Legislación
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Orden HAC/1147/2018, de 9 de octubre, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en los artículos 27, 101, 102 y 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio. - Boletín Oficial del Estado de 31-10-2018

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Noviembre de 2018

F. entrada en vigor: 01/11/2018

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 263

F. Publicación: 31/10/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
  • La presente Orden resultará de aplicación a las expediciones y avituallamientos que se realicen a partir del 1 de julio de 2019.

Artículo 1. Aprobación de las normas de cumplimentación del albarán de circulación exigible en el procedimiento de ventas en ruta. Artículo 2. Aprobación de los modelos de notas de entrega expedidas con cargo al albarán de circulación en los suministros de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación en el procedimiento de ventas en ruta. Artículo 3. Aprobación de las instrucciones de cumplimentación de las notas de entrega expedidas en el sistema de ventas en ruta y las instrucciones para la comunicación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por vía telemática de la información contenida en las notas de entrega. Artículo 4. Procedimiento a seguir en caso de indisponibilidad del sistema informático para la comunicación del borrador de albarán de circulación. Artículo 5. Aprobación del Modelo de comprobante de entrega a expedir en avituallamientos de carburantes a aeronaves. Artículo 6. Aprobación de las instrucciones de cumplimentación del comprobante de entrega en avituallamientos a aeronaves y el procedimiento para la presentación a la AEAT, por vía telemática, de la información contenida en los comprobantes de entrega. Artículo 7. Aprobación del Modelo de recibo de entrega en avituallamientos a embarcaciones que generen derecho a la devolución de las cuotas repercutidas por el Impuesto sobre Hidrocarburos en las condiciones establecidas en el artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales. Artículo 8. Aprobación del procedimiento y plazos de presentación de la solicitud de devolución por avituallamientos a embarcaciones con derecho a la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos repercutido en las condiciones establecidas en el artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales y las instrucciones de cumplimentación del Modelo de recibo de entrega a expedir en los avituallamientos previstos en el artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales. Artículo 9. Condiciones generales para realizar el suministro electrónico de los datos. Artículo 10. Procedimiento para realizar el suministro electrónico de los datos. Artículo 11. Formato y diseño de los mensajes informáticos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados Modelos de declaración y otros documentos tributarios. D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Normas de cumplimentación de los mensajes relativos al albarán de circulación en el procedimiento de ventas en ruta ANEXO II. Modelo de nota de entrega relativo al procedimiento de ventas en ruta ANEXO III. Modelo de nota de entrega relativo al procedimiento de ventas en ruta (avituallamientos a embarcaciones) ANEXO IV. Modelo de nota de entrega relativo al procedimiento de ventas en ruta (avituallamientos a aeronaves) ANEXO V. Normas de cumplimentación de las notas de entrega expedidas con cargo al albarán de circulación en el procedimiento de ventas en ruta, y elaboración de los mensajes electrónicos relativos a la información contenida en las notas de entrega ANEXO VI. Modelo de comprobante de entrega a utilizar en avituallamientos a aeronaves ANEXO VII. Normas de cumplimentación de los comprobantes de entrega a utilizar en avituallamientos de carburantes a aeronaves conforme a lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, y de elaboración de los mensajes electrónicos relativos a la información contenida en los comprobantes de entrega ANEXO VIII. Modelo de recibo de entrega en avituallamientos a embarcaciones (art. 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales) ANEXO IX. Instrucciones para la elaboración de los mensajes electrónicos de solicitud de devolución por avituallamiento de gasóleo a embarcaciones conforme al artículo 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio