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NORMA FORAL 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades. - Boletín Oficial de Gipuzkoa de 10-07-1996

Tiempo de lectura: 49 min

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Ambito: Gipuzkoa

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Enero de 2014

Órgano emisor: DIPUTACION FORAL DE GIPUZKOA

Boletín: Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 133

F. Publicación: 10/07/1996


PREÁMBULO TÍTULO I. Naturaleza y ámbito de aplicación del impuesto Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetiva, exacción del Impuesto y domicilio fiscal Artículo 2 bis. Lugar de realización de las operaciones. Artículo 3. Tratados y convenios. TÍTULO II. Hecho imponible Artículo 4. Hecho imponible. Artículo 5. Estimación de rentas. Artículo 6. Atribución de rentas. TÍTULO III. Sujeto pasivo Artículo 7. Sujetos pasivos. Artículo 8. Sujetos pasivos por obligación personal de contribuir. Artículo 9. Exenciones. TÍTULO IV. Base imponible Artículo 10. Concepto y determinación de la base imponible. Artículo 11. Correcciones de valor: Amortizaciones. Artículo 12. Correcciones de valor: Pérdida por deterioro del valor de los elementos patrimoniales Artículo 13. Provisiones. Artículo 14. Gastos no deducibles. Artículo 15. Reglas de valoración: regla general y reglas especiales en los supuestos de transmisiones lucrativas y operaciones societarias. Artículo 16. Reglas de valoración: Operaciones vinculadas Artículo 17. Reglas de valoración: Cambios de residencia, cese de establecimientos permanentes, operaciones realizadas con o por personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención. Artículo 18. Efectos de sustitución del valor contable por el valor normal de mercado. Artículo 19. Tratamiento de la doble imposición internacional en dividendos y participaciones en beneficios y rentas obtenidas por establecimientos permanentes Artículo 20. Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos. Artículo 21. Subcapitalización. Artículo 22. Reinversión de beneficios extraordinarios Artículo 22 bis. Reducción de ingresos procedentes de la propiedad intelectual o industrial. Artículo 23. Obra benéfico-social de las Cajas de Ahorro. Artículo 24. Compensación de bases imponibles negativas TÍTULO V. Base liquidable Artículo 25. Concepto y determinación de la base liquidable. Artículo 26. Reducciones en la base imponible: Empresas de nueva creación TÍTULO VI. Período impositivo y devengo del impuesto Artículo 27. Período impositivo. Artículo 28. Devengo del impuesto. TÍTULO VII. Deuda tributaria CAPÍTULO I. Tipo de gravamen, cuota íntegra, cuota líquida y cuota efectiva Artículo 29. El tipo de gravamen Artículo 30. Cuota íntegra. Artículo 31. Cuota líquida. Artículo 32. Cuota efectiva. CAPÍTULO II. Deducciones para evitar la doble imposición Artículo 33. Deducción para evitar la doble imposición interna: dividendos y plusvalías de fuente interna Artículo 34. Deducción para evitar la doble imposición internacional: impuesto soportado por el sujeto pasivo. Artículo 34 bis. Deducción para evitar la doble imposición internacional: Dividendos y participaciones en beneficios. CAPÍTULO III. Bonificaciones Artículo 35. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Artículo 36. Bonificación por actividades exportadoras y de prestación de servicios públicos locales. CAPÍTULO IV. Deducciones para incentivar inversiones en activos no corrientes nuevos Artículo 37. Deducción por inversiones en activos no corrientes nuevos Artículo 37 bis. Deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación. Artículo 38. Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Cultural, así como por inversiones en producciones cinematográficas y en edición de libros. CAPÍTULO V. Deducciones para incentivar la financiación de las empresas Artículo 39. Reserva para Inversiones Productivas. CAPÍTULO VI. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades Artículo 40. Deducción por actividades de investigación y desarrollo. Artículo 41. Deducción por actividades de innovación. Artículo 42. Exclusiones al concepto de investigación y desarrollo e innovación y aplicación de las deducciones. Artículo 43. Deducción por inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía. Artículo 44. Deducción por gastos de formación profesional. Artículo 44 bis. Deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial Artículo 44 ter. Deducción por otorgamiento del protocolo de empresa familiar. Artículo 45. Deducción por creación de empleo Artículo 45 bis. Deducción por elaboración e implantación de planes de igualdad. CAPÍTULO VII. Normas comunes Artículo 46. Normas comunes a las deducciones previstas en los capítulos IV, V y VI del presente título CAPÍTULO VIII. Deducción de los pagos a cuenta Artículo 47. Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados. TÍTULO VIII. Regímenes tributarios especiales CAPÍTULO I. Definición Artículo 48. Definición. CAPÍTULO II. Pequeñas y medianas empresas Artículo 49. Concepto de pequeña y mediana empresa Artículo 50. Amortización del inmovilizado material nuevo. Artículo 51. Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores. Artículo 52. Deducción por inversiones en el aprovechamiento de fuentes de energía renovable. CAPÍTULO III. Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros Artículo 53. Entidades de tenencia de valores extranjeros. Aplicación de este régimen. Artículo 54. Rentas derivadas de la tenencia de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español. Distribución de beneficios. Transmisión de la participación. CAPÍTULO IV. Agrupaciones de interés económico españolas y europeas Artículo 55. Agrupaciones de interés económico españolas. Artículo 56. Agrupaciones europeas de interés económico. Artículo 57. Régimen de las aportaciones para su constitución. Artículo 57 bis. Criterios de imputación e identificación de socios. CAPÍTULO V. Uniones temporales de empresas Artículo 58. Uniones temporales de empresas. Artículo 58 bis. Criterios de imputación. Artículo 58 ter. Identificación de socios o empresas miembros. CAPÍTULO VI. Entidades de capital-riesgo, y Sociedades de Desarrollo Industrial Regional Artículo 59. Entidades de capital-riesgo. Artículo 60. Sociedades de promoción de empresas Artículo 61. Sociedades de desarrollo industrial regional. CAPÍTULO VII. Instituciones de inversión colectiva Artículo 62. Tributación de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 63. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 64. Rentas contabilizadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 65. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales. CAPÍTULO VIII. Sociedades Patrimoniales Artículo 66. Concepto de Sociedades Patrimoniales. Artículo 67. Determinación de la base imponible. Artículo 68. Determinación de la cuota Artículo 69. Distribución de beneficios y transmisión de participaciones de sociedades patrimoniales en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Artículo 70. Identificación de partícipes. CAPÍTULO IX. Régimen de consolidación fiscal Artículo 71. Definición. Artículo 72. Sujeto pasivo. Artículo 73. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal. Artículo 74. Definición del grupo fiscal. Sociedad dominante. Sociedades dependientes Artículo 75. Inclusión o exclusión de sociedades en el grupo fiscal. Artículo 76. Determinación del dominio indirecto Artículo 77. Aplicación del régimen de consolidación fiscal Artículo 78. Determinación de la base imponible del grupo fiscal. Artículo 79. Eliminaciones. Artículo 80. Incorporaciones. Artículo 81. Compensación de bases imponibles negativas. Artículo 82. Reinversión. Artículo 83. Período impositivo. Artículo 84. Cuota íntegra del grupo fiscal. Artículo 85. Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal. Artículo 86. Obligaciones de información. Artículo 87. Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal. Artículo 88. Efectos de la pérdida del régimen de consolidación fiscal y de la extinción del grupo fiscal Artículo 89. Declaración y autoliquidación del grupo fiscal. CAPÍTULO X. Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro ... Artículo 90. Definiciones. Artículo 91. Régimen de las rentas derivadas de la transmisión. Artículo 92. Valoración fiscal de los bienes adquiridos. Artículo 93. Valoración fiscal de las acciones o participaciones recibidas en contraprestación de la aportación. Artículo 94. Régimen fiscal del canje de valores. Artículo 95. Tributación de los socios en las operaciones de fusión, absorción y escisión total o parcial. Artículo 96. Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente. Artículo 97. Subrogación en los derechos y las obligaciones tributarias. Artículo 98. Imputación de rentas. Artículo 99. Pérdidas de los establecimientos permanentes. Artículo 100. Obligaciones contables. Artículo 101. Aportaciones no dinerarias. Artículo 102. Cesión global del activo y del pasivo Artículo 103. Normas para evitar la doble imposición. Artículo 104. Aplicación del régimen fiscal. CAPÍTULO XI. Régimen fiscal de la minería Artículo 105. Entidades mineras: libertad de amortización. Artículo 106. Factor de agotamiento: ámbito de aplicación y modalidades. Artículo 107. Factor de agotamiento: inversión. Artículo 108. Factor de agotamiento: requisitos. Artículo 109. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos. CAPÍTULO XII. Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos Artículo 110. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. Artículo 111. Factor de agotamiento: Requisitos. Artículo 112. Factor de agotamiento: Incumplimiento de requisitos. Artículo 113. Titularidad compartida. Artículo 114. Amortización de inversiones intangibles y gastos de investigación. Compensación de bases imponibles negativas. CAPÍTULO XIII. Transparencia fiscal internacional Artículo 115. Inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes CAPÍTULO XIV. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero Artículo 116. Contratos de arrendamiento financiero. CAPÍTULO XV. Régimen de las entidades parcialmente exentas Artículo 117. Ámbito de aplicación. Artículo 118. Rentas exentas. Artículo 119. Determinación de la base imponible. CAPÍTULO XVI. Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas Artículo 119 bis. Ámbito de aplicación. Artículo 119 ter. Régimen tributario. CAPÍTULO XVII. Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario Artículo 119 quáter. Aplicación del régimen de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. Artículo 119 quinquies. Determinación de la base imponible y devengo del Impuesto. Artículo 119 sexies. Tipo de gravamen. Artículo 119 septies. Autoliquidación. Artículo 119 octies. Retenciones y obligaciones de información. Artículo 119 nonies. Régimen sancionador. Artículo 119 decies. Régimen fiscal de la entrada-salida de este régimen fiscal especial. Artículo 119 undecies. Pérdida del régimen especial. Artículo 119 duodecies. Régimen fiscal especial de los socios. TÍTULO IX. Gestión del Impuesto CAPÍTULO I. El índice de entidades Artículo 120. Indice de entidades. Artículo 121. Baja en el índice de entidades. Artículo 122. Obligación de colaboración. CAPÍTULO II. Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias Artículo 123. Obligaciones contables. Facultades de la Administración. Artículo 124. Bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas. Artículo 125. Revalorizaciones contables voluntarias. CAPÍTULO III. Declaración autoliquidación y liquidación provisional Artículo 126. Declaraciones. Artículo 127. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria. Artículo 127 bis. Gestión del Impuesto en los supuestos de tributación a varias Administraciones tributarias. Artículo 128. Liquidación provisional. CAPÍTULO IV. Devolución de oficio Artículo 129. Devolución de oficio. CAPÍTULO V. Pagos a cuenta Artículo 130. Pagos a cuenta. Artículo 131. Obligaciones de los sujetos pasivos con relación al domicilio fiscal. CAPÍTULO VI. Facultades de la Administración para determinar la base imponible Artículo 132. Facultades de la Administración para determinar la base imponible. Artículo 132 bis. Inspección del Impuesto TÍTULO X. Orden jurisdiccional Artículo 133. Jurisdicción competente. TÍTULO XI. Régimen sancionador Artículo 134. Infracciones y sanciones. DISPOSICIONES ADICIONALES D.A. 1ª. Restricciones a la deducción por doble imposición de dividendos. D.A. 2ª. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios. D.A. 3ª. Referencias a la Directiva 90/434/CEE del Consejo D.A. 4ª. Régimen fiscal de las transmisiones de activos realizadas en cumplimiento de disposiciones con rango de Ley y de la normativa de defensa de la competencia D.A. 5ª. D.A. 6ª. Coeficiente de corrección monetaria para 1996. D.A. 7ª. Ayudas a la política agrícola, ganadera y pesquera comunitaria D.A. 8ª. Pago fraccionado. D.A. 9ª. Actualización de balances. D.A. 10ª. