Legislación
Legislación

Norma Foral 2/2018, de 11 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. - Boletín Oficial de Gipuzkoa de 19-06-2018

Tiempo de lectura: 11 min

Tiempo de lectura: 11 min

Ambito: Gipuzkoa

Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 20/06/2018

Órgano emisor: DIPUTADO GENERAL

Boletín: Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 117

F. Publicación: 19/06/2018


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. NATURALEZA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. Naturaleza y objeto del impuesto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Tratados y convenios internacionales.
CAPÍTULO II. HECHO IMPONIBLE
Artículo 4. Hecho imponible. Artículo 5. Bienes y derechos exentos. Artículo 6. Requisitos para la exención de bienes afectos a actividades económicas y de determinadas participaciones.
CAPÍTULO III. CONTRIBUYENTES
Artículo 7. Contribuyentes. Artículo 8. Representantes de los contribuyentes no residentes. Artículo 9. Titularidad de los elementos patrimoniales. Artículo 10. Bienes o derechos adquiridos con precio aplazado o reserva de dominio.
CAPÍTULO IV. BASE IMPONIBLE
Artículo 11. Concepto. Artículo 12. Bienes inmuebles. Artículo 13. Actividades económicas. Artículo 14. Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo. Artículo 15. Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados en mercados organizados. Artículo 16. Demás valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios. Artículo 17. Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, negociados en mercados organizados. Artículo 18. Demás valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad. Artículo 19. Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias. Artículo 20. Joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos, embarcaciones y aeronaves. Artículo 21. Objetos de arte y antigüedades. Artículo 22. Derechos reales. Artículo 23. Concesiones administrativas. Artículo 24. Derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial. Artículo 25. Opciones contractuales. Artículo 26. Demás bienes y derechos de contenido económico. Artículo 27. Valoración de las deudas. Artículo 28. Determinación de la base imponible. Artículo 29. Tasación pericial.
CAPÍTULO V. BASE LIQUIDABLE
Artículo 30. Base liquidable.
CAPÍTULO VI. DEVENGO DEL IMPUESTO
Artículo 31. Devengo del impuesto.
CAPÍTULO VII. DEUDA TRIBUTARIA
Artículo 32. Cuota íntegra. Artículo 33. Límite de la cuota íntegra. Artículo 34. Impuestos satisfechos en el extranjero. Artículo 35. Responsabilidad patrimonial.
CAPÍTULO VIII. GESTIÓN DEL IMPUESTO
Artículo 36. Autoliquidación. Artículo 37. Personas obligadas a presentar autoliquidación. Artículo 38. Obligaciones formales de los contribuyentes.
CAPÍTULO IX. LIQUIDACIONES PROVISIONALES
Artículo 39. Liquidaciones provisionales.
CAPÍTULO X. INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 40. Infracciones y sanciones.
CAPÍTULO XI. ORDEN JURISDICCIONAL
Artículo 41. Orden jurisdiccional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Remisiones normativas. D.A. 2ª. Parejas de hecho. D.A. 3ª. Valoración de los inmuebles arrendados en virtud de contratos celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985. D.A. 4ª. Sustitución de valores contables en actividades de construcción o promoción inmobiliaria.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa. D.F. 2ª. Modificación de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa. D.F. 3ª. Modificación de la Norma Foral 3/1990, de 11 de enero, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. D.F. 4ª. Modificación de la 16/2014, de 10 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. D.F. 5ª. Modificación de la Norma Foral 3/2004, de 7 de abril, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. D.F. 6ª. Modificación de la Norma Foral 4/2016, de 14 de noviembre, de adaptación del sistema tributario del Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco. D.F. 7ª. Habilitación normativa. D.F. 8ª. Entrada en vigor.