Legislación
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ORDEN de 7 de julio de 2009, por la que se publica el texto integrado del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado por el Decreto 395/2008, de 24 de junio, con las modificaciones introducidas por el Decreto 266/2009, de 9 de junio. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 05-08-2009

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Agosto de 2010

F. entrada en vigor: 06/08/2010

Órgano emisor: CONSEJERIA DE VIVIENDA Y ORDENACION DEL TERRITORIO

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 151

F. Publicación: 05/08/2009

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo único. Publicación del Texto Integrado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Remisiones normativas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.
ANEXO. TEXTO INTEGRADO DEL PLAN CONCERTADO DE VIVIENDA Y SUELO 2008-2012
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Vivienda de calidad, digna y adecuada. Artículo 3. Destinatarios. Artículo 4. Medidas para favorecer el acceso a la vivienda protegida. Artículo 5. Conservación, mantenimiento y rehabilitación de las viviendas. Artículo 6. Mejora de la ciudad existente. Artículo 7. Planes municipales de vivienda. Artículo 8. El Consejo de Participación. Artículo 9. Comisión de Seguimiento.
TÍTULO II. Actuaciones Protegidas en materia de vivienda
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 10. Actuaciones Protegidas. Artículo 11. Ingresos familiares. Artículo 12. Ámbitos territoriales. Artículo 13. Medidas de financiación cualificada.
CAPÍTULO II. Normas comunes a las viviendas y a los alojamientos
Artículo 14. Calificación de las viviendas, los garajes y los trasteros. Artículo 15. Precio del suelo destinado a vivienda protegida y a locales comerciales y anejos no vinculados. Artículo 16. Precio de venta y renta de la vivienda, los alojamientos, los garajes y los trasteros. Artículo 17. Viviendas sobre suelos procedentes del 10% de cesión de los aprovechamientos al Ayuntamiento. Artículo 18. Plazo de duración del régimen legal. Artículo 19. Actualización del precio de la vivienda protegida a efectos de segundas y posteriores transmisiones. Artículo 20. Viviendas protegidas adaptadas para personas con discapacidad. Artículo 21. Alquiler con opción de compra. Artículo 22. Aval de las rentas. Artículo 23. Selección de las personas destinatarias. Artículo 24. Superficie de los alojamientos.
CAPÍTULO III. Acceso a la vivienda en propiedad
SECCIÓN PRIMERA. Viviendas Protegidas de Régimen Especial
Artículo 25. Objeto. Artículo 26. Condiciones y requisitos. Artículo 27. Financiación cualificada.
SECCIÓN SEGUNDA. Viviendas Protegidas de Régimen General
Artículo 28. Objeto. Artículo 29. Condiciones y requisitos. Artículo 30. Financiación cualificada.
SECCIÓN TERCERA. Viviendas Protegidas de Iniciativa Municipal y Autonómica
Artículo 31. Objeto. Artículo 32. Condiciones y requisitos. Artículo 33. Financiación cualificada.
SECCIÓN CUARTA. Adquisición Protegida de Viviendas Usadas
Artículo 34. Objeto. Artículo 35. Condiciones y requisitos.
SECCIÓN QUINTA. Fomento de la Adquisición de Vivienda desde el Alquiler
Artículo 36. Subvención para adjudicatarios de viviendas de promoción pública en alquiler.
CAPÍTULO IV. Viviendas en alquiler
SECCIÓN PRIMERA. Viviendas Protegidas en Alquiler de Renta Básica
Artículo 37. Objeto. Artículo 38. Condiciones y requisitos. Artículo 39. Financiación cualificada.
SECCIÓN SEGUNDA. Viviendas Protegidas en Alquiler con Opción a Compra
Artículo 40. Objeto. Artículo 41. Condiciones y requisitos. Artículo 42. Financiación cualificada.
SECCIÓN TERCERA. Alojamientos Protegidos
Artículo 43. Objeto. Artículo 44. Condiciones y requisitos. Artículo 45. Financiación cualificada.
SECCIÓN CUARTA. Ayudas para el Alquiler
Artículo 46. Objeto. Artículo 47. Medidas para las Agencias de Fomento del Alquiler. Artículo 48. Medidas para las personas inquilinas.
CAPÍTULO V. Viviendas para jóvenes
SECCIÓN PRIMERA. Medida para la adquisición
Artículo 49. Medida para la adquisición de vivienda.
SECCIÓN SEGUNDA. Viviendas Protegidas Joven en Venta
Artículo 50. Objeto. Artículo 51. Condiciones y requisitos. Artículo 52. Financiación cualificada.
SECCIÓN TERCERA. Viviendas Protegidas en Alquiler con Opción a Compra para Jóvenes
Artículo 53. Objeto. Artículo 54. Condiciones y requisitos. Artículo 55. Financiación cualificada.
SECCIÓN CUARTA. Alojamientos Protegidos para Universitarios
Artículo 56. Objeto. Artículo 57. Condiciones y requisitos. Artículo 58. Financiación cualificada.
CAPÍTULO VI. Viviendas para personas con riesgo de exclusión social
SECCIÓN PRIMERA. Viviendas de Promoción Pública para la Integración Social
Artículo 59. Objeto. Artículo 60. Condiciones y requisitos. Artículo 61. Financiación cualificada. Artículo 62. Ayuda a la gestión.
SECCIÓN SEGUNDA. Alojamientos de Promoción Pública
Artículo 63. Objeto. Artículo 64. Condiciones y requisitos. Artículo 65. Financiación cualificada.
CAPÍTULO VII. Rehabilitación de viviendas y edificios
SECCIÓN PRIMERA. Normas Comunes de las Actuaciones de Rehabilitación de Viviendas y Edificios
Artículo 66. Condiciones y requisitos de las viviendas y los edificios de viviendas. Artículo 67. Finalidad de las obras. Artículo 68. Destino y ocupación de las viviendas. Artículo 69. Limitaciones a la facultad de disponer. Artículo 70. Condición para una segunda ayuda.
SECCIÓN SEGUNDA. La Transformación de la Infravivienda
Artículo 71. Objeto. Artículo 72. Condiciones y requisitos. Artículo 73. Financiación cualificada. Artículo 74. Actuaciones convenidas con las personas propietarias.
SECCIÓN TERCERA. La Rehabilitación Autonómica
Artículo 75. Objeto. Artículo 76. Condiciones y requisitos. Artículo 77. Financiación cualificada.
SECCIÓN CUARTA. La Rehabilitación Individualizada de Viviendas
Artículo 78. Objeto. Artículo 79. Condiciones y requisitos. Artículo 80. Financiación cualificada.
SECCIÓN QUINTA. La Rehabilitación de Edificios
Artículo 81. Objeto. Artículo 82. Condiciones y requisitos. Artículo 83. Financiación cualificada.
SECCIÓN SEXTA. La Rehabilitación Singular
Artículo 84. Actuaciones de Rehabilitación Singular.
SECCIÓN SÉPTIMA. La Adecuación Funcional Básica de Viviendas
Artículo 85. Actuaciones de Adecuación Funcional Básica de Viviendas.
SECCIÓN OCTAVA. Actuaciones sobre Viviendas de Titularidad Pública
Artículo 86. Objeto. Artículo 87. Actuaciones sobre el Patrimonio Público Residencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 88. Repercusión de costes y tributos. Artículo 89. Actuaciones sobre el Parque Público Residencial Municipal.
CAPÍTULO VIII. Mejora de la eficiencia energética de viviendas y edificios
SECCIÓN PRIMERA. Programa de ayudas para viviendas y edificios existentes
Artículo 90. Objeto. Artículo 91. Condiciones, requisitos y financiación cualificada.
SECCIÓN SEGUNDA. Programa de ayudas para la promoción de viviendas
Artículo 92. Objeto, condiciones y requisitos y financiación cualificada.
CAPÍTULO IX. Mejora de la ciudad existente
SECCIÓN PRIMERA. Las Áreas de Rehabilitación de Barrios y de Centros Históricos
Artículo 93. Concepto y características. Artículo 94. Delimitación. Artículo 95. Programa de actuación. Artículo 96. Declaración. Artículo 97. Gestión y desarrollo de las actuaciones.
SECCIÓN SEGUNDO. Rehabilitación Concertada de Iniciativa Municipal
Artículo 98. Características. Artículo 99. Delimitación. Artículo 100. Gestión y desarrollo de las actuaciones.
SECCIÓN TERCERO. Áreas de Rehabilitación Integral y Renovación Urbana
Artículo 101. Condiciones, requisitos y financiación.
TÍTULO III. Actuaciones protegidas en materia de suelo
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 102. Programas en materia de suelo. Artículo 103. Disposiciones comunes. Artículo 104. Viabilidad de las actuaciones.
CAPÍTULO II. Actuaciones autonómicas de suelo
Artículo 105. Objeto. Artículo 106. Condiciones y requisitos. Artículo 107. Financiación.
CAPÍTULO III. Adquisición de suelo a urbanizar para su incorporación al patrimonio público de suelo
SECCIÓN PRIMERA. Adquisición de Suelo a Urbanizar para su Incorporación al Patrimonio Municipal de Suelo
Artículo 108. Objeto. Artículo 109. Condiciones y requisitos. Artículo 110. Financiación cualificada.
SECCIÓN SEGUNDA. Adquisición de Terrenos de Interés Regional por la Comunidad Autónoma para su Incorporación al Patrimonio Autonómico de Suelo
Artículo 111. Objeto. Artículo 112. Condiciones y requisitos. Artículo 113. Financiación.
CAPÍTULO IV. Ayudas a la gestión pública urbanística
Artículo 114. Objeto. Artículo 115. Condiciones y requisitos. Artículo 116. Financiación.
