Legislación
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Orden HAP/2489/2014, de 29 de diciembre, por la que se establecen la estructura y el funcionamiento del censo de obligados tributarios por el Impuesto Especial sobre la Electricidad, se aprueba el modelo 560 'Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación' y se establece la forma y procedimiento para su presentación. - Boletín Oficial del Estado de 31-12-2014

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 28 de Febrero de 2021 por Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero, por la que se establecen la estructura y el funcionamiento del censo de obligados tributarios por el Impuesto Especial sobre la Electricidad, se aprueba el modelo 560, Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidacion , y se determinan la forma y el procedimiento para su presentacion.

F. entrada en vigor: 01/01/2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 316

F. Publicación: 31/12/2014

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
  • Los arts. 1 a 3 continúan siendo aplicables hasta el 1 de octubre de 2021.

Artículo 1. Inscripción en el registro territorial. Artículo 2. Código de identificación de la electricidad. Artículo 3. Aprobación del modelo 560. Artículo 4. Obligados a presentar el modelo 560. Artículo 5. Plazos de presentación del modelo 560. Artículo 6. Forma de presentación del modelo 560. Artículo 7. Condiciones generales para la presentación telemática del modelo 560. Artículo 8. Procedimiento para la presentación telemática del modelo 560. Artículo 9. Pago de las deudas tributarias resultantes del modelo 560 mediante domiciliación bancaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Conversión de oficio de CAES en CIES. D.A. 2ª. Autorizaciones para presentación de autoliquidaciones centralizadas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Modelos 560 correspondientes a períodos de liquidación anteriores al 1 de enero de 2015. D.T. 2ª. Desglose de cuotas en el modelo 560. D.T. 3ª. Declaraciones de puntos de suministro de energía eléctrica y de porcentajes para obligados a solicitar un CIE que ya dispongan de un CAE.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. D.F. 2ª. Modificación de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Modelo de comunicación para la inscripción en el registro territorial ANEXO II. Tarjeta de inscripción ANEXO III. Claves de actividad ANEXO IV. Modelo 560