Legislación
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Orden de 17 de octubre de 2013, por la que se regula el Programa de Intermediación en el Mercado del Alquiler de Viviendas y el Programa de Cesión de viviendas para el alquiler a Entes Públicos, se establecen las normas reguladoras para la concesión de pólizas de seguros que den cobertura a los contratos de arrendamiento que se concierten dentro de dichos programas, y se efectúa su convocatoria. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 24-10-2013

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Ambito: Andalucía

Estado: DEROGADO. Desde 04 de Julio de 2020 por Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucia, de vivienda, rehabilitacion y regeneracion urbana de Andalucia 2020-2030.

F. entrada en vigor: 25/10/2013

Órgano emisor: CONSEJERIA DE FOMENTO Y VIVIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 210

F. Publicación: 24/10/2013


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Agentes Colaboradores de la Junta de Andalucía para el programa de intermediación en el mercado del alquiler de viviendas.
CAPÍTULO II. Programa de intermediación en el mercado del alquiler de viviendas
Artículo 3. Procedimiento de inclusión de viviendas en el Programa Artículo 4. Requisitos de las viviendas. Artículo 5. Condiciones de la persona arrendataria e incorporación al programa. Artículo 6. Propuesta de asignación de la vivienda y formalización del contrato. Artículo 7. Cancelación de la adscripción de la vivienda al programa
CAPÍTULO III. Programa de Cesión de Viviendas a Entes Públicos para el alquiler
Artículo 8. Objeto. Artículo 9. Procedimiento de cesión. Artículo 10. Contraprestación por la cesión.
CAPÍTULO IV. Pólizas de seguros de impago de renta de alquiler, defensa jurídica y multirriesgo del hogar
Artículo 11. Objeto. Artículo 12. Características de las pólizas. Artículo 13. Requisitos generales. Artículo 14. Ingresos mínimos de la persona arrendataria. Artículo 15. Procedimiento de concesión de las pólizas de seguros de impago de renta, de defensa jurídica y multirriesgo del hogar.
CAPÍTULO V. Normas comunes a los incentivos regulados en esta Orden
Artículo 16. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 17. Régimen de concesión. Artículo 18. Personas beneficiarias. Artículo 19. Entidades colaboradoras. Artículo 20. Obligaciones. Artículo 21. Régimen de compatibilidad de los incentivos. Artículo 22. Justificación. Artículo 23. Reintegro.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Contratación de la certificación de eficiencia energética de edificios. D.A. 2ª. Convocatoria para la concesión de pólizas de seguros.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 2ª. Entrada en vigor ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V