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ORDEN de 15 de julio de 1999 por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I E. - Boletín Oficial del Estado de 31-07-1999

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Febrero de 2012

F. entrada en vigor: 20/08/1999

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 182

F. Publicación: 31/07/1999


Preambulo
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1. Objeto de las subvenciones. Artículo 2. Beneficiarios.
TÍTULO I. Estudios de mercado y campañas para la promoción local
Artículo 3. Subvenciones para la realización de estudios de mercado y campañas de promoción de empleo local. Artículo 4. Iniciación del procedimiento de concesión de subvenciones. Artículo 5. Concesión y pago de la subvención. Artículo 6. Obligaciones de los beneficiarios.
TÍTULO II. Agentes de Empleo y Desarrollo Local
SECCIÓN PRIMERA. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 7. Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Artículo 8. Funciones de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Artículo 9. Selección y contratación de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Artículo 10. Cuantía y duración de la subvención. Artículo 11. Adaptación inicial de los Agentes a sus puestos de trabajo y actualización permanente de su formación.
SECCIÓN SEGUNDA. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
Artículo 12. Solicitud de subvención para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local. Artículo 13. Concesión y pago de la subvención. Artículo 14. Prórroga de la subvención. Artículo 15. Obligaciones de los beneficiarios.
TÍTULO III. Proyectos y empresas calificados como I + E
SECCIÓN PRIMERA. CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN
Artículo 16. Definición. Artículo 17. Requisitos. Artículo 18. Solicitud de calificación como I + E. Artículo 19. Resolución sobre calificación como I + E. Artículo 20. Inscripción en el Registro del Instituto Nacional de Empleo de I+E.
SECCIÓN SEGUNDA. SUBVENCIONES PARA I+E
Artículo 21. Subvenciones. Artículo 22. Solicitud de subvenciones. Artículo 23. Forma de conceder la subvención. Artículo 24. Pago de la subvención. Artículo 25. Obligaciones de las empresas.
TÍTULO IV. Seguimiento y control de subvenciones
Artículo 26. Seguimiento y control. Artículo 27. Concurrencia. Artículo 28. Incompatibilidades.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Comunidades Autónomas. D.A. 2ª. Derecho supletorio. D.A. 3ª. Disponibilidades presupuestarias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª D.T. 2ª
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.D. única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultades de desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en vigor.