Inicio. Artículo 264. Tramitación. Artículo 265. Terminación.
CAPÍTULO III. Procedimiento de recuperación en otros supuestos
Artículo 266. Procedimiento de recuperación en otros supuestos. Artículo 267. Inicio. Artículo 268. Terminación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Prestaciones patrimoniales de carácter público D.A. 2ª. Normas relativas a las Haciendas Locales. D.A. 3ª. Declaraciones censales. D.A. 4ª. Número de Identificación Fiscal. D.A. 5ª. Procedimientos concursales. D.A. 6ª. Competencias en materia del deber de información. D.A. 7ª. Exacción de la responsabilidad civil y multa por delito contra la Hacienda Pública. D.A. 8ª. Reclamaciones económico-administrativas en otras materias. D.A. 9ª. Liquidaciones de pequeña cuantía. D.A. 10ª. Definición de jurisdicción no cooperativa. D.A. 11ª. Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero. D.A. 12ª. Suspensión en supuestos de tramitación de procedimientos amistosos. D.A. 13ª. Competencias de investigación patrimonial en los procesos por delito contra la Hacienda Pública. D.A. 14ª. Naturaleza jurídica de los créditos gestionados en el ámbito de la asistencia mutua. D.A. 15ª. Obligaciones de infor­mación y de diligencia debida relativas a cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. D.A. 16ª. Obligaciones de información sobre valores. D.A. 17ª. Obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal. D.A. 18ª. Obligaciones entre particulares derivadas de la obligación de declaración de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal. D.A. 19.ª Referencias normativas a paraísos fiscales, a países o territorios con los que no exista efectivo intercambio de información, o de nula o baja tributación. D.A. 20.ª Obligaciones de información y de diligencia debida relativas a la declaración informativa de los operadores de plataforma obligados en el ámbito de la asistencia mutua.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Recargos del período ejecutivo, interés de demora y responsabilidad en contratas y subcontratas. D.T. 2ª. Procedimientos tributarios. D.T. 3ª. Infracciones y sanciones tributarias. D.T. 4ª. Reclamaciones económico-administrativas. D.T. 5ª. Régimen transitorio de las obligaciones de declaración de los mecanismos transfronterizos sometidos a declaración que se hayan realizado con anterioridad a 1 de julio de 2020. D.T. 6.ª Aplicación transitoria de la consideración de jurisdicción no cooperativa.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la NORMA FORAL 8/1998, de 24 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.F. 2ª. Modificación de la NORMA FORAL 14/1991, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio. D.F. 3ª. Modificación de la NORMA FORAL 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades. D.F. 4ª. Modificación de la NORMA FORAL 3/1990, de 11 de enero, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. D.F. 5ª. Modificación de la NORMA FORAL 2/1999, de 26 de abril, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. D.F. 6ª. Modificación de la NORMA FORAL 18/1987, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. D.F. 7ª. Modificación del DECRETO FORAL 102/1992, de 29 de diciembre, por el que se adapta la normativa fiscal del Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. D.F. 8ª. Modificación del DECRETO FORAL 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. D.F. 9ª. Modificación de la NORMA FORAL 2/2002, de 20 de marzo, del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. D.F. 10ª. Modificación de la NORMA FORAL 11/1989, de 5 de julio, Reguladora de las Haciendas Locales de Gipuzkoa. D.F. 11ª. Modificación del DECRETO FORAL NORMATIVO 1/1993, de 20 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Actividades Económicas. D.F. 12ª. Modificación de la NORMA FORAL 12/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. D.F. 13ª. Modificación de la NORMA FORAL 16/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. D.F. 14ª. Modificación de la NORMA FORAL 15/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. D.F. 15ª. Modificación de la NORMA FORAL 14/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. D.F. 16ª. Modificación de la NORMA FORAL 22/1993, de 28 de diciembre, por la que se establece y regula el recurso cameral permanente. D.F. 17ª. Modificación de la NORMA FORAL 2/1990, de 11 de enero, de Tasas y Precios Públicos. D.F. 18ª. Habilitación normativa. D.F. 19ª. Desarrollo normativo de actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, informáticos y telemáticos y relativos a medios de autenticación. D.F. 20ª. Entrada en vigor.