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. D.A. 11ª. Facultades de los órganos de recaudación. D.A. 12ª. Devoluciones de ingresos tributarios. D.A. 13ª. Restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados. D.A. 14ª. Incentivos fiscales para la renovación de la flota mercante. D.A. 15ª. Rentas obtenidas como consecuencia de transmisiones de cuota láctea. D.A. 16ª. Importe anual de las cuotas de arrendamiento financiero correspondiente a la recuperación del coste del bien. D.A. 17ª. Régimen tributario aplicable a determinadas operaciones realizadas por Entidades de Crédito. D.A. 18ª. Reducciones de capital con devolución de aportaciones y distribuciones de la prima de emisión realizadas por sociedades de inversión de capital variable no sometidas al tipo general de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades. D.A. 19ª. Consideración de explotación económica del arrendamiento de inmuebles. D.A. 20ª. Inversiones realizadas en infraestructuras construidas o adquiridas por empresas concesionarias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS D.T. 1ª. Regularización de ajustes extracontables. D.T. 2ª. Amortización de elementos afectos a la explotación de hidrocarburos. D.T. 3ª. Saldos pendientes de inversión de las dotaciones al factor de agotamiento. Actividades de investigación y explotación de hidrocarburos regidas por la Ley 21/1974. D.T. 4ª. Exención por reinversión. D.T. 5ª. Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización. D.T. 6ª. Beneficios fiscales de la Ley 12/1988, Ley 5/1990 y Ley 30/1990. D.T. 7ª. Arrendamiento financiero. D.T. 8ª. Fondos de comercio, marcas, derechos de traspaso y otros elementos del inmovilizado inmaterial adquiridos con anterioridad al momento de producción de efectos de la presente Norma Foral. D.T. 9ª. Fusiones amparadas por la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Fusiones de Empresas. D.T. 10ª. Saldos pendientes de la deducción por inversiones. D.T. 11ª. Bases imponibles negativas anteriores al momento de producción de efectos de la presente Norma Foral. D.T. 12ª. Entidades exentas en virtud de una norma de asimilación con el régimen tributario del Estado o de cualquier otra entidad exenta. D.T. 13ª. Saldos de la provisión para insolvencias amparada en el artículo 82 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre. D.T. 14ª. Régimen de declaración consolidada. D.T. 15ª. Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras. D.T. 16ª. Valor fiscal de las participaciones de las instituciones de inversión colectiva. D.T. 17ª. Cuentas de actualización. D.T. 18ª. Deducción por doble imposición internacional. D.T. 19ª. Tributación de entidades transparentes. D.T. 20ª. Deducción por doble imposición de dividendos en las cuentas en participación. D.T. 21ª. Materialización de la Reserva Especial para Inversiones Productivas prevista en la Norma Foral 1/1995, de 16 de febrero. D.T. 22ª. Fusiones y escisiones. D.T. 23ª. Recurso cameral permanente. D.T. 24ª. Aplicación de determinados beneficios fiscales establecidos por esta Norma Foral. D.T. 25ª. Deducciones pendientes de aplicación por insuficiencia de cuota. D.T. 26ª. Deducción por actividades de exportación. D.T. 27ª. Bases Imponibles negativas y saldos pendientes de deducciones de sociedades patrimoniales. D.T. 28ª. Régimen transitorio de las sociedades patrimoniales. Tributación por el régimen general D.T. 29ª. Disolución y liquidación de sociedades patrimoniales. D.T. 30ª. Saldos pendientes de deducción. D.T. 31ª. Deducción por incremento en el período impositivo de las contribuciones o aportaciones empresariales realizadas a sistemas de previsión social empresarial. D.T. 32ª. Imputación de rentas presuntas. D.T. 33ª. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero. D.T. 34ª. Transmisión de determinados vehículos. DISPOSICIONES DEROGATORIAS D.DT. UNICA. DISPOSICIONES FINALES D.F. 1ª. Entidades acogidas a la Norma Foral 5/1995, de 24 de marzo, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General. D.F. 2ª. Modificaciones de la Norma Foral 13/1991, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. D.F. 3ª. Modificación de la Norma Foral 14/1991, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio. D.F. 4ª. Habilitación a la Norma Foral de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Guipúzcoa. D.F. 5ª. Habilitación normativa. D.F. 6ª. Entrada en vigor.