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NORMA FORAL 9/2013, de 26 de noviembre, de modificación de la Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de demarcaciones territoriales de Bizkaia., - Boletín Oficial de Bizkaia, de 03-12-2013

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Ambito: Bizkaia

Órgano emisor: JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 231

F. Publicación: 03/12/2013

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Bizkaia Número 231 de 03/12/2013 y no contiene posibles reformas posteriores

NORMA FORAL 9/2013, de 26 de noviembre, de modificación de la Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de demarcaciones territoriales de Bizkaia.

Hago saber que las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado en Sesión Plenaria de fecha 26 de noviembre de 2013, y yo promulgo y ordeno la publicación de la Norma Foral 9/2013, de 26 de noviembre, de modificación de la Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia, a los efectos que todos los ciudadanos, particulares y autoridades, a quienes sea de aplicación, la guarden y la hagan guardar.

Bilbao, a 27 de noviembre de 2013.

El Diputado General de Bizkaia,

JOSÉ LUIS BILBAO EGUREN

NORMA FORAL 9/2013, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA NORMA FORAL 9/2012, DE 5 DE DICIEMBRE, DE DEMARCACIONES TERRITORIALES DE BIZKAIA

PREÁMBULO

La experiencia habida en los últimos años en la tramitación de los cambios de escudos y banderas municipales aconseja modificar algunos detalles de lo recogido al efecto en el Título VI de la Norma Foral 9/2012, de 5 de diciembre, de Demarcaciones Territoriales de Bizkaia, en concreto los artículos 76, 78, 79, 80 y 81, para mejorar el procedimiento y la adecuación del mismo a la singularidad de la materia.

1. Modificación del Artículo 76.2

Artículo 76.2

Los cambios se fundamentarán en razones históricas y heráldicas debidamente acreditadas en el expediente mediante el correspondiente informe heráldico y/o vexilológico.'

2. Modificación de los artículos 78, 79 y 80

Artículo 78.-Información Pública

El Alcalde, en diez días, promoverá un periodo de información pública durante un mes con inserción de anuncio en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y, al menos, en uno de los diarios de mayor circulación del municipio.

Finalizado el periodo de información pública, el ayuntamiento resolverá las alegaciones presentadas en su caso, adoptando, en el plazo de tres meses, el oportuno acuerdo plenario por la mayoría absoluta del número legal de concejales.

Artículo 79.-Informes

1. En el supuesto en el que se trate de adaptar la denominación del municipio o de la entidad local menor a la legislación del uso del euskera, el alcalde, en el plazo de diez días a contar del siguiente al de adopción del acuerdo de inicio del expediente, o desde la recepción del acuerdo de la entidad local menor, solicitará informe de la Real Academia de la Lengua Vasca - Euskaltzaindia.

2. En los demás supuestos deberá solicitarse informe de la Sociedad de Estudios Vascos - Eusko Ikaskuntza.

3. El informe deberá emitirse en el plazo máximo de tres meses. Si no se emite en el plazo indicado, se entenderá que es favorable.

Artículo 80.-Remisión del expediente a la Diputación Foral de Bizkaia

Recibido el informe, o transcurrido el plazo señalado en el artículo anterior sin haberse emitido, en el plazo de diez días se remitirá el Acuerdo plenario junto con el informe, en su caso, y demás actuaciones al Departamento Foral competente.

3. Modificación del primer párrafo del Artículo 81

Artículo 81.-Dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Diputación Foral de Bizkaia

Una vez completado el expediente, si se tratara de una creación o modificación de escudo o bandera el Departamento foral competente pedirá informe respecto a la justificación heráldica o vexilológica del acuerdo municipal recibido a una entidad o un experto competente en la materia. Recibido el mismo, redactará la propuesta de Acuerdo que, junto con el resto de actuaciones, remitirá a la Comisión Jurídica Asesora de la Diputación Foral de Bizkaia para la emisión del correspondiente dictamen.

Bilbao, a 26 de noviembre de 2013.

El Secretario Primero de las Juntas Generales,

JON ANDONI ATUTXA SAINZ

La Presidenta de las Juntas Generales,

ANA MADARIAGA UGARTEK