CAPÍTULO V. Actuaciones singulares de suelo
Artículo 117. Actuaciones Singulares.
TÍTULO IV. Financiación cualificada autonómica
Artículo 118. Modalidades de financiación cualificada. Artículo 119. Condiciones generales para acceder a la financiación cualificada. Artículo 120. Características generales de los préstamos cualificados. Artículo 121. Concesión del préstamo cualificado. Artículo 122. Subsidiación de los préstamos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Abono de las ayudas de la Administración General del Estado. D.A. 2ª. Sujetos preferentes de las ayudas públicas. D.A. 3ª. Plazos de resolución y efectos del silencio administrativo. D.A. 4ª. Publicidad institucional. D.A. 5ª. Cuantificación de objetivos del Plan. D.A. 6ª. Eficacia temporal. D.A. 7ª. Ampliación del límite de anualidades. D.A. 8ª. Facultad de firmas de Acuerdos y Convenios. D.A. 9ª. Promotores Públicos. D.A. 10ª. Programas que se desarrollen en el Área de Rehabilitación del Recinto Histórico de Cádiz. D.A. 11ª. Alquiler de viviendas protegidas en venta o promoción individual para uso propio. D.A. 12ª. Facultades de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía respecto de las viviendas de promoción pública transferidas a la misma. D.A. 13ª. Precio de venta de las viviendas, los trasteros y los garajes vinculados de promoción pública promovidos al amparo de disposiciones anteriores al Decreto 149/2003, de 10 de junio. D.A. 14ª. Renta de las viviendas, los trasteros y los garajes vinculados de promoción pública promovidos al amparo de disposiciones anteriores al Decreto 149/2003, de 10 de junio. D.A. 15ª. Financiación de las viviendas, trasteros y garajes vinculados de promoción pública promovidos al amparo de disposiciones anteriores al Decreto 149/2003, de 10 de junio. D.A. 16ª. Subrogación y permuta de viviendas protegidas de promoción pública. D.A. 17ª. Ayudas para la rehabilitación de locales comerciales ubicados en edificios residenciales localizados en Áreas de Rehabilitación Concertada o de Rehabilitación Integral de Barriadas. D.A. 18ª. Ayudas para la rehabilitación y mejora de las dotaciones e instalaciones de los elementos comunes de los edificios residenciales plurifamiliares. D.A. 19ª. Homologación de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía como Agencia de Fomento del Alquiler. D.A. 20ª. Referencias al Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, y al precio básico nacional. D.A. 21ª. Límite de ingresos del Decreto 166/1999, de 27 de julio. D.A. 22ª. Abono de las subsidiaciones a promotores del Decreto 149/2003, de 10 de junio. D.A. 23ª. Préstamos a promotores de actuaciones acogidas al Decreto 149/2003, de 10 de junio. D.A. 24ª. Adjudicación de viviendas protegidas por transmisiones forzosas. D.A. 25ª. Plazo de amortización de las Viviendas de Iniciativa Municipal y Autonómica. D.A. 26ª. Cuantías de las subvenciones a las Agencias de Fomento del Alquiler.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen de las actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo. D.T. 2ª. Actuaciones acogidas al Programa de Viviendas en alquiler con opción a compra para jóvenes. D.T. 3ª. Actuaciones de Transformación de la Infravivienda. D.T. 4ª. Actuaciones de Rehabilitación Concertada de Iniciativa Municipal. D.T. 5ª. Convalidación de valoraciones económicas. D.T. 6ª. Tramitación de solicitudes de calificación en materia de vivienda y suelo. D.T. 7ª. Régimen de las actuaciones en materia de vivienda. D.T. 8ª. Tramitación de las solicitudes de calificación. D.T. 9ª. Cambio de Programa de Vivienda Protegida. D.T. 10ª. Calificación de viviendas libres. D.T. 11ª. Alojamientos de trabajadores temporales de alta movilidad laboral.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto 377/2000, de 1 de septiembre. D.F. 2ª. Modificación del artículo 11 del Decreto 33/2005, de 15 de febrero por el que se regulan las Agencias de fomento del Alquiler. D.F. 3ª. Habilitación para la solicitud de la declaración de ámbitos territoriales de precio máximo superior. D.F. 4ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO I. PREVISIONES DEL PLAN CONCERTADO DE VIVIENDA Y SUELO 2008-2012 ANEXO II. ÁMBITOS TERRITORIALES PARA LA APLICACIÓN DEL PRECIO BÁSICO Y PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA Y RENTA ESTABLECIDOS EN EL PLAN CONCERTADO DE VIVIENDA Y SUELO 2008-2012