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ORDEN de 17 de marzo de 2014 por la que se regula la gestión y la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego. - Diario Oficial de Galicia de 20-03-2014

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 20/03/2014

Órgano emisor: CONSELLERIA DE HACIENDA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 55

F. Publicación: 20/03/2014


TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Deber de declaración, presentación y pago electrónicos Artículo 3. Usuarios autorizados Artículo 4. Aprobación de modelos en formato electrónico
TÍTULO II. Obligaciones tributarias
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 5. Plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias
CAPÍTULO II. Declaración informativa de máquinas de juego
Artículo 6. Contenido de la declaración informativa Artículo 7. Procedimiento para la confección y presentación electrónica de la declaración informativa
CAPÍTULO III. Autoliquidación trimestral de máquinas en explotación
Artículo 8. Procedimiento electrónico para la realización electrónica de la autoliquidación Artículo 9. Procedimiento electrónico para el pago de la deuda tributaria Artículo 10. Procedimiento para la presentación electrónica de las autoliquidaciones
CAPÍTULO IV. Accesos a la OVT y justificantes del pago y de la presentación de declaraciones y autoliquidaciones
Artículo 11. Accesos a la OVT Artículo 12. Justificantes del pago y de la presentación electrónica de autoliquidaciones y declaraciones
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Excepcionalidad al cumplimiento de las obligaciones tributarias de forma electrónica D.A. 2ª. Máquinas autorizadas en la Comunidad Autónoma de Galicia D.A. 3ª. Adhesión y autorización de entidades colaboradoras D.A. 4ª. Obligaciones de conservación de soportes informáticos de las entidades de crédito en las que se realice el pago de este tributo D.A. 5ª. Confidencialidad y representación D.A. 6ª. Presentación y pago en plazo D.A. 7ª. Modificación de los anexos de esta orden
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al juego desarrollado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D. DT. única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor ANEXO I. Solicitud de autorización para la utilización de las aplicaciones informáticas de la Oficina Virtual Tributaria para el pago electrónico y la presentación electrónica de los modelos de declaración D-046 y de autoliquidación 045 de la Tasa fiscal sobre el juego realizado mediante máquinas de juego ANEXO II. Modelo D-046. Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas de juego. Declaración informativa de máquinas de juego (formato electrónico) ANEXO III. Modelo 045. Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas de juego. Autoliquidación (formato electrónico) ANEXO IV. Modelo 046. Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas de juego. Resumen autoliquidaciones (formato electrónico) ANEXO V. Contenido del archivo informático para la presentación de la declaración informativa de máquinas de juego ANEXO VI. Especificaciones técnicas del archivo informático para la presentación y pago electrónicos de declaraciones tributarias de máquinas ANEXO VII. Normas técnicas para la generación del NRC