ORDEN FORAL del diputado foral de Hacienda y Finanzas 1087/2017, de 8 de junio, por la que se aprueban los modelos 200 y 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia y se regula el procedimiento para su presentación telemática, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016. - Boletín Oficial de Bizkaia de 16-06-2017
Índice
Texto
Ambito: Bizkaia
Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Julio de 2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 115
F. Publicación: 16/06/2017
Preambulo
Artículo 1. Aprobación de los modelos 200 y 220 de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia
Artículo 2. Condiciones generales para la presentación telemática de los modelos 200 y 220
Artículo 3. Procedimiento para la presentación telemática de los modelos 200 y 220
Artículo 4. Plazo de presentación
Artículo 5. Documentación
Artículo 6. Información relativa a operaciones con personas o entidades vinculadas
Artículo 7. Convenios o acuerdos de colaboración
Artículo 8. Formas de pago
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.
ANEXO I. Modelo 200 de autoliquidación, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016 del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Bizkaia
ANEXO II. Modelo 220 de autoliquidación, para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016, correspondiente a los grupos fiscales, que tributen por el régimen especial establecido en el Capítulo VI del Título VI de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades