Legislación
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ORDEN EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta». - Boletín Oficial del Estado de 17-11-2008

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2024

F. entrada en vigor: 18/11/2008

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 277

F. Publicación: 17/11/2008


Artículo 1. Aprobación del modelo 216. Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 216. Artículo 3. Lugar de presentación e ingreso del modelo 216 en impreso. Artículo 4. Plazo de presentación del modelo 216. Artículo 5. Condiciones generales y procedimiento para la presentación telemática del modelo 216. Artículo 6. Aprobación del modelo 296. Artículo 7. Sujetos obligados a la presentación de la declaración anual 296. Artículo 8. Contenido del modelo 296. Artículo 9. Formas de presentación del modelo 296. Artículo 10. Aprobación de los diseños físicos y lógicos a los que debe ajustarse el soporte directamente legible por ordenador del modelo 296. Artículo 11. Plazo de presentación del modelo 296. Artículo 12. Lugar y procedimiento de presentación del modelo 296 en impreso. Artículo 13. Lugar y procedimiento de presentación del modelo 296 en soporte directamente legible por ordenador. Artículo 14. Identificación de los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 296. Artículo 15. Presentación telemática por Internet del modelo 296. Artículo 16. Presentación telemática por teleproceso del modelo 296. Artículo 17. Documentación. Artículo 18. Documentación en el caso de entidades autorizadas para la gestión colectiva de derechos de la propiedad intelectual. Artículo 19. Documentación en el caso de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva españolas. Artículo 20. Reglas aplicables al suministro informativo en el modelo 296, en el supuesto de que existan varios perceptores titulares del mismo elemento patrimonial bien o derecho de que provengan las rentas objeto del modelo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Información relativa a cuentas de no residentes.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Entrada en vigor. ANEXO I ANEXO II ANEXO III