Legislación
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ORDEN de 26 de abril de 1999 por la que se adaptan por segunda vez al progreso técnico los anexos del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos. - Boletín Oficial del Estado, de 06-05-1999

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Noviembre de 2003

Órgano emisor: MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 108

F. Publicación: 06/05/1999

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 108 de 06/05/1999 y no contiene posibles reformas posteriores

 El Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, recopiló en un sólo texto toda la normativa existente sobre esta materia, adaptándose a la legislación comunitaria. La Orden de 4 de junio de 1998, modificó por primera vez los anexos de este Real Decreto.

Actualmente se ha producido una nueva adaptación al progreso técnico de los anexos de la Directiva marco de cosméticos76/768/CEE, mediante la vigésimo tercera Directiva 98/62/CE de la Comisión de 3 de septiembre de 1998.

Por la presente disposición se transpone esta Directiva a nuestro derecho positivo, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera del Real Decreto 1599/1997, modificándose por segunda vez los anexos del citado Real Decreto.

En su virtud, dispongo: Primero. Los anexos del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, quedan modificados como sigue:

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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Segundo. Los fabricantes y los importadores de productos cosméticos no podrán poner en el mercado a partir de 1 de julio de 1999 productos que no se ajusten a las disposiciones del apartado primero de esta Orden.

Tercero. No podrán ser vendidos o cedidos al consumidor final a partir de 1 de julio de 2000 productos cosméticos que no se ajusten a lo establecido en el apartado primero de esta Orden.

Madrid, 26 de abril de 1999. ROMAY BECCARÍA