Legislación
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Orden HFP/550/2017, de 15 de junio, por la que se aprueba el modelo 221 de autoliquidación de la prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la administración tributaria. - Boletín Oficial del Estado de 16-06-2017

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2017

F. entrada en vigor: 01/07/2017

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 143

F. Publicación: 16/06/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo 1. Aprobación del modelo 221. Artículo 2. Plazo y forma de presentación del modelo 221. Artículo 3. Habilitación, condiciones generales y procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo 221.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Plazo de presentación del modelo 221 en los casos en que el plazo de declaración se hubiera iniciado antes de la entrada en vigor de la presente orden.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria. D.F. 2ª. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. D.F. 3ª. Modificación de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO. Modelo 221 «Prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria»