Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 08-11-2020
Índice
Texto
Ambito: Andalucía
Estado: DEROGADO. Desde 04 de Agosto de 2023 por Orden de 28 de julio de 2023, por la que se dejan sin efecto las medidas sanitarias por razón de la salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía.
F. entrada en vigor: 10/11/2020
Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD Y FAMILIAS
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 202077
F. Publicación: 08/11/2020
Atención: Norma en revisión. Modificaciones pendientes por integrar en el refundido
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Grados de los niveles de alerta 3 y 4.
Artículo 3. Medidas del grado 1.
Artículo 4. Medidas del grado 2.
Artículo 5. Celebración de pruebas selectivas de la Junta de Andalucía.
Artículo 6. Medidas de salud pública en los centros universitarios, docentes y demás centros similares.
Artículo 7. Medidas de salud pública relacionadas con la oferta de servicios de transporte regular de viajeros de uso general de competencia autonómica.
Artículo 8. Medidas adicionales relacionadas con la prevención y ocupación en el transporte.
Artículo 9. Principio de precaución.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Régimen sancionador.
D.F. 2ª. Ratificación judicial.
D.F. 3ª. Efectos.