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NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias. - Boletín Oficial de Bizkaia de 29-07-2022

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Bizkaia

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Julio de 2022

F. entrada en vigor: 29/07/2022

Órgano emisor: Juntas Generales de Bizkaia

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 144

F. Publicación: 29/07/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo 1. Modificación de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades Artículo 2. Modificación de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Artículo 3. Modificación de la Norma Foral 2/2013, de 27 de febrero, del Impuesto sobre el Patrimonio Artículo 4. Modificación de la Norma Foral 4/2015, de 25 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Artículo 5. Modificación de la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Artículo 6. Modificación de la Norma Foral 6/2018, de 12 de diciembre, sobre régimen fiscal de cooperativas del Territorio Histórico de Bizkaia Artículo 7. Modificación de la Norma Foral 1/2011, de 24 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Artículo 8. Modificación de la Norma Foral 7/2002, de 15 de octubre, de adaptacion del Sistema Tributario del Territorio Historico de Bizkaia a las peculiaridades del Derecho Civil Foral del Pais Vasco Artículo 9. Modificación de las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por Decreto Foral Normativo 1/1991 de 30 de abril Artículo 10. Modificación de la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Artículo 11. Modificación de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia Artículo 12. Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Exenciones de determinadas ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa D.F. 2ª. Entrada en vigor