Legislación
Legislación

Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. - Boletín Oficial del Estado de 23-06-2009

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2024

F. entrada en vigor: 01/10/2009

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 151

F. Publicación: 23/06/2009


Artículo 1. Deudas cuyo pago puede ser domiciliado. Artículo 2. Requisitos de las cuentas designadas para el adeudo de domiciliaciones. Artículo 3. Domiciliación del pago de autoliquidaciones. Artículo 4. Domiciliación del pago de aplazamientos y fraccionamientos concedidos por los órganos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Artículo 4 bis. Domiciliaciones de aplazamientos y fraccionamientos concedidos por las Delegaciones de Economía y Hacienda. Artículo 5. Gestión de las domiciliaciones. Artículo 5 bis. Gestión de las domiciliaciones ordenadas en cuentas abiertas en entidades no colaboradoras de la Zona SEPA. Artículo 6. Momento del pago y liberación del obligado frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Artículo 7. Ingreso en el Banco de España y aportación de información por las Entidades colaboradoras a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Colaboración social. D.A. 2ª. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de determinados modelos de autoliquidación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Domiciliación de aplazamientos y fraccionamientos concedidos con anterioridad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que pr... D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Relación de modelos de autoliquidaciones cuyo ingreso puede ser domiciliado a través de las Entidades Colaboradoras de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ANEXO II. Plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago ANEXO III. Ficheros de órdenes de domiciliación de autoliquidaciones: Especificaciones técnicas ANEXO III BIS. Ficheros de órdenes de domiciliación de autoliquidaciones en cuentas abiertas en entidades no colaboradoras dentro de la Zona SEPA: especificaciones técnicas ANEXO IV. Ficheros de órdenes de domiciliación de aplazamientos y fraccionamientos: Especificaciones técnicas ANEXO IV BIS. Ficheros de órdenes de domiciliación de aplazamientos y fraccionamientos en cuentas abiertas en entidades no colaboradoras dentro de la Zona SEPA: especificaciones técnicas ANEXO V. Modelo de representación para la presentación telemática de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento y compensación a instancia de parte de deudas tributarias correspondientes a declaraciones tributarias y otras deudas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como de los documentos que, de acuerdo con la normativa vigente, han de acompañar a tales solicitudes ANEXO VI. Solicitud de adhesión al procedimiento de gestión de domiciliaciones en cuentas abiertas en entidades no colaboradoras dentro de la Zona SEPA, regulado en el artículo 5 bis de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria