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NORMA FORAL 9/1997, de 14 de octubre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas. - Boletín Oficial de Bizkaia de 03-11-1997

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Bizkaia

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Marzo de 2018

F. entrada en vigor: 01/01/1997

Órgano emisor: JUNTAS GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 211

F. Publicación: 03/11/1997


Preambulo
TÍTULO I. Normas generales
Artículo 1. Ámbito de aplicación. Artículo 2. Clasificación de las cooperativas.
TÍTULO II. De las cooperativas
CAPÍTULO I. De las cooperativas protegidas
Artículo 3. Cooperativas protegidas.
CAPÍTULO II. De las cooperativas especialmente protegidas
Artículo 4. Cooperativas especialmente protegidas. Artículo 5. Cooperativas de trabajo asociado. Artículo 6. Cooperativas agrarias. Artículo 7. Cooperativas de explotación comunitaria. Artículo 8. Cooperativas de consumo. Artículo 9. Cooperativas de enseñanza. Artículo 9 bis. Cooperativas de Viviendas.
CAPÍTULO III. De las cooperativas no protegidas
Artículo 10. Cooperativas no protegidas.
CAPÍTULO IV. Pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida
Artículo 11. Causas de pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida. Artículo 12. Circunstancias excepcionales.
CAPÍTULO V. Reglas especiales aplicables en el Impuesto sobre Sociedades
SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 13. Disposiciones comunes.
SECCIÓN 2.ª DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE
Artículo 13 bis. La base imponible. Artículo 14. Valoración de las operaciones cooperativizadas. Artículo 15. Supuestos especiales de gastos deducibles. Artículo 16. Requisitos para la deducción como gasto de la contribución obligatoria para la educación y promoción cooperativa y otros fines de interés público. Artículo 17. Gastos no deducibles. Artículo 17 bis. Determinación de la base imponible especial.
SECCIÓN 3.ª DEUDA TRIBUTARIA
Artículo 17 ter. Tipo de gravamen. Artículo 18. Eliminación de la doble imposición. Artículo 19. Deducción por creación de empleo. Artículo 19 bis. Deducciones de la cuota correspondiente a la base imponible especial.
SECCIÓN 4.ª ACTUALIZACIÓN DE LAS APORTACIONES SOCIALES
Artículo 20. Actualización de las aportaciones sociales.
SECCIÓN 5.ª RETENCIONES Y OTROS PAGOS A CUENTA
Artículo 21. Retenciones y otros pagos a cuenta. Articulo 21 bis.-Pago fraccionado Artículo 22. Reglas especiales.
TÍTULO III. De los socios de las cooperativas
Artículo 23. Tratamiento de determinadas partidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo 24. Eliminación de la doble imposición de retornos cooperativos.
TÍTULO V. Beneficios tributarios reconocidos a las cooperativas
Artículo 25. Beneficios fiscales reconocidos a las cooperativas protegidas. Artículo 26. Beneficios fiscales reconocidos a las cooperativas especialmente protegidas. Artículo 27. Cooperativas de segundo grado. Artículo 28. Uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas. Artículo 29. Aplicación de los beneficios fiscales y pérdida de los mismos. Artículo 30. Comprobación e inspección.
TÍTULO V. De las cooperativas de crédito
Artículo 31. Definición de las cooperativas de crédito a efectos tributarios. Artículo 32. Beneficios fiscales reconocidos.
TÍTULO VI. Régimen de los grupos de cooperativas
Artículo 33. Grupo de sociedades cooperativas. Artículo 34. Aplicación del régimen de los grupos de sociedades cooperativas. Artículo 35. Eliminaciones. Artículo 36. Deducciones de la cuota del grupo de sociedades cooperativas y eliminación de la doble imposición. Artículo 37. Pérdida del régimen de los grupos de sociedades cooperativas. Artículo 38. Retenciones. Artículo 39. Entidad cabeza de grupo.
TÍTULO VII. De las cooperativas de utilidad pública y de iniciativa social
Artículo 40. Definición de las cooperativas de utilidad pública. Artículo 41. Definición de las Cooperativas de Iniciativa Social. Artículo 42. Beneficios fiscales reconocidos a las cooperativas de utilidad pública y a las cooperativas de iniciativa social. Artículo 43. Pérdida de los beneficios fiscales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Sociedades agrarias de transformación. D.A. 2ª. Cooperativas de trabajo asociado. D.A. 3ª. Modificación de la Norma Foral 3/1996, de 26 de junio, del Impuesto sobre Sociedades. D.A. 4ª. Programas operativos y planes de acción de las organizaciones de productores en el sector de frutas y hortalizas y en el sector de materias grasas.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
D.T. ÚNICA.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
D.DT. ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Entrada en vigor. D.F. 2ª. Habilitación normativa.