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ORDEN FORAL 1235/2019, de 18 de junio, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se establece la fecha de publicación del listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Foral de Bizkaia por deudas o sanciones tributarias que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 94 ter de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria., - Boletín Oficial de Bizkaia, de 24-06-2019

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: Bizkaia

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 119

F. Publicación: 24/06/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Bizkaia Número 119 de 24/06/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

La Norma Foral 2 /2016, de 17 de febrero de modificación de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, introdujo en su artículo único, un nuevo artículo 94 ter en la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria, en el que dispone dar publicidad a las situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias.

En el apartado 4 del citado artículo 94ter, se establece que mediante Orden Foral del Diputado Foral de Hacienda y Finanzas se establecerán la fecha de publicación, que deberá producirse en todo caso durante el primer semestre de cada año, y los correspondientes ficheros y registros.

En su virtud

DISPONGO:

Artículo 1.-Fecha de publicación del listado

La publicación del listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Foral de Bizkaia por deudas o sanciones tributarias que cumplan las condiciones dispuestas por el apartado 1 del artículo 94 ter de la Norma Foral 2/2005, de 10 de febrero, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, con fecha de referencia 31 de diciembre de 2018, se realizará con fecha 28 de junio de 2019 en la página WEB de la Diputación Foral de Bizkaia ( http://bizkaia.eus)

Artículo 2.- Determinación de los ficheros y registros utilizados en la elaboración del listado.

El listado comprensivo de los deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias referido en el apartado anterior, se elaborará a partir de los datos de deudas y sanciones pendientes de pago, que no se encuentren suspendidas ni aplazadas, obrantes en el Sistema de Información de la Hacienda Foral de Bizkaia a fecha de referencia 31 de diciembre de 2017, con independencia de cuál sea la cantidad efectivamente debida por los obligados tributarios identificados en dicho listado a la fecha de publicación.

Dicho listado incorporará los campos que permitan identificar al deudor cuya información es publicada, identificable por su nombre, sus apellidos y su número de identificación fiscal, si es persona física y por su razón o denominación social completa y su número de identificación fiscal, si es una persona jurídica o entidad del apartado 3 del artículo 34 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, identificación a la que se asociará el importe del total de deudas y sanciones debidas a fecha de referencia, en cómputo global, sin desgloses.

La publicación se efectuará por medios electrónicos, en formato PDF (Portable Document Format), adoptando las medidas necesarias, conforme al estado de la técnica, para impedir la indexación de su contenido a través de motores de búsqueda en Internet y asegurando que los listados dejarán de ser accesibles una vez transcurridos tres meses desde la fecha de publicación, de acuerdo con el artículo 94 ter de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia.

Corresponde al Director General de la Hacienda Foral de Bizkaia aprobar, mediante resolución, la modificación del fichero informático de deudores que da soporte a los datos objeto de publicación y sus características principales, en los términos previstos en la legislación de protección de datos de carácter personal.

DISPOSICIÓN FINAL

Disposición final única.-Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

En Bilbao, a 18 de junio de 2019.

El diputado foral de Hacienda y Finanzas,

JOSÉ MARÍA IRUARRIZAGA ARTARAZ