Legislación
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Orden Foral 3/2023, de 10 de enero, por la que se modifican las Órdenes Forales 7/2010, de 13 de enero, 734/2008, de 23 de diciembre, 133/2005, de 9 de marzo, 615/2018, de 24 de octubre y 529/2017, de 27 de septiembre, de aprobación de los modelos 181, 196, 198, 280 y 289, respectivamente, - Boletín Oficial de Álava, de 16-01-2023

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: Álava

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS

Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 6

F. Publicación: 16/01/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Álava Número 6 de 16/01/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

La mejora de la calidad de la información fiscal constituye un elemento clave para la efectividad de las actuaciones de asistencia, investigación y control que tiene encomendadas la Diputación Foral de Álava.

Con esa finalidad, con carácter general, cada ejercicio debe actualizarse la normativa referente al suministro de información derivado de determinadas obligaciones informativas, actualización que, al igual que en ejercicios precedentes, conviene realizar, en la medida de lo posible, de manera integradora en una misma norma con la finalidad de tener una mayor garantía de conocimiento por parte de los diferentes obligados tributarios de las modificaciones que se llevan a cabo.

Por ello, la presente orden contiene las modificaciones normativas destinadas a actualizar convenientemente dicha información tributaria relativa a las obligaciones informativas y cuyas principales modificaciones se describen a continuación.

El apartado primero de la orden modifica el modelo 181; incluye un nuevo campo para añadir información relativa a la persona con quien relacionarse, así como, nuevas claves en el campo "Origen de la operación", que actualmente ocupa la posición 172 de los diseños de registro, con el objetivo de recoger nuevos supuestos que describan de forma más precisa la operación efectuada en el ejercicio, mejorando de esta manera la calidad de la información y la gestión de la misma para el contribuyente.

En concreto, se han incluido en el campo mencionado, "Origen de la operación", cuatro nuevas claves: las claves "K" y "L" (para informar de las operaciones de fusión y reestructuración societaria por la entidad de origen y por la entidad de destino, respectivamente), así como las claves "T" y "V" (para informar de las transmisiones, subrogaciones y cambios de entidad que se produzcan en el ejercicio, tanto por la entidad de origen como por la entidad de destino, también respectivamente). En este sentido, se destaca que ninguno de estos campos deberá utilizarse para declarar operaciones de reestructuración de deudas que, al igual que en ejercicios anteriores, se identificarán con la clave "M".

Con la finalidad de adaptar los diseños de registro del modelo a las nuevas claves de origen de la operación, se han modificado también los campos "Fecha de la operación", "Importe del préstamo, crédito u otra operación financiera", "Importe abonado en el ejercicio en concepto de amortización de capital", "Importe abonado en el ejercicio en concepto de intereses", "Importe abonado en el ejercicio en concepto de gastos derivados de la financiación ajena", "Saldo pendiente a 31 de diciembre" y "Porcentaje de la financiación destinado a la vivienda habitual".

El modelo 196 se modifica mediante el apartado segundo de esta orden; incluye un nuevo campo para añadir información relativa a la persona con quien relacionarse, así como, una nueva clave dentro del campo "Clave de Alta" que identifique las cuentas que se han dado de alta en el ejercicio como consecuencia de una fusión o reestructuración societaria de la entidad financiera.

El apartado tercero modifica el modelo 198, al objeto de mejorar la calidad de la información del mismo. Así, en primer lugar, se modifica el campo "Compensación monetaria entregada/recibida" del modelo, para incluir una precisión en su contenido, indicando que, particularmente, deberá consignarse en dicho campo el importe percibido por el accionista como consecuencia de la venta de aquellos títulos que, por exceder de la ecuación de canje, no den derecho a percibir una acción entera de los títulos recibidos, mejorando así la calidad de la información de la cartera de valores del contribuyente. En segundo lugar, se modifica también el campo "Porcentaje de participación en la entidad declarante" que pasa a ocupar las posiciones 421 a 427
de los diseños de registro de tipo 2 del modelo 198, con la finalidad de ampliar el número de posiciones que ocupa la parte decimal de este campo.

El modelo 280 se modifica mediante el apartado cuarto de esta orden; se incluye un nuevo campo para añadir información relativa a la persona con quien relacionarse, así como, una modificación técnica en sus diseños de registro, concretamente en el campo "Extinción del plan de ahorro a largo plazo", para recoger un nuevo supuesto de extinción como consecuencia del fallecimiento del tomador.

Finalmente, el apartado quinto modifica el modelo 289, actualizando el contenido de los anexos I y II a la situación actual de los países comprometidos al intercambio de información, incluyendo en el listado a los países con los que se intercambiará a partir del ejercicio 2022.

Por todo ello es necesario proceder a la aprobación de una nueva orden foral de modificación de las órdenes forales que aprobaron las declaraciones informativas relativas a los modelos 181, 196, 198, 280 y 289.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Tributos Directos.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Primero. Modificación de la Orden Foral 7/2010 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 13 de enero, por la que se aprueba el modelo 181 de declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, así como los diseños físicos y lógicos para su presentación en soporte directamente legible por ordenador.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden Foral 7/2010, de 13 de enero:

Uno. Se añade el campo "CORREO ELECTRÓNICO DE LA PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE"
que ocupa la posición 206 a 255 del registro de tipo 1, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181, contenido en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido (paralelamente se actualizan las posiciones del campo "BLANCOS"):

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Dos. Se modifica el campo "ORIGEN DE LA OPERACIÓN", que ocupa la posición 172 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Tres. Se modifica el campo "FECHA DE LA OPERACIÓN", que ocupa las posiciones 103 a 110 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Cuatro. Se modifica el campo "IMPORTE DEL PRÉSTAMO, CRÉDITO U OTRA OPERACIÓN FINANCIERA" que ocupa las posiciones 114 a 126 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Cinco. Se modifica el campo "IMPORTE ABONADO EN EL EJERCICIO EN CONCEPTO DE AMORTIZACIÓN DE CAPITAL" que ocupa las posiciones 127 a 139 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Seis. Se modifica el campo "IMPORTE ABONADO EN EL EJERCICIO EN CONCEPTO DE INTERESES" que ocupa las posiciones 140 a 152 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Siete. Se modifica el campo "IMPORTE ABONADO EN EL EJERCICIO EN CONCEPTO DE GASTOS DERIVADOS DE LA FINANCIACIÓN AJENA", que ocupa las posiciones 153 a 165 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Ocho. Se modifica el campo "SALDO PENDIENTE A 31 DE DICIEMBRE", que ocupa las posiciones 208 a 219 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Nueve. Se modifica el campo "PORCENTAJE DE LA FINANCIACIÓN DESTINADO A LA VIVIENDA HABITUAL", que ocupa las posiciones 458 a 462 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 181 contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Segundo. Modificación de la Orden Foral 734/2008, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 196, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda
clase de instituciones financieras.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden Foral 734/2008, de 23 de diciembre:

Uno. Se añade el campo "CORREO ELECTRÓNICO DE LA PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE" que ocupa la posición 176 a 225 del registro de tipo 1, registro de declarante, de los diseños físicos y lógicos del modelo 196, contenido en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido (paralelamente se actualizan las posiciones del campo BLANCOS):

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Dos. Se modifica el campo "CLAVE DE ALTA", que ocupa la posición 124 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 196, contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Tres. Se modifica el campo "CLAVE DE ALTA", que ocupa la posición 124 del registro de tipo 2, registro de autorizado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 196, contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Tercera. Modificación de la Orden Foral 133/2005, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 9 de marzo, por la que se aprueba el modelo 198 de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de sus hojas interiores por soporte directamente legible por ordenador.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden Foral 133/2005, de 9 de marzo:

Uno. Se modifica el campo "COMPENSACIÓN MONETARIA ENTREGADA/RECIBIDA", que ocupa las posiciones 348 a 360 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 198, contenidos en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Dos. Se modifica el campo "PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ENTIDAD DECLARANTE", que actualmente ocupa las posiciones 271 a 275 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 198, contenidos en el anexo II de la orden foral, reubicándolo en las posiciones 421-427 con el siguiente contenido (paralelamente se actualizan las posiciones del campo BLANCOS):

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Cuarta. Modificación de la Orden Foral 615/2018, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 24 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, que tendrá la siguiente redacción:

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden Foral 615/2018, de 24 de octubre:

Uno. Se añade el campo "CORREO ELECTRÓNICO DE LA PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE" que ocupa la posición 185 a 234 del registro de tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro del modelo 280, contenido en el anexo II de la orden foral, con el siguiente contenido (paralelamente se actualizan las posiciones del campo BLANCOS):

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Dos. Se modifica el campo "EXTINCIÓN DEL PLAN DE AHORRO A LARGO PLAZO", que ocupa la posición 137 del registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños físicos y lógicos del modelo 280, contenidos en el anexo II de la orden foral, que quedará redactado del siguiente modo:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

Quinto. Modificación de la Orden Foral 529/2017, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 27 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas tributarias.

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden Foral 529/2017, de 27 de septiembre:

Uno. Se modifica el anexo I - Relación de países o jurisdicciones de los residentes fiscales sobre los que deben presentar las instituciones financieras la declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, modelo 289, con el siguiente contenido:

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

(*) Decreto Foral 6/2017, de 21 de febrero, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

(**) Excepto los territorios que figuran en la columna relativa a los países y jurisdicciones respecto de los que surta efectos el AMAC y países con acuerdo bilateral [Letras b) y c) del artículo 4 del Decreto Foral 6/2017, de 21 de febrero].

(***) Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar, hecho ad referendum en Madrid y Londres el 4 de marzo de 2019.

Dos. Se modifica el anexo II - Relación de países o jurisdicciones que tienen la consideración de "Jurisdicción participante" a que se refiere el apartado D.4 de la sección VIII del anexo del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua, con el siguiente contenido:

LISTA DE JURISDICCIONES PARTICIPANTES

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)

(*) Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar, hecho ad referendum en Madrid y Londres el 4 de marzo de 2019.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOTHA y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2023,
en relación con la información correspondiente al año 2022.

Vitoria-Gasteiz, 10 de enero de 2023

Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos
ITZIAR GONZALO DE ZUAZO

Directora de Hacienda
MARÍA JOSÉ PEREA URTEAGA