Legislación
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Orden ETU/320/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen los requisitos y condiciones en las que otros habilitados, distintos de los expresamente facultados por los artículos 154.2 y 169.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, podrán traducir patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes a que se refieren dichos artículos. - Boletín Oficial del Estado de 27-03-2018

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Marzo de 2018

F. entrada en vigor: 30/03/2018

Órgano emisor: MINISTERIO DE ENERGIA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 75

F. Publicación: 27/03/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente