Legislación
Legislación

Norma Foral 3/2007, de 29 de Enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas. - Boletín Oficial de Álava de 12-02-2007

Tiempo de lectura: 33 min

Tiempo de lectura: 33 min

Ambito: Álava

Estado: DEROGADO. Desde 01 de Enero de 2014

Órgano emisor: JUNTAS GENERALES DE ALAVA

Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 18

F. Publicación: 12/02/2007


Derogada Completa EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Naturaleza y ámbito de aplicación del impuesto
Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetiva. Artículo 3. Residencia habitual. Artículo 4. Supuestos especiales de obligación de contribuir Artículo 5. Tratados y convenios.
TÍTULO II. El hecho imponible
Artículo 6. Hecho imponible. Artículo 7. Estimación de rentas. Artículo 8. Rentas no sujetas. Artículo 9. Rentas exentas
TÍTULO III. Contribuyentes
Artículo 10. Contribuyentes. Artículo 11. Atribución de rentas. Artículo 12. Individualización de rentas
TÍTULO IV. Base imponible
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 13. Concepto de base imponible. Artículo 14. Determinación de la base imponible.
CAPÍTULO II. Rendimientos del trabajo
Artículo 15. Concepto de rendimientos del trabajo. Artículo 16. Rendimientos de trabajo de naturaleza dineraria Artículo 17. Rendimientos de trabajo en especie Artículo 18. Otros rendimientos del trabajo Artículo 19. Rendimiento íntegro del trabajo. Artículo 20. Opciones sobre acciones Artículo 21. Complementos salariales percibidos de forma periódica por los trabajadores como consecuencia de expedientes de regulación de empleo. Artículo 22. Rendimiento neto del trabajo. Artículo 23. Gastos deducibles. Artículo 24. Bonificación del rendimiento del trabajo.
CAPÍTULO III. Rendimientos de actividades económicas
Artículo 25. Concepto de rendimientos íntegros de actividades económicas. Artículo 26. Reglas generales de cálculo del rendimiento neto. Artículo 27. Elementos patrimoniales afectos. Artículo 28. Normas para la determinación del rendimiento neto en la modalidad normal del método de estimación directa. Artículo 29. Normas para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa. Artículo 30. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación objetiva por signos, índices o módulos. Artículo 31. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación objetiva a través de convenios.
CAPÍTULO IV. Rendimientos del capital
SECCIÓN 1.ª NORMAS GENERALES
Artículo 32. Definición.
SECCIÓN 2.ª RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO
Artículo 33. Concepto de rendimientos íntegros del capital inmobiliario. Artículo 34. Rendimiento neto. Artículo 35. Gastos deducibles y bonificación.
SECCIÓN 3.ª RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO
Artículo 36. Concepto de rendimientos del capital mobiliario. Artículo 37. Rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad Artículo 38. Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios. Artículo 39. Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguros de vida o invalidez y de rentas derivadas de la imposición de capitales. Artículo 40. Otros rendimientos del capital mobiliario. Artículo 41. Rendimientos íntegros del capital mobiliario. Artículo 42. Rendimiento neto.
CAPÍTULO V. Ganancias y pérdidas patrimoniales
Artículo 43. Concepto. Artículo 44. Supuestos especiales Artículo 45. Pérdidas patrimoniales no computables Artículo 46. Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales. Artículo 47. Transmisiones a título oneroso. Artículo 48. Transmisiones a título lucrativo. Artículo 49. Normas específicas de valoración Artículo 50. Reinversión en los supuestos de transmisión de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva Artículo 51. Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual. Artículo 52. Ganancias patrimoniales no justificadas
CAPÍTULO VI. Imputación y atribución de rentas
SECCIÓN 1.ª IMPUTACIÓN DE RENTAS
Artículo 53. Imputación de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional.
SECCIÓN 2.ª ATRIBUCIÓN DE RENTAS
Artículo 55. Entidades en régimen de atribución de rentas. Artículo 56. Calificación de la renta atribuida. Artículo 57. Cálculo de la renta atribuible y pagos a cuenta. Artículo 58. Obligaciones de información de las entidades en régimen de atribución de rentas.
CAPÍTULO VII. Imputación temporal
Artículo 59. Imputación temporal.
CAPÍTULO VIII. Reglas especiales de valoración
Artículo 60. Valoración de las rentas estimadas. Artículo 61. Operaciones vinculadas. Artículo 62. Rentas en especie.
CAPÍTULO IX. Clases de renta
Artículo 63. Clases de renta. Artículo 64. Renta general. Artículo 65. Renta del ahorro.
CAPÍTULO X. Integración y compensación de rentas
Artículo 66. Integración y compensación de rentas. Artículo 67. Integración y compensación de rentas en la base imponible general. Artículo 68. Integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro.
TÍTULO V. Base liquidable
Artículo 69. Base liquidable general y del ahorro. Artículo 70. Compensación de bases liquidables generales negativas. Artículo 71. Reducciones por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos. Artículo 72. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social Artículo 73. Límites de reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social Artículo 74. Reducciones por aportaciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad. Artículo 75. Reducción por tributación conjunta
TÍTULO VI. Cuota íntegra
Artículo 76. Concepto de cuota íntegra. Artículo 77. Escala aplicable a la base liquidable general Artículo 78. Tipo de gravamen aplicable a la base liquidable del ahorro
TITULO VII. Cuota líquida
CAPÍTULO I. Cuota líquida
Artículo 79. Concepto de cuota líquida. CAPÍTULO II. Deducción general Artículo 80. Deducción general Artículo 80 bis. Deducción para incentivar la actividad económica. Artículo 80 ter. Deducción compensatoria para pensionistas y perceptores de prestaciones por desempleo.-
CAPÍTULO III. Deducciones familiares y personales
Artículo 81. Deducción por descendientes Artículo 82. Deducción por abono de anualidades por alimentos a los hijos. Artículo 83. Deducción por ascendientes Artículo 84. Deducción por discapacidad Artículo 85. Deducción por edad Artículo 86. Determinación de la situación personal y familiar.
CAPÍTULO IV. Deducción por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad
Artículo 87. Deducción por aportaciones realizadas al patrimonio protegido de la persona con discapacidad.
CAPÍTULO V. Deducciones por vivienda habitual
Artículo 88. Deducción por alquiler de vivienda habitual Artículo 89. Deducción por adquisición de vivienda habitual
CAPÍTULO VI. Deducciones para el fomento de las actividades económicas
Artículo 90. Deducción por inversiones y por otras actividades. Artículo 91. Deducción por participación de los trabajadores en la empresa. Artículo 92. Deducción por depósitos en entidades de crédito para la inversión en el inicio de una actividad económica
CAPÍTULO VII. Deducciones por donativos
Artículo 93. Deducciones por donativos.
CAPÍTULO VIII. Otras deducciones
Artículo 94. Deducción por doble imposición internacional. Artículo 95. Deducción por cuotas satisfechas a los sindicatos de trabajadores y por cuotas y aportaciones a partidos políticos.
CAPÍTULO IX. Justificación documental
Artículo 96. Justificación documental.
TÍTULO VIII. Cuota diferencial
Artículo 97. Cuota diferencial.
TÍTULO IX. Deuda tributaria
Artículo 98. Deuda tributaria.
TÍTULO X. Tributación conjunta
Artículo 99. Opción por la tributación conjunta. Artículo 100. Modalidades de la unidad familiar. Artículo 101. Normas aplicables a la tributación conjunta
TÍTULO XI. Período impositivo y devengo
Artículo 102. Período impositivo y devengo: regla general. Artículo 103. Período impositivo inferior al año natural.
TÍTULO XII. Gestión
CAPÍTULO I. Autoliquidaciones
Artículo 104. Obligación de autoliquidar. Artículo 105. Propuestas de autoliquidación. Artículo 106. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria
CAPÍTULO II. Pagos a cuenta
Artículo 107. Pagos a cuenta. Artículo 108. Obligación de practicar e ingresar retenciones e ingresos a cuenta. Artículo 109. Importe de las retenciones e ingresos a cuenta. Artículo 110. Cómputo de la retención e ingreso a cuenta. Artículo 111. Pagos fraccionados.
CAPÍTULO III. Liquidaciones provisionales
Artículo 112. Liquidaciones provisionales. Artículo 113. Devoluciones de oficio.
CAPÍTULO IV. Obligaciones formales
Artículo 114. Obligaciones formales de los contribuyentes Artículo 115. Obligaciones contables y registrales. Artículo 116. Obligaciones formales del retenedor y del obligado a practicar ingresos a cuenta. Artículo 117. Otras obligaciones formales de información.
TÍTULO XIII. Responsabilidad patrimonial y régimen sancionador
Artículo 118. Responsabilidad patrimonial del contribuyente. Artículo 119. Infracciones y sanciones.
TÍTULO XIV. Orden jurisdiccional
Artículo 120. Orden jurisdiccional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Parejas de hecho. D.A. 2ª. Exención para los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad. D.A. 3ª. Planes individuales de ahorro sistemático. D.A. 4ª. Retención sobre los rendimientos de actividades económicas que se determinen por la modalidad de signos, índices o módulos del método de estimación objetiva. D.A. 5ª. Remisiones normativas. D.A. 6ª. Movilización de los derechos económicos entre los distintos sistemas de previsión social. D.A. 7ª. Mutualidades de trabajadores por cuenta ajena. D.A. 8ª. Régimen fiscal de las aportaciones y prestaciones de la Mutualidad de previsión social de deportistas profesionales. D.A. 9ª. Obligaciones de información. D.A. 10ª. Régimen fiscal de las incapacidades declaradas judicialmente D.A. 11ª. Derecho de rescate en los contratos de seguro colectivo que instrumentan los compromisos por pensiones asumidos por las empresas, en los términos previstos en la Disposición Adicional Primera del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre. D.A. 12ª. Disposición de bienes que conforman el patrimonio personal para asistir las necesidades económicas de la vejez y de la dependencia. D.A. 13ª. Ayudas públicas por la destrucción o reparación de los daños sufridos en elementos patrimoniales por determinadas causas. D.A. 14ª. Retribuciones en especie. D.A. 15ª. Transmisiones de valores o participaciones no admitidas a negociación con posterioridad a una reducción de capital. D.A. 16ª. Impuesto sobre el Patrimonio. D.A. 17ª. Modificación de la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. D.A. 18ª. Modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de no Residentes D.A. 19ª. Modificación de la Norma Foral sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas D.A. 20ª. Coeficientes de actualización D.A. 21ª. Reducciones de capital con devolución de aportaciones y distribuciones de la prima de emisión realizadas por sociedades de inversión de capital variable no sometidas a tipo general de gravamen del Impuesto sobre Sociedades. D.A. 22ª. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Determinación del importe de las ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994. D.T. 2ª. Contratos de arrendamiento anteriores a 9 de mayo de 1985. D.T. 3ª. Deducciones practicadas por inversión en vivienda habitual en períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 1999. D.T. 4ª. Exención por reinversión en la vivienda habitual. Transmisiones anteriores al 1 de enero de 2007. D.T. 5ª. Deducción por inversión en vivienda habitual adquirida en común por varias personas con anterioridad a 1 de enero de 2007. D.T. 6ª. Partidas pendientes de compensación. D.T. 7ª. Valor fiscal de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados como paraísos fiscales. D.T. 8ª. Prestaciones percibidas de expedientes de regulación de empleo. D.T. 9ª. Régimen transitorio aplicable a las mutualidades de previsión social. D.T. 10ª. Régimen transitorio de los contratos de seguro de vida generadores de incrementos o disminuciones de patrimonio con anterioridad a 1 de enero de 1999. D.T. 11ª. Régimen transitorio aplicable a las rentas vitalicias y temporales. D.T. 12ª. Régimen fiscal de determinados contratos de seguros nuevos. D.T. 13ª. Seguros colectivos de vida que generan rendimientos del trabajo sin imputación de primas a los empleados. D.T. 14ª. Transformación de determinados contratos de seguros de vida en planes individuales de ahorro sistemático. D.T. 15ª. Régimen transitorio de sociedades transparentes. D.T. 16ª. Compensación fiscal aplicable a los contratos individuales de vida o invalidez. D.T. 17ª. Deducción por aportaciones a sistemas de previsión social en el ámbito empresarial. D.T. 18ª. Régimen de los socios de sociedades patrimoniales disueltas y liquidadas al amparo de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Vigesimocuarta del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo. D.T. 19ª. Régimen fiscal aplicable a las transmisiones de derechos de suscripción anteriores al 1 de enero de 2012
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
D. DT. ÚNICA
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Entrada en vigor y efectos. D.F. 2ª. Habilitación normativa.